Lo que debes saber sobre el Sistema Nacional Anticorrupción

por | Feb 26, 2015 | Noticias | 0 Comentarios

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El Sistema Nacional Anticorrupción tiene como finalidad erradicar por completo las prácticas subversivas y corruptas de México. Por otro lado, se busca reformar catorce artículos de la Constitución que definen las principales tareas de las instituciones responsables de la vigilancia anticorruptiva.

Esas instituciones son la Secretaría de la Función Pública; la Fiscalía Especializada del Combate a la Corrupción; la Auditoría Superior de la Federación (ASF); el Tribunal de Justicia Administrativa; el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (IFAI); y a los representantes del Consejo de la Judicatura Federal y del Comité de Participación Ciudadana.

El Sistema permitirá que a servidores públicos que incurran en enriquecimiento ilícito, se les podrá seguir el procedimiento civil y penal del delito cometido.

La ASF, puede indagar en documentos oficiales y fiscales sin problemas de tiempo, porque por obsoleto que parezca, sólo se podía revisar documentos anualmente y de dos años para atrás.

Podrá auditar fondos y fideicomisos no sólo públicos sino también privados que manejen recursos federales. Se permite que la ASF fiscalice a los órganos autónomos.

Recordemos que la protección de datos y otro hoyos negros de la ley, no permitía las auditorias individuales, pero está ley da acceso en el momento que lo requiera a la ASF y otorgara sanciones a los órganos que incurran en actos de corrupción.

Las sanciones administrativas aplicables a los servidores públicos consistirán en amonestación, suspensión e inhabilitación, además de sanciones económicas de acuerdo a los daños y perjuicios patrimoniales que cause, por lo que también se modificó el artículo 114 para que la prescripción de las sanciones administrativas no sea inferior a siete años.

Los Tribunales tendrán a su cargo la solución de las controversias que se susciten entre la administración pública local y municipal y los particulares, podrán sancionar a los servidores públicos y tendrás facultades para fijar pagos por daños y perjuicios.

En el Distrito Federal, se promueve un Tribunal de Justicia Administrativa autónomo para dictar sus fallos y establecer su organización en la Asamblea Legislativa del D.F.

No contempla sanciones para el presidente

La reforma constitucional por la que se crea el Sistema Nacional Anticorrupción no contempla sanciones al Presidente de la República, según la opinión del investigador Óscar Arredondo, consultado por el portal sin embargo.

Representantes de la sociedad civil propusieron reformar el artículo 108 constitucional para incluir que el titular del Ejecutivo fuera responsable como cualquier servidor público en caso de que incurra en actos de corrupción o en faltas administrativas graves como el conflicto de interés, pero ese tema no se incluyó en el dictamen.

El artículo 108 de la Constitución, que señala las responsabilidades de los servidores públicos no se incluye la figura del primer mandatario, quien sólo podrá ser acusado “durante el tiempo de su encargo […] por traición a la patria y delitos graves del orden común”.

Redacción

Alcaldes de México

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