Posible veto presidencial a la Ley Anticorrupción

por | Jun 22, 2016 | Noticias | 0 Comentarios

Desde que se aprobaron las leyes secundarias del Sistema Nacional Anticorrupción en ambas cámaras del Congreso de la Unión, organismos empresariales expresaron su inconformidad con lo finalmente aprobado.

Posible_Veto_presidencial_Ley_Anticorrupcion_Alcaldes_de_Mexico_Junio_2016

El rechazo se debe a que la legislación que avaló el Congreso les exige presentar sus declaraciones de intereses, fiscal y patrimonial, con la llamada Ley 3 de 3, cuya aplicación resulta, en la práctica, opcional para los servidores públicos.

Por esa razón, diversos sectores empresariales buscan que el presidente de México, Enrique Peña Nieto, vete los artículos 29 y 32 de la ley anticorrupción, donde se hace alusión a las declaraciones para funcionarios y cualquiera que reciba dineros públicos.

El veto presidencial parece ser una posibilidad luego de que el Gobierno Federal cancelara la promulgación oficial de la Ley, y tras la reunión del Presidente con empresarios de diferentes organizaciones.

Además en otros frentes, como la petición publicada en Change.org, para vetar los artículos contenidos en la legislación anticorrupción, se busca presionar al Gobierno para que el Ejecutivo corrija la versión aprobada de la Ley 3 de 3.

También lee: Ley 3de3 aplicaría para beneficiarios de programas sociales

El Veto Presidencial

Este recurso consiste en la facultad que tienen los jefes de Estado para oponerse a una ley o decreto que el Congreso le envía para su promulgación, con lo cual participa en una función que corresponde al Poder Legislativo como un acto de contrapeso del presidente, de acuerdo con el Diccionario Universal de Términos Parlamentarios.

Aunque la Constitución no contiene una cláusula específica al respecto y no está estipulado tal cual como un “veto”, el Artículo 72 en su fracción C plantea como una posibilidad que el Ejecutivo pueda desechar un proyecto de ley o decreto que ya haya sido aprobado por el Congreso.

“El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo, será devuelto, con sus observaciones, a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevo por ésta, y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora. Si por ésta fuese sancionado por la misma mayoría, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación”, dice la citada fracción.

Tipos de Veto

De acuerdo con un análisis publicado por el Servicio de Investigación y Análisis División de Política Interior (S.I.I.D.), de la Cámara de Diputados, existen tres tipos de veto:

Veto total: el presidente rechaza expresamente firmar la totalidad de la proposición de ley y la devuelve al Congreso con una explicación detallada de las razones.

Veto parcial: conocido como veto por párrafos o artículos en los Estados Unidos “es aquel que le permite al Presidente modificar una ley eliminando parta de la misma, cancelando disposiciones individuales”, según explica el artículo citando a Giovanni Sartori.

Veto de bolsillo: es aquél que permite a un presidente simple y sencillamente negarse a firmar una ley, como si la propuesta nunca hubiese existido, según señala Sartori.

En México, la Constitución prevé únicamente el veto total y parcial en la primera parte del inciso c) del artículo 72.

El veto presidencial más reciente ocurrió en 2012, cuando el entonces presidente Felipe Calderón realizó observaciones a la Ley General de Víctimas.

En su sexenio, el panista devolvió un total de nueve iniciativas con observaciones, de acuerdo con un artículo de Leticia Bonifaz, directora de Derechos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicado en El Universal y citado por Expansión.

Isaías Ocampo Gaona

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

La relevancia del número de predial

La relevancia del número de predial

En la era de la digitalización hacer cualquier trámite es más sencillo y el sector inmobiliario en México no es la excepción. Un ejemplo de ello es...