Responsabilidad municipal en el contrato de deuda

por | May 1, 2016 | Expediente Abierto, Mayo 2016 | 0 Comentarios

El pasado 15 de marzo, el Senado de la República aprobó la Ley General de Responsabilidad Fiscal de Presupuesto y Deuda Pública, cuya finalidad es regular el endeudamiento de estados y municipios a través de mecanismos transparentes para la contratación, manejo y refinanciamiento de la deuda, entre ellos, diversos sistemas de alertas y estricta vigilancia de niveles superiores de gobierno.

Destaca el ordenamiento: “cuando un ente público califique su endeudamiento como sostenible podrá tomar financiamiento neto hasta por el equivalente al 10 por ciento de sus ingresos de libre disposición, cuando se encuentre en observación lo podrá hacer hasta por 5 por ciento y cuando se considere que es elevado ya no podrá tomar ningún crédito libremente, a menos que sea bajo estricta vigilancia”.

Más de la mitad de los 2,446 municipios existentes en el país no tiene problemas de endeudamiento —53 por ciento, según indicadores del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal (Inafed) y del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) 2015—; 34.1 por ciento mantiene un manejo responsable de sus finanzas, ambos segmentos calificarían para ejercer del 5 al 10 por ciento de sus ingresos de libre disposición, y sólo 12.9 por ciento de ellos muestra algunos problemas en el manejo de su deuda, por lo cual estarían bajo estricta vigilancia, en particular siete de ellos: Tijuana y Mexicali, Baja California; Guadalajara, Jalisco; Monterrey, Nuevo León; León, Guanajuato; Hermosillo, Sonora y Benito Juárez, Quintana Roo, los que de acuerdo con el Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco), presentan niveles de alto riesgo.

Para los municipios, el endeudamiento no representa un problema crítico porque la mayoría se encuentran en una situación contablemente sana, pero tampoco significa un buen manejo de su política fiscal, especialmente cuando se considera que su finalidad es la promoción del desarrollo a través de aumentar la oferta de servicios públicos, crear infraestructura social y productiva, pero sobre todo, combatir la pobreza y la desigualdad social.

Según el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), 81 por ciento de los municipios muestra algún grado de pobreza de su población, baja actividad económica que redunda en ingresos menores, malos servicios y poca oferta crediticia de los bancos. Estamos frente a un círculo vicioso. Como en 900 municipios de Oaxaca, Veracruz, Yucatán, Guanajuato, San Luis Potosí e Hidalgo, cuyos ingresos propios no alcanzan los 5 millones de pesos (mdp) al año. De esa forma es difícil que sean elegibles para obtener un crédito por parte de algún ente financiero.

Esta circunstancia exige el diseño de esquemas viables para promover el desarrollo municipal, no se trata de no gastar, sino de gastar bien y aplicar correctamente los recursos provenientes del crédito. A continuación se proponen tres esquemas de financiamiento para el desarrollo: 1) Microcréditos tipo Yunus (para emprendedores muy pobres para calificar a un crédito en un banco tradicional), aplicable a las agencias subnacionales, para que pequeños créditos detonen mayor crecimiento económico; 2) Carteras consolidadas, donde se asocien dos o más municipios, integren sus demandas de crédito y en lugar de solicitar cantidades pequeñas, consoliden sus demandas y que formen una cartera atractiva para algún sistema financiero; y 3) Refinanciamiento en mejores condiciones, para municipios que tienen problema con su deuda, pero requieren de recursos frescos para enfrentar satisfactoriamente sus compromisos.

José Jesús Sánchez Arciniega

El autor es maestro en Planificación y Desarrollo Económicos por el CIDE y catedrático de la Facultad de Economía de la UNAM.

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