Psicoanálisis del gasto federalizado

por | Jul 13, 2018 | De Puño y Letra | 0 Comentarios

Por: Dr. Juan Carlos Martínez Andrade

El Federalismo Fiscal mexicano tiene estos tres órdenes o registros de lo psíquico (imaginario, simbólico y real).

El Federalismo Fiscal en México es tan complicado que para desentrañarlo uno debe hacer psicoanálisis del objeto de estudio. Siguiendo a Jacques Lacan, desde el psicoanálisis uno podría darse cuenta de tres dimensiones analíticas del Federalismo Fiscal mexicano: lo simbólico, lo imaginario y lo real. Esta exageración podría sonar al estudioso de las finanzas públicas casi ridícula, pero en las siguientes líneas me he propuesto a hacer un psicoanálisis del Federalismo Fiscal mexicano. Para Lacan, los tres órdenes son registros de lo psíquico que juntos hacen posible el enfoque y análisis de una entidad o proceso. Definitivamente Lacan no pensaba en finanzas públicas cuando redactaba ni siquiera su teoría de las “matemas”, pero el ejercicio analítico de aplicación de la teoría de los tres órdenes resulta bastante interesante.

Para Lacan, existe el orden de lo imaginario o la “dimensión del engaño” cuando un niño se descubre a sí mismo frente a un espejo y se crea una idea o ilusión óptica que lo atrapan fascinado. El orden simbólico es el registro psíquico que se origina mediante el lenguaje, de forma que en la mente del niño se crea o perfila lo que no es él y lo que es otra persona. En este registro juega un papel muy importante la madre debido a que es el “gran otro” que el niño comienza a dar cuenta de existencia. Todo lo que no es imaginario ni simbólico, es real (en este esquema abreviado). Lo real es inconceptualizable, (inconmensurable diría tal vez Paul Feyerabend) y constituye el no-fundamento inmanente del significante; lo que no se reduce al lenguaje; lo que existe a pesar de nosotros.

El Federalismo Fiscal mexicano tiene estos tres órdenes o registros de lo psíquico. Podemos identificar un orden de lo imaginario dentro del concepto mismo de Federalismo Fiscal del que nos apropiamos como el arreglo federal de los tres órdenes de gobierno (no confundir con los tres órdenes lacanianos), en el que existe por una parte la delegación de facultades tributarias a cambio de recursos más o menos etiquetados, con reglas de asignación y reasignación más o menos claras. En México lo imaginario es el Federalismo Fiscal del que se ha discutido principalmente los recursos etiquetados del Ramo 33 y los recursos no etiquetados del Ramo 28 sin abordar claramente los muy importantes Convenios de Descentralización, Convenios de Reasignación, los Subsidios y el Ramo 23 al que personalmente no le he encontrado objeto o sustento fiscal más que político.

Lo imaginario es pensar que el Federalismo Fiscal en México se reduce a lo Ramos 33 y 28 toda vez que la determinación de los recursos por Ramo 23 y Convenios de Descentralización y Reasignación son casi discrecionales. Cuando hablamos de Federalismo Fiscal no pensamos necesariamente en los acuerdos políticos por los cuales se maneja el Ramo 23 o los Convenios de Descentralización. La Auditoría Superior de la Federación habla de 96 programas presupuestarios del gasto federalizado, en un artículo anterior yo presentaba 90 programas que presentan duplicidad, triplicidad, tetraplicidad y, no sabría expresar, cuando 9 programas tienen los mismo propósitos.

Lo simbólico (el registro del lenguaje) se obtiene de las legislaciones y lineamientos de operación tanto del Ramo 33 como del Ramo 23 y los Convenios de Descentralización. Lo simbólico en los Fondos de Aportaciones Federales a Entidades Federativas y Municipios del Ramo 33 se observa toda vez que se consideran recursos etiquetados; no obstante, son recursos que tienen 5 u 8 etiquetas cada uno con varios objetos y propósitos que no hacen claro ni su determinación, ni su operación. Los recursos con los que operan directamente los Estados y Municipios que son FAFEF, FORTAMUN, FISE y FISM, tienen objetos tan disímiles como encontrados, los cuatro pueden servir para infraestructura (¿es tetraplicidad?), sirven para el fortalecimiento de las finanzas públicas, se pueden utilizar para agua, aguas residuales o pago de pensiones ¿para que sirvieron las etiquetas? Por otra parte, su tratamiento es de Programa Presupuestario cuando estos fondos son eso, fondos. Son bolsas de dinero que sirven para que los Estados y Municipios financien sus políticas públicas o programas, pero no son políticas públicas ni programas, son fondos.

El orden de lo real es igual de fantástico que los otros dos órdenes lacanianos del Federalismo Fiscal mexicano. Lo real en México es en lo que ocupan los Estados y Municipios los recursos del gasto federalizado. El tema en Estados y Municipios cada año no es en “cómo vamos a gastar los recursos del gasto federalizado” sino “cómo vamos a comprobar su operación”. Tenemos en los registros trimestrales proyectos de gasto de inversión o financiamiento de programas validados por entidades federativas que (aunque son varias los posibles fines de los recursos) se gastan en objetos, propósitos y fines muy alejados a los indicados en la Ley de Coordinación Fiscal, los lineamientos generales y otra normatividad. Tenemos así proyectos registrados en las categorías Deporte, Arte y Cultura, Comunicaciones y el preferido por todos “Otros Proyectos” una categoría sin categoría. Existen proyectos de atracción turística que las entidades y municipios quieren registrar como “saneamiento financiero”.

El Federalismo Fiscal mexicano requiere una revisión y re-conceptualización urgente. Requiere la eliminación de programas duplicados y triplicados. En este cambio de administración, estamos ante una gran oportunidad para aportar certidumbre a los recursos del gasto descentralizado. Pero no cambios para seguir igual, sino cambios para mejorar. No digo que se debe aumentar el gasto federalizado, de ninguna forma; pero debemos hacerlo más eficiente y más eficaz. Esta certidumbre requiere replantearnos las fórmulas de determinación, los objetos posibles para la operación de los recursos, la desaparición de los componentes políticos en los convenios de reasignación y descentralización, la fiscalización y auditoría total del Ramo 23 antes de plantearnos un tratamiento de posible psicosis.

Juan Martínez

El autor es Doctor en Ciencias Sociales por El Colegio de San Luis, Maestro en Administración y Políticas Públicas por el Centro de Investigación y Docencia Económicas y Antropólogo Social por la Escuela Nacional de Antropología e Historia. Tiene experiencia en evaluación de Fondos del Ramo 33 y Federalismo Fiscal. Profesor Investigador de El Colegio Mexiquense, A.C.  

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