Estados deberán transparentar los recursos del Fondo Minero

por | Jul 28, 2020 | Noticias | 0 Comentarios

La Secretaría de Economía publicó este martes, en el Diario Oficial de la Federación, un acuerdo en el que obliga a transparentar los recursos del Fondo Minero y establece lineamientos para la aplicación y administración de los recursos.

El Fondo Minero, llamado oficialmente Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera, contaba al cierre del primer semestre del año en curso con 7,464 millones de pesos.

Los lineamientos se aplicarán a los recursos recaudados durante el ejercicio fiscal de 2019.

Esta partida se obtiene de la recaudación total de los derechos especial, adicional y extraordinario del sector minero, destinando 2.5% para la Secretaría de Desarrollo Urbano y Territorial y 77.5% para el Fondo Minero, distribuido, este último, de la siguiente manera: 62.5% a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y 37.5% restante a la entidad federativa correspondiente.

El Fondo Minero puede emplearse para proyectos de infraestructura y equipamiento educativo, de salud, de previsión social y prevención del delito, entre otros; la creación de capacidades de la población en las zonas de producción minera, y proyectos de capacitación para el empleo y emprendimiento.

Los lineamientos establecen que toda la información de las acciones y proyectos del Fideicomiso será pública, salvo aquella que se encuentre clasificada como reservada o confidencial, de conformidad con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

“Bajo ningún concepto podrán recibir recursos del fideicomiso ni ejecutar acciones o proyectos, los servidores públicos de la Secretaría de Economía, de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente de las Entidades Federativas, de los Municipios o Demarcaciones, así como sus cónyuges o parientes consanguíneos y por afinidad hasta el cuarto grado, de conformidad con la normativa aplicable en la materia”, ordenan.

Cualquier persona física o moral, los beneficiarios, los destinatarios y el público en general, podrán presentar mediante escrito libre sus quejas y denuncias por irregularidades administrativas relacionadas con la operación del Fideicomiso y ejecución de los proyectos o acciones, al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, la Secretaría de la Función Pública, y las Contralorías de los gobiernos de las Entidades Federativas, las cuales deberán notificar al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Economía y/o a la Secretaría de la Función Pública.

Corresponde a la Secretaría de Economía, por conducto de la Unidad Responsable, destinar los recursos del Fondo Minero para la ejecución de los proyectos. Para tales efectos, la Unidad Responsable someterá a la aprobación del Comité Técnico los proyectos a los que se busquen destinar los recursos, cumpliendo ciertos requisitos.

El acuerdo entrará en vigor este miércoles.

Con información de: El Economista

Redacción

Alcaldes de México

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

La relevancia del número de predial

La relevancia del número de predial

En la era de la digitalización hacer cualquier trámite es más sencillo y el sector inmobiliario en México no es la excepción. Un ejemplo de ello es...