Así quedaron los cambios más importantes de la reforma energética

por | Ago 11, 2014 | Noticias | 1 Comentario

La llamada  en los últimos años como la madre de todas las reformas, la reforma energética llegó a su cúspide con su promulgación final. Se ha derramado mucha tinta para expresar tanto bondades como críticas y se vaciará más sobre su aplicación y puesta en marcha en futuros tiempos.

Mientras ello sucede, aquí te traemos los puntos más importantes que se aprobaron en los seis dictámenes que componen la reforma energética.

 

Primer dictamen: Ley de Hidrocarburos

  • Determina los nuevos contratos para las compañías privadas en la industria petrolera, gasera y otros derivados.
  • Regula la inversión privada en el sector a través de contratos.
  • Prevé la liberación de los precios de las gasolinas y el diésel a partir del 1º de enero de 2018.
  • Establece que el porcentaje que deberán pagar los contratistas a los propietarios de predios o titulares de derechos de que se trate para la extracción comercial de hidrocarburos no podrá ser menor al 0.5% ni mayor al 2%.
  •  En la Ley de Hidrocarburos se eliminó la palabra “expropiación de tierras” por el de “ocupación temporal” en donde existan contratos o asignaciones para la exploración y explotación de hidrocarburos.
  • Para los contratos de exploración y extracción de gas natural en vetas de carbón mineral y
  • producido por la misma, el dictamen señala que no se requerirá de una licitación y se podrá adjudicar de manera directa a los titulares de concesiones mineras.
  •  A empresas mineras se les concedió usar su concesión para explotar el gas integrado al carbón mineral. Además, estas compañías serán indemnizadas en caso de que se otorguen contratos a otra empresa para la explotación de hidrocarburos.
  •  Se crea el organismo público descentralizado denominado Centro Nacional de Control del Gas Natural, encargado de la operación del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural.
  • Se establece un modelo que permita crecer la red nacional de ductos, administrado por el Centro Nacional de Control del Gas Natural. El mecanismo consiste en que las empresas que construyan nuevos ductos estarán obligadas a poner la capacidad excedente a disposición de este organismo, a fin de que la licite o la ponga a disposición de quien quiera comprarla, a través de boletines electrónicos. Todos los precios de esto serán fijados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
  • Se incluye la prohibición de otorgar asignaciones o contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos en áreas naturales protegidas.
  • Agrega una disposición para proteger los derechos constitucionales de las comunidades indígenas en la contraprestación que deberán otorgar los privados para realizar actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en sus propiedades.
  • Los precios al público de gas licuado del petróleo se determinarán bajo condiciones de mercado a partir del 1º. de enero de 2017.
  • Agrega un artículo transitorio para que los contratos no puedan prever clausulas o acuerdos que otorguen exclusividad o preferencia ilícitas en beneficio de organización empresarial social o sindical alguna.
  • La Comisión Nacional de Hidrocarburos será el organismo encargado de velar por las
  • negociaciones y será árbitro en la resolución de conflictos.
  •  Se propone la creación de un Fondo de Servicio Universal Eléctrico para el financiamiento de las acciones de electrificación en las comunidades rurales y usuarios finales en condiciones de extrema pobreza.
  •  La CFE tendrá acceso a una “ronda cero” para elegir las áreas geotérmicas de interés para el otorgamiento de permiso o concesión.
  • La Comisión Nacional del Agua, intervendrá para proteger la sustentabilidad e integridad de los acuíferos, durante la exploración y explotación de los recursos geotérmicos.
  • La Comisión Nacional del Agua garantizará que el agua geotérmica que se explote para generación de electricidad y otros usos, sea aquella no apta para el consumo humano.

 

Segundo dictamen: Ley de la Industria Eléctrica y a la Ley de Energía Geotérmica

 

  • Contiene las reglas para abrir a particulares el mercado de la generación y el suministro de electricidad.
  • Los particulares interesados en generar y suministrar electricidad tendrán que solicitar permiso a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), el órgano regulador del sector.
  • Las empresas interesadas deberán pagar los derechos correspondientes, informar de su capacidad “legal, técnica y financiera”, así como describir el proyecto que busquen llevar a cabo.
  • De serles entregado, el permiso podrá ser revocado si no inician actividades en los plazos establecidos, si suspenden el suministro por causa injustificada, si discriminan a los usuarios o si violan las tarifas aprobadas, entre otras causas.
  •  Los subsidios a la luz seguirán a través de las secretarías de Energía (Sener), Hacienda (SHCP) y Desarrollo Social (Sedesol), sin embargo, el gobierno deberá dar prioridad a los subsidios focalizados, sin que esto implique que desaparezcan los de tipo general.
  • Prevé la creación de un Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), un organismo federal que será el responsable de operar el sistema eléctrico del país, según los programas diseñados por la Sener.
  • El Cenace fungirá como un coordinador de los actores del sector, tanto de la pública Comisión Federal de Electricidad (CFE) como de los particulares que generen y suministren energía.
  • Prevé multas de hasta 3 millones de pesos por robo de luz y la apertura a privados del mercado mayorista.
  • El dictamen expide la Ley de Industria Geotérmica y se adicionan disposiciones a Ley de Aguas Nacionales.
  •  Se estableció que para el desarrollo de la industria eléctrica el Estado podrá usar las figuras de servidumbre, ocupación o afectación superficial de un terreno.
  • Traslada la facultad de otorgar las concesiones en materia de explotación del agua de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) a la Secretaría de Energía.
  • Los cambios a la Ley de Aguas permitirá utilizar nuevos mantos acuíferos para la energía geotérmica y descargar el agua contaminada en “cuerpos receptores”.

