Bogotá se queda sin alcalde

por | Ene 1, 2014 | Enero 2014, Experiencia Internacional | 0 Comentarios

La recolección de basura y su confinamiento en rellenos sanitarios es una labor que no sólo los municipios de México deben atender, muchas alcaldías se inclinan por contratar a terceros que se encarguen de esta labor. Sin embargo, en Bogotá, Colombia, el hacerse cargo de operar este servicio de manera autónoma, sin ayuda de empresas privadas, significó la destitución del alcalde.

Gustavo Petro_Enero 2014 Gustavo Petro, quien se desempeñaba como edil de Bogotá, decidió por decreto, en diciembre de 2012, que la operación de la recolección de desechos se realizaría a cargo de su gobierno a través de la empresa pública Aguas de Bogotá. Por esta razón se revocó la concesión a la empresa que hasta ese momento se hacía cargo del servicio y que generaba casi 900 millones de pesos (mdp) al año.

La decisión se tomó con base en el bajo rendimiento que se registraba en el servicio de recolección. Además, con esta medida se daría trabajo a miles de personas de bajos recursos para que pudieran separar los desechos.

Sin embargo, el cambio de administración de la recolección llevó a un caos, pues durante tres días se reportaron montones de basura por las calles de la ciudad, que enfurecieron a la población.

Petro explicó públicamente que tales problemas se debieron a que la empresa encargada no cumplió su contrato hasta el último día. Aunque por otra parte también existe evidencia de que Aguas de Bogotá no contaba con los equipos recolectores adecuados para iniciar la operación por su cuenta.

CASTIGOS QUE EN MÉXICO NO EXISTEN
Por tales hechos, el Procurador de la República de Colombia, Alejandro Ordóñez, destituyó del cargo al ex jefe militar y también ex senador de 52 años, además de prohibirle ocupar un puesto público por 15 años, ya que determinó que en el proceso de reemplazo de operaciones se cometieron fallas graves, como intentar sustituir a operación de servicios de recolección sin contar con experiencia.

Asimismo, se culpó a Gustavo Petro de violar disposiciones constitucionales y legales que ponen en riesgo la salud de la población, al tener grandes cantidades de basura acumulada en las calles, así como del impacto al medioambiente por el mismo hecho.

La revocación del mandato en ese país es posible, ya que la Procuraduría de Colombia tiene la facultad constitucional para imponer sanciones administrativas no penales a los funcionarios públicos, como gobernadores, alcaldes y concejales.

Cabe resaltar que hasta el cierre de esta edición, Gustavo Petro mantenía su posición de luchar contra el fallo del procurador apelando el dictamen, es decir, la decisión de destituir al alcalde aún podría ser revocada.

Una vez realizada la apelación, la Procuraduría tiene dos meses para resolver si mantiene la sentencia, la revoca o la modifica.

Bogotá_Enero 2014Entrevistado sobre el tema, Rommel Rosas, secretario del Instituto Nacional de Administración Pública de México (INAP), opina que el edil colombiano no debió haber sido destituido, ya que llegó al cargo por elección popular, y por ello el caso deberá ir a la Corte Suprema de Justicia de Colombia.

Aunque, asegura, este caso representa madurez, pues las acusaciones que se le imputan a Petro tienen que ver con la protección a derechos humanos de tercera generación, algo que en México no sucede.

Considera que el decreto que emitió Petro no fue la mejor opción para resolver el mal servicio de recolección de basura. Lo más adecuado hubiera sido adoptar un sistema gradual, es decir, contratar a otra empresa que se hiciera cargo de la recolección mientras Aguas de Bogotá se preparaba para asumir el control.

Rosas comenta que tales hechos ocurrieron en un contexto politizado, ya que el Procurador es asignado directamente por el Presidente. Sin embargo, no se atreve a calificar el castigo que se le impuso a Petro, ya que el sistema colombiano es muy distinto al de México.

INVESTIGAR ALCALDES EN FUNCIONES
Lo que sí considera positivo del modelo colombiano es el sistema de sanciones que se aplica a los funcionarios públicos, pues en nuestro país los actos de corrupción se juzgan una vez concluidos los periodos de los alcaldes a través de la Auditoría Superior de la Federación, afirma.

“Hay veces que los presidentes municipales dejaron su cargo y ya son diputados, senadores o tienen otros puestos que les dan inmunidad, y eso no es posible”, agrega el también presidente del Instituto Político Nacional de Administradores Públicos (Iponap).

Lo anterior sucede porque son funcionarios electos por voto popular, y una dependencia de gobierno no puede dictaminar la revocación del mandato de los gobernantes, sólo los congresos locales, lo cual es muy difícil que ocurra, comenta.

Refiere que en México no hay que copiar el modelo de Colombia, que es un Estado central, sino instalar un Órgano Supremo de Combate a la Corrupción autónomo que persiga a funcionarios públicos irresponsables, lo cual sería algo muy benéfico para el país y para la gestión de las alcaldías, pues los ediles serían más responsables de los actos que cometan durante su administración.

Esta propuesta, refiere Rommel Rosas, tendría que ir acompañada del apoyo de todas las fuerzas políticas, y su principal facultad sería la de iniciar procesos de investigación durante el periodo de gobierno de los alcaldes y demás funcionarios; además de que podría sancionaradministrativamente las malas prácticas de gobierno.

Quien esté a cargo de ese organismo, apunta Rommel Rosas, deberá permanecer periodos transexenales al frente de la instancia para evitar amiguismos o tratos con el gobierno en turno.

Jorge López Espinosa

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