En aumento, reglamentos locales para APP

por | Jul 1, 2013 | Expediente Abierto, Julio 2013 | 0 Comentarios

Reglamentos, Locales, AppCuando pensamos en un hospital o en una escuela públicos, creemos que la calidad de sus instalaciones y del servicio que prestan es inferior a la de una institución privada. Asumimos que se debe a que el gobierno destina menos recursos para su construcción y mantenimiento. Sin embargo, la experiencia nos dice que éste invierte más en este tipo de obras que el sector privado.

En los sectores salud, educación, comunicaciones, transporte, agua y energía es un hecho que el desarrollo y la operación de algunas obras son procesos más costosos para los gobiernos que para las empresas. La solución consiste en dejar que las autoridades se preocupen por definir cuáles son sus necesidades en materia de infraestructura y dejar que un particular se encargue de diseñar, financiar, construir, equipar y mantener las obras de la mejor manera posible. Ese es el objetivo de las Asociaciones Público Privadas (APP).

LAS REGLAS DEL JUEGO

Como se sabe, las APP surgieron como un esquema de contratación que le permite al gobierno transferir a empresas particulares una serie de riesgos asociados al diseño, financiamiento, construcción, equipamiento y mantenimiento de la infraestructura, los cuales solían encarecer el costo real de los proyectos.

Sabemos que lo barato sale caro y que el gobierno tiende a favorecer lo menos costoso para no dar la apariencia de que hace un mal uso de los fondos públicos. Sin embargo, las APP permiten eficientar los recursos sin sacrificar la calidad y funcionalidad de las obras durante toda su vida útil. Para ello, se ha avanzado en la creación de leyes y reglamentos que regulen las asociaciones entre gobierno y empresas.

En México, este esquema comenzó a operar en la década de 1990. Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) fueron instituciones pioneras en la adopción de este tipo de proyectos. Durante la siguiente década, el Gobierno Federal aprovechó las APP para construir plantas de tratamiento de agua, carreteras y hospitales bajo el modelo de Proyectos para la Prestación de Servicios (PPS). Actualmente, se construyen centros penitenciarios bajo el nombre de Contratos de Prestación de Servicios (CPS).

Estos casos de sociedades entre el sector público y empresas particulares fueron tan exitosos que motivaron la publicación de una Ley de Asociaciones Público Privadas —la Ley APP— y su reglamento en 2012.

En el Artículo 4 de dicha ley se menciona que “se entenderá que los proyectos se realizan con recursos federales, cuando las aportaciones de las entidades federativas, municipios y entes públicos de unas y otras, en su conjunto, sean inferiores en relación con las aportaciones federales”, y aclara que “para efectos de dicho cómputo no quedan comprendidos los recursos federales correspondientes a los fondos previstos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal”.

Es decir, si un estado o municipio pretende desarrollar un proyecto de este tipo y la mayor parte de los recursos para hacerlo son aportados por la Federación, entonces deben sujetarse a las disposiciones de la ley y su reglamento.

UN NUEVO HORIZONTE

Pero los proyectos no se limitan a la participación federal, pues el esquema de APP también ha motivado reformas constitucionales y legales en estados de todo el país, de tal manera que hoy, la mayoría de las entidades cuentan con una ley específica en la materia, mientras que otras adicionaron artículos a su ley de adquisiciones.

En cada legislación, el esquema ha recibido varios nombres como Proyectos para la Prestación de Servicios, Proyectos de Inversión y Prestación de Servicios, Alianzas Público Privadas, Contratos de Prestación de Servicios a Largo Plazo, entre otros. No obstante el nombre, hoy día, dichos marcos legales establecen los mecanismos de participación de los gobiernos locales en materia de asociaciones público-privadas y les facilitan emprender proyectos de este tipo.

El Municipio de Tecate, Baja California, es un botón de muestra. Recientemente, la alcaldía suscribió un contrato de autoabastecimiento con una empresa particular para satisfacer la demanda de energía eléctrica destinada al alumbrado público, a partir de un parque eólico.

El contrato para desarrollar esta obra fue estructurado y adjudicado en los términos de la Ley de Proyectos de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Baja California, publicada el 30 de octubre de 2009. El proyecto, su presupuestación plurianual y la autorización para afectar participaciones federales como garantía de pago, fueron aprobados por el Congreso del estado conforme lo previene la Constitución estatal y la Ley antes mencionada. Ante el creciente número de asociaciones entre empresas particulares y dependencias públicas, no cabe duda que los municipios están frente a un nuevo horizonte en materia de desarrollo de infraestructura.

Si el gobierno no puede hacer erogaciones importantes en este momento para realizar las obras que requiere, tal vez sí pueda comprometerse a pagar durante 15 ó 20 años, y así será la iniciativa privada quien se encargue de obtener el financiamiento necesario para desarrollar los proyectos, de tal manera que con los pagos periódicos se puedan mantener las obras, amortizar el financiamiento y obtener una rentabilidad razonable, en ese orden.

Derek Woodhouse

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