Cuentas claras con particulares

por | Abr 1, 2015 | Abril 2015, Abril 2015, Expediente Abierto | 1 Comentario

Los proveedores de gobierno deben conocer las disposiciones legales de transparencia, fiscalización, obras y servicios públicos para evitar incurrir en actividades que perjudiquen a las dependencias

tratoEl gasto público en México se encuentra entre los más bajos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), lo que ejerce una gran presión sobre la capacidad administrativa del sector público para movilizar eficazmente los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros para hacer frente a retos fundamentales, como la reducción de la pobreza, adaptación al cambio, el acceso a la educación y mejoramiento de infraestructura.

La experiencia en los países de la OCDE ha demostrado que la confianza en el gobierno es indispensable para un crecimiento económico sostenible, ya que fomenta inversiones e innovación. Al mismo tiempo, la confianza en el gobierno depende en gran parte de la integridad del sector público.

Sin embargo, en México existe un bajo nivel de confianza en comparación con el resto de las naciones de la OCDE. Esto se debe a la alta percepción de corrupción e impunidad, que conducen al desperdicio de recursos, disminuye la calidad de los servicios públicos y perjudica la toma de decisiones gubernamentales.

En los últimos años se han aprobado diversas leyes que tienen dos propósitos con relación al manejo de los recursos presupuestales y al ejercicio del gasto: el primero tiene relación directa con la transferencia de recursos federales a las entidades federativas y a los municipios, los cuales están asignados a programas específicos y de los que hay que rendir cuentas de su manejo, según lo contempla la Ley de Contabilidad Gubernamental, tanto en la armonización contable como sobre la aplicación de recursos.

Otra disposición es la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que tiene como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal.

Asimismo, se han aprobado otras disposiciones, como la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, que comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública; del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, con excepción de las participaciones federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

TRANSPARENCIA, INDISPENSABLE

Adicionalmente, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas regula las contrataciones de obras públicas que realizan diversos entes públicos y su ejercicio con los particulares.

Si bien las diversas disposiciones legales son de observancia general a la administración pública, la cual se debe apegar siempre a lo que contempla la ley, los particulares, como los proveedores de gobierno, deben de conocerlas a fin de evitar una acción que conlleve una aplicación que tenga ejercicio dudoso y evitar, en su caso, incurrir en una actividad económica dañina a la nación.

Los términos “transparencia”, “derecho a la información” y “rendición de cuentas” se encuentran íntimamente ligados y, bajo algunas circunstancias, son interdependientes, pero por el momento es suficiente establecer que la rendición de cuentas es una consecuencia de la implementación por parte del Estado participativo —lo que implica dar mayor papel a la sociedad en la actividades de vigilancia—, así como del ejercicio de la transparencia como una política pública, y una de las herramientas para ayudar a su consecución, aunque no la única, es el derecho del acceso a la información.

Por lo tanto, la transparencia es sin duda un derecho fundamental y será uno de los atributos esenciales, exigibles y, por supuesto, más deseables en la conducción participativa de la actividad estatal y con ella de la municipal, como por supuesto también lo son la rendición de cuentas y el acceso a la información.

MODERNIZAR LOS PROCESOS

La situación f inanciera tributaria de los municipios en México es y ha sido limitada, los recursos económicos de que disponen son insuficientes para el cumplimiento de las obligaciones constitucionales.

Desde su formación, el ayuntamiento ha estado supeditado a la voluntad de los otros niveles de gobierno, dependiendo en un porcentaje significativo de la Federación. La recaudación de los recursos económicos conocidos como propios es escasa. Lo ideal sería elaborar una propuesta para modernizar los procesos de recaudación y administración tributaria municipal como alternativa para incrementar los ingresos.

El municipio lleva libremente su hacienda, la cual se forma con las contribuciones sobre bienes inmuebles, participaciones federales y pagos por servicios públicos otorgados a la comunidad.

La administración debe contar con las potestades necesarias para conocer la situación de los contribuyentes, detectar y castigar los incumplimientos formales y sustantivos, además de cobrar las deudas morosas en un marco de seguridad jurídica, transparencia de criterios y respeto a los derechos de los contribuyentes.
 

El autor es doctor en Ciencias de lo Fiscal y
catedrático de la Universidad La Salle México
de la Construcción (CMIC).

 

Rafael Alberto Castellot Rafful

1 Comentario

  1. Ulises García Guerrero

    Es excelente el artículo, ya que deja en claro la importancia que tiene la sociedad en la vigilancia del gasto de los recursos públicos

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