Educación ambiental y reciclaje

por | Jul 1, 2016 | Expediente Abierto, Julio 2016 | 0 Comentarios

En México, la práctica de recuperación de materiales potencialmente reciclables contenidos en los residuos sólidos generados a nivel municipal, que tienen valor económico y un mercado, con la participación de trabajadores informales (pepenadores) o de ciudadanos a título individual u organizados a nivel comunitario, antecede al establecimiento de la actual Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, destinada a crear condiciones favorables para elevar la eficiencia de esta práctica y lograr el aprovechamiento máximo de tales materiales.

El Artículo 115 constitucional, fracción III, establece que independientemente de sus atribuciones relativas a la prestación de los servicios públicos, los municipios deben acatar las leyes federales y estatales, las disposiciones de la legislación y, en su caso, las correspondientes estatales, y que éstas deben verse reflejadas en los reglamentos municipales en la materia con el fin de estimular el reciclaje comunitario de los residuos sólidos.

La experiencia ha mostrado, tanto en México como en otros países de la región de América Latina y el Caribe, que si se quiere incentivar en la población el reciclaje de residuos sólidos en los municipios, ya sea por parte de las autoridades, de organizaciones de la sociedad civil, de instituciones educativas o de la iniciativa privada, es preciso realizar un ejercicio de planeación previo. Lo anterior, con el fin de asegurar las condiciones para “cerrar el círculo de los materiales reciclables o valorizables”.

En cualquiera de los casos, es conveniente comenzar por diseñar y desarrollar proyectos de inducción al reciclaje conocidos como “proyectos piloto de ejercitación o ensayo”. Éstos tienen entre sus objetivos lograr la separación y entrega de materiales reciclables en el punto de origen: hogar, escuela, almacén, empresa o institución, de manera que en un periodo determinado, el ejercicio se transforme en una práctica generalizada y sistemática, y a largo plazo, en un hábito.

Esto significa prever un proceso consultivo que involucre a la población destinataria, lo cual puede simplificarse si en la comunidad seleccionada para realizar el proyecto piloto ya se cuenta con una buena organización ciudadana y, sobre todo, si ya cuenta con un recuperador o comercializador de residuos reciclables, o se generan en ella suficientes cantidades de tales desechos como para motivar la apertura de una empresa comercializadora (lo cual puede saberse si ya existe un “diagnóstico básico” sobre la situación local de la cantidad de basura o se realiza uno).

Entre las recomendaciones para la implementación de un programa de reciclaje de residuos sólidos se encuentran las siguientes: 1) Determinación del impacto y factibilidad del proyecto; 2) Clasificación de los materiales a recuperar con fines de valorización para los que existe un comprador o reciclador; 3) Capacitación e información; 4) Separación en la fuente; 5) Selección de la empresa comercializadora o recicladora; y 6) Registro, seguimiento y evaluación de resultados.

Un proyecto exitoso puede constituirse en un sistema reproducible, cuando ya tuvo su fase experimental que fue evaluada positivamente, convirtiéndose en un proyecto con miras a perdurar y extenderse. Cuando el municipio es el ente coordinador de una propuesta de reciclaje, conviene proyectar un sistema o modelo para que los esfuerzos y recursos empleados durante la experiencia se reviertan en un beneficio sustentable. No hay que dejar de lado el hecho de que la reducción de la cantidad de residuos destinada a disposición final, como consecuencia de su recuperación con fines de reciclaje, permite alargar la vida de los rellenos sanitarios y constituye una beneficio ambiental adicional, además del de disminuir el consumo de materiales vírgenes.

Cristina Cortinas

La autora es presidenta de la Red Queretana de Manejo de Residuos A. C. y consultora independiente. Página: www.cristinacortinas.org.

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