Aprueban diputados reforma a Ley Federal de Armas

por | Abr 23, 2015 | Noticias | 0 Comentarios

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El Pleno camaral aprobó, en lo general y en lo particular, la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para autorizar el ingreso y portación temporal de armas de fuego en territorio mexicano a servidores públicos extranjeros de migración y aduanas, así como a los agentes de seguridad en las visitas oficiales de jefes de Estado, gobierno, ministros o equivalentes.

El documento avalado en lo general, con 288 votos a favor, 82 en contra y 9 abstenciones, destaca que con las reformas se logrará fortalecer la cooperación aduanera con los principales socios comerciales de México; reducir costos y tiempos de las operaciones aduaneras.

Incentivar el turismo e incrementar el número de visitantes internacionales al país, derivado de la disminución de los costos y el establecimiento de nuevas rutas; impulsar la inversión, al contar con un mayor número de aeropuertos que puedan ser destino u origen para los viajes de negocios, y otorgar más garantías para la protección de los jefes de Estado, ministros y altos funcionarios de otras naciones.

Conforme al dictamen enviado al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales y que deriva de una iniciativa de éste, a partir del principio de reciprocidad, será la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) la que autorice la portación temporal de armas.

Argumenta que los servidores públicos extranjeros que acompañen como agentes de seguridad a un jefe de Estado, de gobierno, ministros o equivalentes en visitas oficiales, deberán portar revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático, cuyo calibre no sea superior a 40 milímetros o su equivalente.

En casos excepcionales, se podrá autorizar el ingreso y portación de otro tipo de armas, siempre que a juicio de la Sedena se justifique la necesidad de su uso.

Las secretarías de Gobernación o de Hacienda y Crédito Público, según sea el caso, serán responsables de tramitar ante la Sedena, cuando menos con 15 días de anticipación al inicio de la comisión, los permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego respectivos, para los servidores públicos extranjeros de migración y aduanas.

Dichos permisos tendrán una vigencia de 6 meses; en caso de que la comisión sea mayor a este período, podrán renovarse semestralmente.

En el caso de los agentes de seguridad en las visitas oficiales de jefes de Estado, gobierno, ministros o equivalentes, será la Sedena la responsable de tramitar dichos permisos, cuando menos con 15 días de anticipación al inicio de la visita y a solicitud del Estado o sujeto de derecho internacional correspondiente. Tal permiso tendrá una vigencia durante el tiempo que dure la comisión de la visita oficial.

Redacción

Alcaldes de México

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