MUNICIPIO LIBRE: 2018, tiempos de reelección

por | Nov 28, 2017 | De Puño y Letra | 0 Comentarios

En la próxima elección de julio de 2018, Alcaldes, Senadores, Diputados Locales y Federales que fueron electos después de la reforma electoral de 2014 podrán ser reelectos.

Hablar de reelección, es hablar de una etapa vigilada y observada por la sociedad, es hablar de perfiles que hacen bien las cosas, que tienen responsabilidad social y que transparentan sus prácticas en la administración pública. La fortaleza del país se encuentra en sus municipios, donde se deben de mejorar las políticas públicas con mayores recursos, transparencia y rendición de cuentas, garantizando a los ciudadanos los servicios públicos de manera digna.

De acuerdo con el politólogo Dieter Nohlen, la reelección se entiende como el “derecho de un ciudadano (y no de un partido) que ha sido elegido y ha ejercido una función pública con renovación periódica de postular y de ser elegido una segunda vez o indefinidamente para el mismo cargo (ejecutivo) o mandato (parlamentario).2 Es la posibilidad jurídica de un individuo que haya desempeñado algún cargo de elección popular, para contender nuevamente por el mismo cargo al finalizar el período de su ejercicio.2

En la próxima elección de julio de 2018, Alcaldes, Senadores, Diputados Locales y Federales que fueron electos después de la reforma electoral de 2014 podrán ser reelectos, siempre y cuando sean elegidos por su partido o por alguno de los miembros de la coalición que los haya postulado.

El Artículo 115 de la Constitución Política establece que las Constituciones de los Estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un periodo adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años. La reforma también contempla al Cabildo en pleno, junto con todo y sus suplentes y el síndico puedan reelegirse, presentando su licencia tres días antes de que inicie el proceso electoral para separarse del cargo.

“Durante la década de los noventa del siglo pasado los estados de Coahuila, Chihuahua, Durango Guanajuato y Querétaro permitieron la reelección para las autoridades del ayuntamiento, mientras se tratase de un cargo distinto al que se ocupaba. Es decir, un síndico o un regidor podían postularse en el periodo inmediato para el cargo de Presidente Municipal. Este mecanismo fue cancelado con dos resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación […] al dictaminarse que la posibilidad contemplada en esas legislaciones violan lo establecido en el artículo 115 constitucional.”23

El predominio del liderazgo territorial y no necesariamente del liderazgo administrativo, es una particularidad de los presidentes municipales, sin embargo, la reelección viene a ser un tema tajante y de relevancia social, por la percepción que se tiene de los gobernantes o de las ambiciones políticas desmedidas.

El tema también ha sido parte de la agenda pública en diversas entidades federativas de la República Mexicana, así como de polémicas en los órdenes jurisdiccionales del Estado Mexicano, y en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

La reelección contribuye gradualmente a fortalecer la esfera de la administración pública local y la democracia mexicana, construyendo mayor vínculo entre las instituciones y los gobernados, y destacando el empoderamiento de los ciudadanos para calificar a quienes ostentan los cargos públicos.

2 Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, volumen I, tomo I, México Instituto de Investigaciones Legislativas, Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, 1997, p. 816.

23 Crf. José Ramón Cossío Díaz y Fernando Franco, “Reelección a debate”, México, Voz y Voto, número 80, 0ctubre de 1999. Ver: José Ángel Nuño Sepúlveda, “La reelección Inmediata de los ayuntamientos, como instrumento para fortalecer los ingresos Municipales en México”, México, Revista Hacienda Municipal, número 87, Instituto para el Desarrollo el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas

Omar de Lassé

Ciudadano con trayectoria en la administración publica, actualmente funjo como Secretario Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Morelos; además de trabajar en la Federación, en los últimos 5 años me he desempeñado en el mismo Estado como Subsecretario de Desarrollo Social, Subsecretario de Atención Social, Subsecretario de Gobierno, Secretario Ejecutivo del Programa Nacional de Prevención del Delito, así como Director del Instituto de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal por elección de los Alcaldes. twitter Twitter facebook Facebook

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Los riesgos en compras públicas: IMCO

Los riesgos en compras públicas: IMCO

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) 2023, publicada recientemente por el INEGI, la corrupción se mantiene...