Consecuencias para autoridades locales de coadyuvar en prácticas monopólicas

por | Jun 20, 2018 | Noticias | 0 Comentarios

Las prácticas monopólicas absolutas generan la más grave afectación al funcionamiento eficiente de los mercados y al bienestar del consumidor.

Las prácticas monopólicas absolutas generan la más grave afectación al funcionamiento eficiente de los mercados y al bienestar del consumidor; dado que elevan los precios y disminuyen la cantidad y calidad de bienes y servicios ofrecidos, afectando el crecimiento de la economía.

De acuerdo con el Artículo 77 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), la Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), puede presentar denuncias contra varias personas físicas por su probable participación en delitos contra la Economía Pública, específicamente delitos contra el consumo y la riqueza nacionales, tipificados en el artículo 254 bis del Código Penal Federal.

El papel de autoridades locales

De acuerdo con la Autoridad Investigadora de la Cofece, se han registrado varios casos donde las autoridades locales han facilitado la realización de prácticas monopólicas, al inducir o incluso coadyuvar en una práctica monopólica absoluta.

Existen casos donde se han sancionado a funcionarios públicos o presidentes municipales por haber participado en prácticas monopólicas absolutas; casos que quedaron firmes en sede judicial y se han pagado multas por esos casos.

Por ello, la Cofece llama a las autoridades locales a ser conscientes de que pueden estar ayudando a realizar conductas violatorias de la Ley de Competencia y cuidar su participación, para no incurrir ellos mismos en la coadyuvancia de prácticas monopólicas que pueden ser sancionadas por la Ley.

Sanciones por prácticas monopólicas

Las sanciones administrativas impuestas por la Cofece podrían ser multas de hasta el 10% de los ingresos de los agentes económicos, así como la inhabilitación para ejercer cargos directivos; mientras que las sanciones penales, previstas en el Código Penal Federal, consisten en prisión de 5 a 10 años y de 1,000 a 10,000 días de multa a las personas físicas que hayan celebrado, ordenado o ejecutado prácticas monopólicas absolutas.

La Cofece puede solicitar la acción penal y emplazar por la vía administrativa a los probables responsables, como ocurre ahora con la investigación contra probables responsables de prácticas monopólicas absolutas en licitaciones públicas convocadas por el sector salud.

Programa de Inmunidad

La Comisión hace un llamado a los agentes económicos que participen o han participado en prácticas monopólicas absolutas, para que denuncien dichos comportamientos ante la Autoridad Investigadora y se puedan acoger al Programa de Inmunidad, el cual es la única alternativa que tienen para evitar la cárcel.

El Programa de Inmunidad reduce las sanciones para el primero o ulteriores que decidan colaborar con la Autoridad de Competencia, se les otorga un beneficio diferenciado dependiendo de su nivel de cooperación y su lugar en la solicitud.

Es decir, al primer solicitante se le da un beneficio de casi el 100 por ciento de reducción en la multa que hubiera esperado respecto a su participación en conductas de colusión y obtienen además el beneficio de no ser procesado por vía penal.

Cabe resaltar que la solicitud a integrarse al programa sólo se pude presentar durante la investigación, lo cual debe ser previo a la solicitud del ejercicio de la acción penal.

Isaías Ocampo Gaona

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Los riesgos en compras públicas: IMCO

Los riesgos en compras públicas: IMCO

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) 2023, publicada recientemente por el INEGI, la corrupción se mantiene...