Situación de calle y espacio público

por | Jul 8, 2016 | De Puño y Letra | 1 Comentario

 

Entendemos que el espacio público es el que, a diferencia del privado, le pertenece a la administración pública y, derivado de ello, a las personas, ciudadanos, peatones, ciclistas, etcétera. El Espacio público es aquel que las personas se apropian, que hacen suyo y comparten con los demás.

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En los últimos meses, las “personas integrantes de las poblaciones callejeras” se volvieron tema de discusión y análisis: por una parte, para aquellos que las rechazan y, por otra, para quienes advierten la importancia de los derechos de éstas y consideran las posibilidades de integrarlas de nueva cuenta a la sociedad.

El problema (o “fenómeno” dirían otros), involucra a diversos órdenes de atención y autoridades. En este caso, hablo especialmente de la Ciudad de México, que será modelo para los demás estados de la República debido a la reciente presentación del “Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas en Riesgo de Vivir en Calle e Integrantes de las Poblaciones Callejeras en la Ciudad de México” (en adelante Protocolo[1]).

La presencia de las poblaciones callejeras es parte de la historia de las grandes ciudades. Desde la Inglaterra Victoriana hasta del siglo XXI donde se cuantifica la presencia de 280 mil personas “sin techo” en 2014. No está de más recordar que la mayoría de las novelas urbanas del siglo XIX y XX, advierten a las poblaciones callejeras, nombrando a sus integrantes como “indigentes y vagos”; éstos eran elementos infaltables en el paisaje.

La presentación del Protocolo en la Ciudad de México  es un paso sustancial para responder a una problemática que rebasa el ámbito particular de la asistencia social, la psicología o el desarrollo social y que también involucra el tema de los derechos humanos y, en pasos más adelantados, el derecho a la ciudad.

En el espacio público es donde la situación de las poblaciones callejeras se observa nítidamente porque, evidentemente, de los espacios privados ya fueron o son expulsadas o ellas mismas los abandonaron. En el espacio público las personas ven afectada la convivencia y abandonan los espacios cuando existen “poblaciones callejeras”. Y, del mismo modo, cuando las personas abandonan los espacios públicos, son apropiados por las “poblaciones callejeras”.

El Protocolo contempla tres fases de atención: la preventiva, la de intervención y la de integración social. Todas ellas implican acciones y propósitos específicos por que los sujetos pueden cruzar esas tres etapas. Es evidente que sería indispensable que ningún ser humano estuviera en alguna de ellas.

De dichas etapas, la que se relaciona con el espacio público es la denominada de “intervención” y –de acuerdo con el Protocolo- se encuentra “orientada exclusivamente en la atención de personas integrantes de las poblaciones callejeras, ofreciéndoles servicios sociales en dos modalidades, tanto en puntos de socialización o en espacios físicos como los Centros de Atención y Asistencia Social y el Centro de Servicios Sociales (CSS) con la finalidad de invitar a estas personas a un proceso de integración social.”

Del diagnóstico del Protocolo destaco unas líneas: “los sistemas de desigualdad y  exclusión se interrelacionan generando condiciones propicias para el desarrollo de violaciones graves y permanentes de los derechos humanos de las personas. Por lo tanto, el fenómeno de la exclusión se refuerza y la calle se convierte en un espacio de segregación que responde a la carencia de recursos económicos o materiales, pero también a la imposibilidad que tienen de participar en la determinación de los asuntos públicos, políticos, de gobierno y culturales de la ciudad en que habitan1.” (El subrayado es mío).

En tanto las políticas públicas del Gobierno de la Ciudad de México promueven la apropiación de los espacios para disfrute y convivencia de la mayoría de las personas, ya existe una población callejera que se ha apropiado de algunos espacios ¿Cómo podemos encontrar una conciliación entre éstos dos hechos aparentemente irreconciliables? ¿La conquista del espacio público por las personas comunes podría convertirse también en un espacio de segregación para las poblaciones callejeras?

El debate abre todo un abanico de frentes. Lo cierto es que tenemos en la apropiación del espacio público a dos poblaciones diferentes ¿Podemos, los ciudadanos comunes, convivir con ellas ya conquistado el espacio público? ¿Dadas las ganancias de los peatones frente a los automóviles ahora tendremos que convivir con las poblaciones callejeras?

Por supuesto que la idea de “convivir” con las poblaciones callejeras resultará para muchos algo poco adecuado dado que el modelo social nos ha imprimido un imaginario colectivo de repulsión contra ellas. Quizá una de los puntos más relevantes del Protocolo es, precisamente, la incorporación del enfoque de Derechos Humanos en la atención a las poblaciones callejeras.

Incorporó a estas reflexiones un párrafo del Protocolo: “Cuando se habla de las personas integrantes de poblaciones callejeras, el enfoque de derechos humanos en políticas públicas resulta de gran trascendencia, pues las condiciones de vida y supervivencia en el espacio público requieren de la generación de un diálogo constante y de una participación activa que haga viable la incorporación y preservación de aquellos elementos culturales e identitarios propios de dichas poblaciones.”(Gaceta, Pág. 15).

Dentro de las “Obligaciones reforzadas en el marco del principio de igualdad y no Discriminación”, señala el Protocolo, en su apartado c: “Adoptar las medidas necesarias para prevenir y erradicar los desalojos forzosos fundados en la condición de las personas que viven en la calle.”

Ahora bien, ¿Existe en las actuales delegaciones políticas de la Ciudad de México un enfoque para la actuación frente a las poblaciones callejeras? ¿Será suficiente el Protocolo propuesto para que a la instalación de Alcaldías, éstas instrumenten las acciones necesarias  para la atención?

El Protocolo advierte que su instrumentación tendrá como eje a la SEDESO/IASIS, al DIF-CDMX y a las Delegaciones Políticas. En otras palabras, serán éstas, y a partir del 2017, las Alcaldías –integradas a las cuatro regiones-, las que instrumenten una buena parte del trabajo del Protocolo.

La transformación de zonas rurales a urbanas -y un modelo social y económico casi universal de exclusión- traerá consigo, lamentablemente, la presencia de poblaciones callejeras por lo que no sería ninguna pérdida de tiempo que las Alcaldías ya existentes tomarán con atención del Protocolo que se ponen en marcha en la Ciudad de México.

Es evidente que las políticas públicas son un instrumento de inclusión, de desarrollo social y de generación de la riqueza para evitar que existan personas en situación de calle o que se incrementen las poblaciones callejeras. Y es, desde la base del gobierno local desde donde se puede trabajar y anticipar a las desventuras. Por eso la importancia de las Alcaldías y su trabajo.

Mientras tanto, hay que conciliar en el espacio público, a la población común con las poblaciones callejeras, en una Ciudad que es para todos.

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[1] Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas en Riesgo de Vivir en Calle e Integrantes de las Poblaciones Callejeras en la Ciudad de México, en Gaceta Oficial de la Ciudad de México, 16 de junio de 2016.

José Alberto Márquez Salazar

1 Comentario

  1. Oscar Rivas

    Por demás interesante éste artículo. Espero ver aplicado el Protocolo con toda amplitud en nuestra CDMX a través de las nuevas Alcaldías

    Responder

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