Conoce los Lineamientos para la Reconversión de Oficinas a Vivienda en CDMX

por | Mar 22, 2022 | Noticias | 0 Comentarios

El objetivo de los lineamientos es potenciar zonas de la capital donde se tienen identificadas oficinas vacías y con ello acelerar e impulsar la economía.

Foto: Centro Urbano.

Serán elegibles aquellos inmuebles que sean oficinas y/o comercio construidos con ocupación con obsolescencia funcional; los construidos en desuso o en abandono; así como lo inmuebles con giro de industria de bajo impacto construidos con ocupación y con obsolescencia funcional; y aquellos con giro de industria de bajo impacto y en desuso o en abandono.

El ámbito de aplicación de los Lineamientos para la Reconversión de Oficinas a Vivienda en la Ciudad de México, corresponderá a los inmuebles localizados en las siguientes poligonales y vialidades:

  • El área que comprende el Centro Histórico de la Ciudad de México.
  • El área que comprende el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona de Santa Fe de los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano para las demarcaciones territoriales Álvaro Obregón y Cuajimalpa de Morelos.
  • El área que comprende el Programa Parcial de Desarrollo Urbano Polanco de la demarcación territorial Miguel Hidalgo.
  • El área que comprende el Sistema de Actuación por Cooperación para el Mejoramiento y Consolidación Sustentable del Desarrollo Urbano de la zona denominada Granadas, ubicado en la demarcación territorial Miguel Hidalgo.
  • La Avenida Paseo de la Reforma en el tramo de Avenida Hidalgo, hasta Fuente de los Petróleos.
  • La Avenida Revolución en su totalidad.
  • La Avenida Insurgentes Sur en el tramo del Monumento al Caminero hasta el cruce con Anillo Periférico.
  • La Avenida Insurgentes Centro en su totalidad.
  • La Avenida Insurgentes Norte, en el tramo de Avenida Ribera de San Cosme y México Tenochtitlán, hasta Ricardo Flores Magón.
  • El Anillo Periférico en los tramos correspondientes que se encuentren dentro de las demarcaciones territoriales de Benito Juárez, Coyoacán, y Miguel Hidalgo.

Los predios deberán contar con los siguientes tipos de zonificaciones, según los Programas vigentes de Desarrollo Urbano o de Ordenamiento Territorial: I. Habitacional (H); II. Habitacional con Comercio (HC); III. Habitacional con Oficinas (HO); IV. Habitacional Mixto (HM); V. Habitacional con Comercio y Servicios (HCS); VI. Habitacional con Entretenimiento (HE) en Centro Histórico; VII. Habitacional, Servicios y Oficinas (HSO); VII bis. Otros tipos de zonificación Habitacionales que no se encuentren establecidos de forma expresa en el listado anterior, indicados en los Programas Parciales de Desarrollo Urbano. VIII. Centros de Barrio (CB).

 

 

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Martha Palma Montes

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