SCJN Invalida ley antiadopción gay en Campeche

por | Ago 11, 2015 | Noticias | 0 Comentarios

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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el artículo 19 de la Ley que regula las Sociedades de convivencia para el Estado de Campeche, que prohibía la adopción de niños a personas homosexuales y heterosexuales.

Nueve de los once ministros de la SCJN se pronunciaron por la invalidez del artículo 19 de la Ley Regulatoria de las Sociedades de Convivencia del Estado de Campeche, al considerar dicha norma como discriminatoria, atenta contra el interés del menor y es contraria a los conceptos de Familia reconocidos en la constitución.

Con dicha legislación, en Campeche se pretendía prohibir la adopción a parejas del mismo sexo cuando éstas se encuentren unidas mediante sociedades de convivencia, además de despojarlas de sus derechos de patria potestad, guardia y custodia en caso de que se conviertan en “convivientes”, sin importar que sea el padre o la madre.

“La invalidez del artículo impugnado se da por la violación al derecho humano a constituir una familia, previsto en el artículo 4° de la Constitución”, dijo el ministro José Ramón Cossío.

Fue la ministra Margarita Luna Ramos quien propuso invalidar el artículo en cuestión. Previamente, al menos 9 de los 11 ministros se habían manifestado a favor de permitir las adopciones, entre ellos el ministro presidente Luis María Aguilar.

“Yo no veo ningún problema para que un niño sea adoptado en el seno de una sociedad de convivencia que tienen precisamente este propósito. ¿Qué, vamos a preferir que tengamos en la calle niños que según las estadísticas superan los 100 mil? Se atenta, desde luego y quizá con tanta intensidad o más, el interés superior del menor”, expuso en su momento el ministro presidente.

Por su parte, el ministro Eduardo Medina Mora, en oposición a esta visión, declaró que el interés superior del menor obliga a que el Estado encuentre personas y contextos familiares que estén adecuados para su desarrollo.

“Debemos reconocer entonces que las entidades federativas tienen la libertad configurativa para definir los términos en los cuales se puede llevar a cabo una adopción, incluyendo ciertas características constitucionalmente razonables que deben reunir las personas que quieran acceder a la misma”, dijo Medina Mora la defender la legislación de Campeche.

El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea respondió que la legislatura de Campeche, de manera sutil, pero clara, está realizando una discriminación y que el máximo tribunal de justicia del país reconoce los derechos de las personas del mismo sexo.

En ese sentido, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena dijo que la norma de Campeche parte de una de las premisas “más siniestras” que ha tenido el derecho moderno, la de: separados, pero iguales, premisa que, dijo, soportó en algún momento el apartheid en Sudáfrica.

Redacción

Alcaldes de México

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