 

Tercer dictamen: Leyes de Pemex y CFE

 

  • Con la nueva legislación, las otrora empresas paraestatales son denominadas empresas productivas del Estado.
  • Tendrán autonomía presupuestaria y posibilidad de celebrar contratos, convenios, alianzas o asociaciones o cualquier acto jurídico con personas físicas o morales de los sectores público, privado o social, nacional o internacional.
  • En el caso de la CFE, podrá importar, exportar, transportar, almacenar, comprar y vender  gas natural, carbón y cualquier otro combustible.
  • En el caso de Pemex se establece que podrá llevar a cabo actividades como la comercialización de productos de fabricación propia, a través de redes de comercialización, así como la prestación de servicios vinculados con su consumo o utilización, en el país, en su zona económica exclusiva o en el extranjero.
  • Pemex y CFE tendrán un gobierno corporativo basado en la separación de funciones de propietario y dirección.
  • Pemex y CFE tendrán un Consejo de Administración integrado por cinco consejeros del gobierno y cinco independientes, además de un director general.
  • En las leyes de Pemex y de la CFE se crea la figura del comisario, que será un experto independiente que tendrá el encargo gubernamental de evaluar a ambas empresas.
  • Se les asignará un régimen jurídico flexible que permita la mayor autonomía operativa posible.
  •  El Estado como propietario, no como administrador. El Estado mexicano tendrá entre sus funciones como propietario definir su objeto y actividades que realizarán, así como determinar las reglas mínimas de organización y designar a los miembros del Consejo de Administración.
  • El estado definirá el dividendo a entregar, con base en los resultados financieros y recibir informes sobre la marcha de cada empresa.
  • Contarán con un régimen especial de adquisiciones y contrataciones desvinculado del aplicable a las dependencias y  entidades del Gobierno Federal, pero con base en reglas de transparencia y concurso abierto.
  • CFE pasará de ser una empresa de electricidad a una de energía, con la capacidad de ofrecer cada vez mejores servicios a los consumidores.

 

Cuarto dictamen: Ley de Órganos Reguladores y la Agencia Nacional de Seguridad Industrial

 

  • Se crea la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente.
  • La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos será la autoridad responsable de la prevención, atención y supervisión de la seguridad industrial al medio ambiente del sector, en función de las atribuciones conferidas a la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
  • Se establece que el Ejecutivo, a través de la Sener, podrá otorgar y revocar asignaciones,  crear los lineamientos técnicos que prevalecerán en los procesos de licitación, diseño técnico de los contratos y establecer las áreas que serán objeto de asignaciones.
  • Los contratos, autorizaciones, permisos, adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras que otorguen o celebren los órganos reguladores coordinados, estarán sujetos a la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas.
  • Se fijan las reglas para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), instituciones clave en la apertura del sector energético a particulares.
  • La CNH será la responsable de autorizar los contratos del Estado con empresas privadas para la exploración y explotación de petróleo y gas, mientras que la CRE otorgará permisos para la generación y el suministro de electricidad.
  •  Ambas instituciones funcionarán como órganos coordinados con el gobierno federal, en particular, con la Secretaría de Energía (SENER).
  • Estos órganos estarán integrados por siete comisionados, propuestos por el Presidente de la República a la Cámara de Senadores.

 

Quinto dictamen (fiscal). Incluye las leyes de Ingresos sobre Hidrocarburos y del Fondo Mexicano del Petróleo, así como cambios a las leyes de Coordinación Fiscal y de Derechos.

 

  • Define las contraprestaciones que tendrá que pagar al Estado un particular que reciba un contrato para explorar y explotar petróleo y gas.
  •  Se establece que las empresas privadas que exploten petróleo paguen una regalía de 7.5% de sus ganancias, si el precio contractual acordado es menor a 48 dólares por barril.
  •  Si el precio fijado es igual o mayor a ese monto, la regalía se calcularía multiplicando dicho precio por 0.125 y a eso se le sumaría 1.5 dólares.

 

 

Sexto dictamen (fiscal) contiene reformas a las leyes de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de Deuda Pública.

 

  • Incluyen la posibilidad de que el Estado asuma una parte de los pasivos laborales de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), a cambio de que ambas empresas estatales apliquen programas de austeridad en el gasto y renegocien con sus sindicatos los contratos colectivos de trabajo.

Redacción

Alcaldes de México

1 Comentario

  1. Hermelinda Hernandez Hernandez

    En nada nos favorece la reforma energètica, favorece a las transnacionales contratistas, y vienen expropiando prepios de pequeños propietarios, el agua que pasarà con el subsuelo donde hay agua, es preocupante lo que han hecho los legisladores con estas reformas estructurales de EPN, el paìs està a la baja en su economia y seguirà bajando para el pròximo año.

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