“Meritocracia” ¿utopia inalcanzable?

por | Jul 1, 2013 | Expediente Abierto, Julio 2013 | 0 Comentarios

Meritocracia, Ley, Servicio, PúblicoEl pasado 10 de abril se cumplió una década de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPC). Sin embargo, al revisar el impacto causado por dicha pieza legislativa a lo largo de este tiempo, los resultados no son halagüeños.

Independientemente del loable anhelo de especializar ciertas áreas de la plantilla de personal (particularmente los rangos de director general, director general adjunto, director de área y enlaces, según el texto vigente), la aplicación de la LSPC ha sido un fracaso desde distintas perspectivas.

El nacimiento de esa ley se inscribe en un contexto en el que la primera alternancia en la Presidencia de la República parecía anticipar una gama de cambios en la manera en la cual funcionaba, no sólo el gobierno, sino todo el sistema político mexicano. La salida del hasta entonces partido hegemónico también pronosticaba implícitamente el acelerado abandono de prácticas propias del régimen autoritario, por medio de la aplicación de políticas públicas identificadas con las democracias contemporáneas.

En México aparecieron discusiones sobre asuntos como transparencia, rendición de cuentas, acceso a la información, modernización del sindicalismo, promoción de la participación ciudadana y, por supuesto, el Servicio Profesional de Carrera (SPC).

Muchos de estos temas acabaron en leyes, como la LSPC, e incluso alcanzaron los “altares” constitucionales como en los casos de transparencia y acceso a la información. Sin embargo, a la hora de su aplicación —como ocurre con una gran cantidad de reformas y ordenamientos jurídicos en el país— dichos aspectos se toparon con dos enormes obstáculos: la realidad y la enorme negligencia para modificarla.

SIN INDICADORES PARA MEDIR

El ideal de la profesionalización del personal en el gobierno —al cual México se ha comprometido al adherirse a acuerdos internacionales, como la Comisión Interamericana contra la Corrupción de 1997— consiste en fomentar la contratación de funcionarios que respondan a criterios de eficiencia y equidad.

En efecto, la LSPC contiene esos preceptos y añade varios otros. En su Artículo 2, se expresa que el Sistema del SPC tendrá como principios rectores “la legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género”.

Es importante decir en justicia que poco se puede evaluar respecto al cumplimiento de dichos preceptos. Esto se debe, tal como lo señaló la Auditoría Superior de la Federación (ASF) a principios de 2012, a la inexistencia de indicadores para medirlos. La construcción de esos parámetros estaba a cargo de la Secretaría de la Función Pública (SFP), dependencia que hoy está en el limbo de su muerte y su conversión en una Comisión Nacional Anticorrupción, la cual permanece congelada en el Poder Legislativo.

Por otra parte, en su exposición de motivos, la LSPC argumentaba que el sistema “permitiría darle continuidad a los programas sustanciales de gobiernos, eliminar los trastornos en los cambios de administración, conservar la experiencia de los servidores públicos y motivarlos para que se profesionalicen y mejoren su desempeño”.

FRECUENTES CAMBIOS EN PALNTILLA LABORAL.

No obstante, cuando se revisan las cifras sobre permanencia en los puestos de trabajo asignados vía el SPC, los objetivos arriba descritos distan mucho de cumplirse. Según la ASF, el promedio de antigüedad de los directores generales era de 2.8 años, mientras que el de los directores de área era de 3.1 años, marginalmente mayor.

Ese índice de permanencia poco abona a la especialización en sus áreas, incluso se concede que se debiera a un fenómeno de movilidad en el escalafón. Lo mismo puede decirse en el tema de la continuidad de políticas de una administración a otra, no sólo por el número de años, sino por otro factor: la escasez de programas transexenales.

Aún cuando pueda hablarse de algunos programas que sí trascienden un periodo de gobierno, los cambios a los que suelen ser sujetos por los sucesores pasan desde meras modificaciones de denominación, hasta alzas y bajas en suspresupuestos.

Otro factor de desesperanza acerca del SPC es el porcentaje que representa dentro del sistema de servidores públicos en México. En 2010, de 1 millón 698 mil 474 plazas en la administración federal, sólo 112 mil 455, equivalente a 6.6 por ciento, estaban en el rango de tabuladores jerárquicos. De ese número, apenas 35 mil 689 plazas ya se regían bajo el sistema, equivalente a 2.1 por ciento. Por si fuera poco, si entrara en vigor la propuesta de reforma a la LSPC que se encuentra detenida en el Senado de la República, desde noviembre de 2012, con la cual se excluiría a los directores generales, unas 4 mil plazas más se liberarían hacia el régimen de asignación discrecional.

EFICIENCIA VS LEALTAD.

Aunado a lo anterior, no han faltado las acusaciones respecto a que el SPC ha sido utilizado para colocar funcionarios a modo en posiciones estratégicas. Sin conceder que estos dichos sean verídicos, las suspicacias se incrementan cuando no existen indicadores sobre el cumplimiento de los objetivos del sistema, ni un estudio a detalle acerca de quiénes y por cuánto tiempo ocuparon esas plazas.

Como ya se mencionó, existe una modificación a la LSPC que quedó en primera lectura en el Senado, la cual reduciría el sistema del servicio y podría condenarlo a su desaparición. Curiosamente, y a pesar de que su redacción original data de 2006 —cuando la presentó el entonces diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Carlos Flores Rico—, ahora se privilegiaría la importancia de contar con personal leal a la gestión en turno.

Se sustenta la validez democrática con el argumento de que la autoridad llegó por la vía del voto ciudadano. Tal vez sea cierto. Quizás también la administración trabaje mejor con funcionarios que combinen tanto capacidades técnicas y/o habilidades políticas, como plena identificación con un proyecto de gobierno y, por qué no decirlo, partidista.

Ahora que esto contraviene principios como la imparcialidad y la equidad, definitivamente sí. La cuestión es que un principio que podría no sólo no traicionarse, sino además garantizarse con mayor plenitud, es el de la eficiencia. En este sentido, para bien o para mal, poco se hizo en periodos anteriores para demostrar que el modelo ideal de profesionalización de cuadros funciona en la administración pública federal de México.

Lo anterior, aunado a que este precepto no parece, al menos en la práctica, prioritario para el actual Gobierno Federal, haría del SPC una marginal excentricidad en el régimen burocrático de nuestro país.

Antonio De la Cuesta Colunga

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Los riesgos en compras públicas: IMCO

Los riesgos en compras públicas: IMCO

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) 2023, publicada recientemente por el INEGI, la corrupción se mantiene...