Con ocho votos a favor y dos en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó este lunes que el derecho de réplica no aplica para información cierta, aunque una persona considere que la agraviaron con ella, y solo esta limitado para información que sea falsa o inexacta.
Este 22 de enero, los ministros de la Corte iniciaron la discusión de diversas acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos de la Revolución Democrática y Morena, así como por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), respecto de la Ley del Derecho de Réplica, publicada en el Diario Oficial de la Federación en noviembre de 2015.
Durante la primera parte de la discusión del proyecto, promovido por el Ministro Javier Laynez, el magistrado señaló que el derecho de réplica es una herramienta que garantiza que una persona que fue aludida por información falsa o inexacta, que le produjo un agravio, tendrá oportunidad de dar su versión de los hechos.
Este martes, la Suprema Corte decidirá si es necesario probar un agravio o cuáles son las condiciones para ejercer este derecho, así como quiénes son los sujetos obligados a otorgar una réplica, conforme a la Ley.
Con información de Animal Político
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