Senado aprueba reglas para suspender garantías en estado de excepción

por | Dic 9, 2015 | Noticias | 0 Comentarios

Senado_aprueba_reglas_Estado_de_Excepcion_Alcaldes_de_Mexico_Diciembre_2015El Senado de la República aprobó con 88 votos a favor y siete en contra la Ley Reglamentaria al Artículo 29 Constitucional, que regula el procedimiento para decretar la suspensión de garantías individuales en caso de invasión por parte de ejércitos extranjeros, perturbación grave de la paz pública u otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

La norma establece las facultades del Presidente de la República para decretar los estados de excepción o emergencia.

Precisa que no podrán suspenderse el derecho a la vida y a la integridad personal, así como la prohibición de la pena de muerte, la desaparición forzada, la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, entre otros.

Asimismo, en caso de estado de excepción o emergencia, no se podrán suspender las garantías administrativas y judiciales indispensables para la protección de los derechos no susceptibles de restricción, ni suspensión, conforme al debido proceso.

Al discutir el dictamen, la vicecoordinadora del PRD, Dolores Padierna, advirtió que esta ley es contraria al respeto a los derechos humanos, pues se fortalece a la autoridad, dándole márgenes de actuación y discrecionalidad que no corresponden a una democracia.

De igual forma, el senador por el PT, David Monreal, señaló que esta ley podría poner en riesgo la protesta social, que -en un momento dado- podría ser considerada  como perturbación grave de la paz pública.

Las presidentas de las comisiones de Gobernación, Cristina Díaz y de Derechos Humanos, Angélica de la Peña, sostuvieron que se incluyeron cambios de última hora, acordados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas y organizaciones de la sociedad civil, que ampliaron el catálogo de derechos que no podrán restringirse en estados de excepción.

La senadora Díaz resaltó que en ningún momento se tratará de una declaración unilateral del presidente de la república, ya que la legislación da también al Congreso la facultad de participar en el proceso, en el que intervendrá también la Suprema Corte y del que se notificará a la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos.

“En todo momento el Congreso conocerá sobre la solicitud del presidente de la República y tomará razonadamente las determinaciones a que haya lugar. Sólo si está de acuerdo, procederá a declarar la suspensión o restricción de garantías”, recalcó la senadora Díaz.

Destacó que el Congreso podrá dar por terminadas la restricción de garantías, cuando lo considere pertinente.

Igualmente, el senador del PRI, Humberto Mayans, resaltó que “la suspensión solo podrá decretarse cuando los derechos y garantías representen un obstáculo para hacer frente a la situación de excepción”.

Sin embargo, la senadora del PRD, Dolores Padierna, insistió en que debían precisarse varios puntos, entre ellos dejar claro que “en ningún momento se autorizará al titular del Ejecutivo a disponer de las fuerzas armadas en contra de la población civil, ni permitirá que militares puedan realizar funciones no exclusivas al personal castrense”.

Redacción

Alcaldes de México

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