¿Cuál es el justo medio?

por | Jul 1, 2011 | Expediente Abierto, Julio 2011 | 0 Comentarios

FirmaUno de los componentes de la política fiscal es el gasto neto ejercido por el Gobierno Federal, estatal o municipal. La totalidad de las erogaciones aprobadas en el Presupuesto de Egresos de cada orden de gobierno va con cargo a las percepciones previstas en la Ley de Ingresos. Dicho Presupuesto se prepara anualmente y publica las asignaciones correspondientes de las partidas que deberán aplicarse para cubrir el interés colectivo de los ciudadanos, que es el gasto público.

La clasificación tradicional divide el total de recursos en el gasto programable y no programable. El primero considera las erogaciones que el gobierno realiza en cumplimiento de sus atribuciones conforme a los programas para proveer bienes y servicios públicos a la población; incluye las partidas asignadas a las aportaciones de seguridad social y las provisiones salariales y económicas de los gobernadores de las entidades federativas y presidentes municipales.

Están clasificadas económicamente como un gasto corriente, cuya erogación no tiene como fin la creación de un activo, sino que constituye un acto de consumo. Esto es, son gastos que se destinan a la contratación de recursos humanos y a la compra de servicios necesarios para el desarrollo propio de las funciones administrativas de gobierno

La tarea presupuestal es muy importante, en la que el Poder Ejecutivo propone y el Legislativo aprueba. El Congreso de la Unión y los congresos estatales son los que están a cargo. El caso del Distrito Federal (DF) es distinto. El Presupuesto de Egresos s el que va a dotar de recursos a las distintas instancias de gobierno y, a partir de la aprobación, las instituciones públicas podrán llevar a cabo las acciones programadas en el Plan de Desarrollo y ejercer con responsabilidad el gasto.

El presupuesto de cada estado establece las partidas que deberán percibir el gobernador o jefe de gobierno, para el DF, por concepto de salarios.

Percepciones de algunos alcaldes en 2011El límite de la percepción máxima ordinaria total mensual que establece el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Presidente de la república es de 198 mil 870 pesos, y la remuneración bruta anual aprobada es de 4 millones 140 mil 963 pesos.

En la gubernatura del Estado de México el sueldo mensual base total bruto de un mando superior nivel 32 (se presume que sea del gobernador) es de 203 mil 68 pesos. El gobernador de Jalisco percibirá en 2011 la cantidad de 5 millones 651 mil 610 pesos, cuyo importe integra conceptos de previsión social. La percepción ordinaria neta mensual para el gobernador de Veracruz es de 74 mil 313 pesos

Para el gobernador de Puebla corresponde una remuneración mensual de 153 mil 653 pesos. Nuevo León establece una cantidad de 188 mil 100 pesos; en tanto que el DF asigna al jefe de gobierno 54 salarios mínimos mensuales de la zona geográfica “A”.

SUELDO PRESIDENCIAL, EL TOPE

El municipio es un orden de gobierno consagrado constitucionalmente, tiene personalidad jurídica propia, es libre para ejercer su autoridad y, dentro del marco jurídico correspondiente, ejerce la administración pública; es gobernado por un ayuntamiento (síndicos y regidores) y representado ejecutivamente por el presidente municipal.

El municipio no puede actuar separado del estado y la Federación; puede generar recursos propios y cuenta con participación federal, de cuyos ingresos aplica las erogaciones salariales para sus presidentes. En el cuadro se muestra la percepción total mensual máxima de algunos presidentes municipales.

La desavenencia salarial entre gobernadores y presidentes municipales está asociada a la capacidad de cada orden de gobierno para generar recursos propios, y a la participación federal que le corresponde. Sin embargo, el límite del sueldo deberá ser la percepción presidencial, sin que ninguna gubernatura estatal la rebase.

El fin del gasto público, además de integrar conceptos de gasto corriente, como el sueldo de los funcionarios de gobierno, debe integrar gastos de capital, es decir, conceptos de inversión física, como erogaciones que se destinan a la construcción y/o conservación de obra pública y a la adquisición de bienes de capital para la obra pública.

El gasto público debe considerar partidas que incluyan provisiones de recursos para atender situaciones de contingencia del país.

Cuando las erogaciones del gasto se dirigen a acrecentar y preservar los activos físicos patrimoniales o financieros del país incide en mayor bienestar para los ciudadanos. Es responsabilidad de la orden de gobierno publicar la Cuenta Pública y, en paralelo, es responsabilidad de los ciudadanos examinarla y cotejarla con el Presupuesto de Egresos a la par del Plan de Desarrollo del gobierno, a efecto de verificar que el ingreso público se esté erogando adecuadamente, y para que los funcionarios responsables de administrar el gasto público tomen conciencia de la sana administración de las finanzas públicas, cuyo objetivo no sea generar deuda para cubrir el gasto gubernamental, como elemento de la política fiscal.

Enriqueta Mancilla

Investigadora de la Universidad La Salle. Doctora por la UNAM. Líder del Grupo de Investigación, Desarrollo e innovación: “Estudio de normatividad, fiscal, financiera y auditoria” de la Universidad La Salle.

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