Más allá del proceso jurídico de las mujeres privadas de la libertad

por | Sep 28, 2018 | De Puño y Letra | 0 Comentarios

No se puede dejar al margen que las mujeres encarceladas son víctimas de una triple discriminación: la que se deriva por su condición de género; la que les impone su situación de encierro y la que es común a todos los grupos de personas vulnerables y excluidas.

Muchas veces cuando se habla o trata de visibilizar a las mujeres privadas de la libertad, nos centramos en hablar de estadísticas y procesos jurídicos, los cuales si bien son necesarios debido a la dificultad de acceso a la justicia que tienen estas mujeres, no lo son todo, pues lamentablemente esta población de mujeres suele enfrentarse a condiciones psico-sociales que les afectan al momento de cumplir la condena que le impone la ley, la sociedad y la familia.

La privación de libertad es un acto que se da a las personas, que han transgredido algún parámetro que ha resultado perjudicial para la sociedad, y bajo esta percepción, la cárcel constituye para las mujeres un espacio hostil, discriminatorio y opresivo, que se manifiesta en la desigualdad de trato que reciben en relación a los hombres.

Las condiciones sociales y psicológicas que se manifiestan por la privación de la libertad denotan pérdidas profundas, dolorosas rupturas y mortificaciones extremas, reforzándose diariamente en las mujeres que están en esta condición, pues tienen que adaptarse a una nueva identidad en un mundo diferente, que se construye en la privación de su libertad, influyendo de forma negativa a sus condiciones psico-sociales.

Cada mujer es una síntesis inmersa en un mundo y sistema patriarcal: de sus normas, de sus prohibiciones, de sus deberes, de los mecanismos pedagógicos (sociales, afectivos, intelectuales, políticos) que influyen en ellas, y enfrentan diversas situaciones que surgen en el desarrollo de la vida diaria dentro del entorno donde se desenvuelven.

La privación de libertad es una condena que suele ser perversa, para los hombres y las mujeres, ya que ambos son sujetos del encierro, pero además sufren de los prejuicios que la sociedad impone. No se puede dejar al margen que las mujeres encarceladas son víctimas de una triple discriminación: la que se deriva por su condición de género; la que les impone su situación de encierro y la que es común a todos los grupos de personas vulnerables y excluidas.

Hoy en día se observa que la población mundial de mujeres privadas de libertad crece diariamente convirtiéndose en una preocupación social y política para los gobiernos y las sociedades, por lo cual es urgente atender esta problemática social que entre muchas cosas, está provocando cambios drásticos en la vida de cada una de ellas y en el vínculo familiar y con sus comunidades. Además, está bien documentado que las cárceles no brindan las condiciones de vida adecuadas a las mujeres privadas de la libertad, existe hacinamiento, inseguridad, desigualdad de género y no existen programas efectivos que contribuyan a la rehabilitación social que les permita reinsertarse a sus entornos una vez que cumplan su condena.

Las mujeres al estar en prisión, empiezan a tener patologías psicológicas como son la depresión y soledad generadas por el encierro y la separación de los vínculos familiares y comunitarios, pues el hecho de estar privada de la libertad implica el desbordamiento de su imagen y personalidad, estas consecuencias tienden a tener impactos negativos y muchas veces irreversibles. En pocas ocasiones el estar encerrada tiene impacto positivo, y se detonan conductas como la adicción a sustancias ( cigarrillo, alcohol, marihuana, heroína, tranquilizantes, inhalantes), lo que repercute física y emocionalmente en esta población. A raíz de la depresión, ansiedad, desvalorización personal, devaluación de imagen, aparecen los pensamientos suicidas (cortes en las venas, absorción de veneno, intentos de ahorcamiento y otras formas de atentar contra la propia vida) e incluso pueden aparecer trastornos alimenticios graves.

El estar en una cárcel para la mujer, no solo significa cumplir una sentencia, más bien significa mucho más que una condena por la ruptura parcial o total de sus vínculos familiares:

  • Ruptura del vínculo conyugal.
  • Alejamiento y rechazo de los hijos/as.
  • Inestabilidad emocional y conductas negativas en hijos e hijas.
  • Pérdida de la custodia total o temporal de los hijos/as.
  • Resentimiento y humillaciones familiares, y por parte de las comunidades.

Una abrupta realidad, es que no todas las mujeres delinquen porque quieren o por placer, algunas lo hacen por algún tipo de necesidad; sin embargo, cualquiera que sea la causa, todas tienen algún antecedente de violencia familiar, abuso sexual, padres drogadictos, alcohólicos, familia disfuncional u otros círculos de violencia.

Hay que destacar los focos rojos que enfrentan las mujeres privadas de la libertad; pues entre las condiciones psicológicas manifestadas de esta población, están: temor, angustia, depresión, soledad y sentimientos suicidas, lo que las hace vulnerables al consumo de sustancias, conductas violencias, desvalorización personal, reproche constante de lo cometido y de la pérdida parcial de su libertad, lazos familiares, condiciones sociales, económicas, laborales. Las condiciones que la sociedad impone sobre las mujeres privadas de libertad se enmarcan en el rol que ejercen, el hecho de ser madre, esposa, hija; hace que la mujer se vea como un ser “perverso”, “malo” que ha irrumpido las reglas sociales cuando es encarcelada; condenando a estas mujeres a una desprotección y discriminación sistemática.

Areli Zarai Rojas Rivera

Es presidenta de la Organización No Gubernamental Y Quién Habla por Mí AC. Estudió ciencia política en el Tecnológico de Monterrey y se ha dedicado al fortalecimiento de políticas públicas, proyectos y legislación en materia de Derechos Humanos, especialmente en temas de seguridad, género y de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes. twitter Twitter twitter Twitter

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