Imágenes de cámaras de vigilancia podrán ser suficientes para acreditar flagrancia de delitos

por | Ago 9, 2018 | Noticias | 0 Comentarios

Las imágenes de las cámaras de vigilancia del C5 serán prueba suficiente para acreditar la flagrancia de delitos.

Se trata de una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) luego de que cinco imputados argumentaran que su detención -basada en las cámaras del C5- no acreditaba flagrancia.

Los cinco amparos fueron desechados y la SCJN estableció jurisprudencia a nivel Nacional.

“Permite lograr ante un juez la calificación de legalidad de la detención de quienes cometen los delitos, a través del seguimiento en flagrancia equiparada de las cámaras”, dijo el Jefe de Gobierno, José Ramón Amieva.

“Cuando una persona comete un ilícito y en ese momento está siendo grabada o dando seguimiento a través del sistema de cámaras, esto permite que cuando intervenga la autoridad y se detenga a esta persona se acredite la legalidad de la detención en tiempo real”, añadió.

Antes, los elementos de grabación eran entregados como prueba en el proceso penal correspondiente.

Ahora, permitirán solicitar la legalidad de la detención, la vinculación de proceso y la aplicación de las medidas de prisión administrativa.

Con base en esta jurisprudencia ya se ha podido acreditar la legal detención en dos hechos de robo.

El 31 de julio, robo de transporte público en Iztapalapa y el 1 de agosto, robo a automovilistas en la Delegación Benito Juárez.

Redacción

Alcaldes de México

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