Entra en vigor la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la CDMX

por | Ago 5, 2019 | Noticias | 0 Comentarios

Contempla la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana la participación de los habitantes en la Ciudad de México por medio de Comités y Comisiones Ciudadanas, actuar de la Guardia Nacional e instauración de la Carrera Policial.

El 2 de agosto de 2019 entró en vigor la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, que sustituye a la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, con el objetivo de establecer las bases, mecanismos e instrumentos con respeto a los derechos humanos, para garantizar la paz y la seguridad de las personas que habitan y transitan en la capital del país.

En el documento se establece el actuar de las autoridades, órganos de coordinación, instituciones de seguridad en los distintos órdenes de gobierno, alcaldías y ciudadanos en materia de seguridad y procuración de justicia.

La ley menciona un Consejo de Seguridad Ciudadana que será la instancia de coordinación y seguimiento del sistema, para proponer y contribuir al diseño de políticas públicas y estrategias en la materia.

Corresponde a la Jefa de Gobierno instalar el Gabinete de Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia de la Ciudad de México, así como constituir Gabinetes de Seguridad Ciudadana en las demarcaciones territoriales, cuya función será favorecer la coordinación entre el gobierno, las alcaldías y el gobierno federal.

La coordinación entre los gobiernos federal, de la Ciudad de México y de las alcaldías, será a través de la participación de los habitantes de la capital, por medio de Comités y Comisiones Ciudadanas que den seguimiento y analicen la implementación de acciones.

En la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana también se establecen las obligaciones y derechos de los cuerpos policiales, para garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

El documento indica que la jefatura de gobierno podrá establecer convenios con la Guardia Nacional (GN) para que participe en operaciones coordinadas con las instituciones de Seguridad Ciudadana de la capital y las demarcaciones territoriales.

Para ello, se establecerán términos, condiciones, obligaciones, derechos y temporalidad de operación. Asimismo, la GN deberá informar sobre su actuar con estricto apego a los derechos humanos, procedimientos, protocolos y uso de la fuerza.

El servicio profesional de carrera en las instituciones de Seguridad Ciudadana, garantizará la igualdad de oportunidades de desarrollo, permanencia y promoción con base en el mérito y en la experiencia, así como fomentar la profesionalización del personal mediante la formación, capacitación y actualización permanente.

La Ley notifica el procedimiento para tener acceso a las condecoraciones, estímulos y recompensas. Además, existirá una Comisión de Honor y Justicia para conocer y resolver sobre las faltas graves en las que  incurra el personal policial a los principios de actuación, entre otros.

Se informa que es competencia de la persona titular de la Jefatura de Gobierno dirigir las instituciones de seguridad ciudadana en la capital del país, con excepción de las que en términos de la Constitución de la Ciudad de México forman parte de la Fiscalía General de Justicia.

Martha Palma Montes

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