Instrumento de certeza jurídica

por | Jul 1, 2011 | Expediente Abierto, Julio 2011 | 0 Comentarios

SobreLa ciudadanía es cada vez más insistente en la vigilancia de los cargos públicos. Actualmente, hay que contar con los votos de la ciudadanía, pero también hay que tener la capacidad técnica para gobernar y cumplir eficientemente los objetivos para los cuales se ha sido designado.

La administración pública municipal tiene a su cargo los bienes y servicios más importantes para la actividad ciudadana. Todas las autoridades, pero de manera particular las autoridades municipales, están bajo la lupa. El gasto público de los ayuntamientos requiere de un ejercicio honesto y eficiente y un instrumento privilegiado que da certeza jurídica, con transparencia y corrección, es la licitación

El Artículo 134 de la Constitución y las leyes reglamentarias sobre la materia constituyen el marco jurídico que establece las normas aplicables.

En las licitaciones municipales se utilizan, en términos generales, los mismos mecanismos que en el ámbito federal, aunque es preciso tomar en cuenta la regulación de cada entidad federativa y del propio municipio. La diversidad de estados y municipios hace que la regulación de la materia sea particularmente difícil de sintetizar, por ello recurrimos, fundamentalmente, a la regulación federal.

EL CONCEPTO

“La licitación pública constituye un procedimiento que la Administración Pública debe observar para seleccionar a sus contratantes, salvo las excepciones establecidas en la ley, y que consisten en una invitación dirigida a todos los posibles interesados para que, sujetándose a las bases establecidas, presenten sus ofertas para seleccionar la más conveniente”, expone el jurista Manuel Lucero Espinosa

Las licitaciones se dan a conocer mediante una convocatoria pública para presentar propuestas en sobre cerrado, de tal forma que se pretende asegurar, para el Estado, las mejores condiciones de calidad, precio, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos y protección del medio ambiente.

PRINCIPIOS BÁSICOS

En el proceso de licitación se deben observar los siguientes principios

• Igualdad de las partes

Se refiere a aplicar los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes. Sin ventajas para nadie.

• Competencia justa

Igualdad de circunstancias para los concurrentes. Imparcialidad en las bases.

• Publicidad

Uso de los medios idóneos para que puedan concurrir los particulares y tengan información acerca de cada una de las etapas del proceso.

• Defensa de los intereses de los particulares

Posibilidad de que cualquier particular que se encuentre inconforme con los actos administrativos del procedimiento licitatorio, pueda presentar los medios de defensa idóneos que señalan los ordenamientos de la materia.

Así mismo, es preciso tomar en cuenta los procedimientos para adquirir bienes o servicios, que pueden ser a través de licitaciones públicas presenciales, electrónicas o mixtas; o bien, aplicar un caso de excepción.

EXCEPCIONES A LA LICITACIÓN

Las excepciones a la licitación pública deben ser fundadas y motivadas, y se puede recurrir a contratar mediante estos esquemas cuando:

• No existan bienes o servicios alternativos o sustitutos

• Sólo exista un posible oferente por titularidad, licenciamiento exclusivo, derechos de autor u obras de arte.

• Exista un peligro inminente o se altere el orden social, la economía, la salubridad, la seguridad y el medio ambiente, como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor.

• Concurran circunstancias que pudieran ocasionar pérdidas o costos excesivos.

• Se trate de obras y servicios con fines exclusivamente militares y su contratación ponga en riesgo la seguridad nacional.

• Se produzca un caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible la obtención de bienes y servicios por medio de licitación pública.

• Cuando se rescinda un contrato adjudicado, se le asignará al siguiente concursante en precio.

ETAPAS

Las etapas de la licitación son las siguientes:

• Convocatoria

• Junta de aclaraciones

• Integración de propuestas

• Presentación de propuestas

• Evaluación cualitativa de propuestas

• Fallo

En cada una de las etapas anteriores debe observarse una serie de formalidades y requisitos fundamentales para cumplir con los objetivos de certeza jurídica, tanto para los agentes de la administración pública como para los propios ciudadanos licitantes.

PuenteADVERTENCIAS

Es preciso tomar en cuenta que para evitar incurrir en situaciones irregulares, ya que en ocasiones se convoca y adjudican contratos sin contar con el correspondiente presupuesto, únicamente se podrá convocar, adjudicar y llevar a cabo las operaciones materia de ley, cuando las dependencias o entidades cuenten con saldo disponible en la partida correspondiente de su presupuesto aprobado.

En la actualidad una de las formas más seguras de blindar el cumplimiento de las obligaciones en materia de adquisiciones de bienes y servicios, por los cuales se requiere la licitación pública, es precisamente cumplir de manera precisa y transparente con las leyes y reglas que sobre la materia deben aplicarse.

Debemos tomar en cuenta que la licitación pública es un acto de comercio y que, derivada de la misma, se producen diversas implicaciones legales antes, durante y después del acto de adjudicación. No hay mejor prueba de eficiencia en el ejercicio de la gestión pública que el uso transparente y eficiente de los recursos públicos y la mejor forma de hacerlo es a través de la realización de obras públicas de calidad y a precio justo.

La licitación otorga, pues, certeza jurídica tanto a los funcionarios públicos involucrados como a los postores. El administrador público y el concursante exitoso se encuentran prácticamente blindados contra acciones legales, tanto de parte otros competidores como de los funcionarios públicos.

Héctor Moreno

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