Senado debilita Ley 3de3 pero incluye a empresarios

por | Jun 15, 2016 | Noticias | 0 Comentarios

El Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sin hacer obligatoria la publicación de las declaraciones patrimoniales, de intereses públicos y las declaraciones fiscales de los servidores públicos.

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Si bien el artículo 29 de la Ley establece la obligatoriedad de publicar las declaraciones patrimonial y de interés, los funcionarios podrán ocultar “los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución”.

La información que deberán revelar los funcionarios queda ahora al arbitrio del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, un nuevo cuerpo burocrático aún por crearse y dependiente del Senado.

Sin embargo, la obligación de hacer públicas las declaraciones propuestas en la iniciativa ciudadana “Ley 3de3”, respaldada por 600 mil firmas, aplicará para cualquier persona que reciba recursos públicos.

El senador independiente Manuel Cárdenas propuso de última hora obligar a los empresarios que tengan contratos con el Gobierno a presentar su 3de3.

“Cuando un empresario como persona física o jurídicamente colectiva reciba, bajo cualquier relación legalmente establecida, una contraprestación en especie o en pecuniario, se actualiza la obligación de presentar bajo la buena fe y presunción de inocencia, las mismas declaraciones que el servidor público”, se avaló.

De acuerdo con el artículo 32 de la Ley de Responsabilidades, cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con entes públicos de la Federación y entidades federativas deberá presentar declaraciones.

¿Qué proponía la Ley 3de3?

  1. La obligación de presentar las declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal para todo funcionario, de forma periódica y pública.
  2. Directrices para la conducta ética esperada de los servidores públicos.
  3. Un marco de responsabilidades único para todo el país y los servidores públicos en los tres órdenes de gobierno y órganos autónomos.
  4. Medidas preventivas basadas en las mejores prácticas internacionales y sanciones para evitar que el sector privado participe de actos de corrupción.
  5. Mecanismos para que los ciudadanos puedan denunciar actos de corrupción de manera segura y anónima.
  6. Una clasificación de los 10 actos de corrupción grave: soborno, desvío de fondos públicos, tráfico de influencia, abuso de funciones, enriquecimiento oculto, obstrucción de la justicia, colusión, uso ilegal de información falsa o confidencial, nepotismo y conspiración para cometer actos de corrupción.
  7. Dotar de los recursos y herramientas necesarias para la investigación efectiva de actos de corrupción a las autoridades responsables. Creación de una plataforma digital que centralice información de cualquier órgano de gobierno necesaria para la investigación
  8. Sanciones severas para servidores públicos que cometan actos de corrupción y una lista negra de consulta obligatoria.
  9. Mayor coordinación entre las autoridades responsables de investigar y sancionar actos de corrupción. Aprovechando la experiencia de más de 90 autoridades fiscalizadoras e investigadoras a nivel nacional.

Lo que fue aprobado

El punto medular de la discusión estuvo en el artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Públicas. El PRI y el Partido Verde incorporaron un “adéndum” al artículo 29 de esta ley –el centro de la demanda de la llamada “Ley 3de3”–, en donde se señala que estas declaraciones serán públicas, “salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución”.

La propuesta de modificar ese artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se rechazó por 59 votos a favor y 51 en contra. Todas las reservas presentadas por la Oposición fueron rechazadas.

La intención de la Oposición era establecer un total de 12 obligaciones a los funcionarios para que rindieran cuentas sobre sus bienes y la evolución de sus fortunas.

En la redacción del artículo 29 habían incluido un total de 17 campos de información para declarar posibles conflictos de intereses, en los que tenían que incorporar los datos de su cónyuge y dependientes económicos.

También proponían la obligación de publicar la declaración fiscal, señalando el rango en el que se encuentra su ingreso por el servicio público y otras actividades, tarifa aplicable de ISR, deducciones autorizadas y personales.

Sin embargo, la redacción propuesta por el PRI-PVEM para ese mismo artículo establece que no podrán hacerse públicas las declaraciones de los bienes e intereses de los burócratas, legisladores y candidatos si eso afecta su vida privada.

Y en el caso de la de impuestos, sólo se obligará a los servidores públicos a acreditar que cumplieron con el trámite ante el fisco.

La nueva disposición dejará en manos del Comité de Participación Ciudadana los alcances de las declaraciones patrimoniales y de intereses de los funcionarios, además de que facultará al nuevo Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) a emitir los formatos de esas declaraciones.

Redacción

Alcaldes de México

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