Expediente Abierto
► Transparencia Proactiva ♦ Opinión

Actualmente, el tema de la corrupción representa uno de los más grandes retos y desafíos en México y a nivel mundial, donde, sin duda alguna, falta mucho por hacer para eliminar este fenómeno de la sociedad en general. Pero para todo mal, existe un remedio.
Los Órganos Internos de Control (OIC) en el ámbito municipal son un mecanismo idóneo para apoyar los esfuerzos de las entidades públicas con miras a garantizar razonablemente los principios constitucionales y la adecuada rendición de cuentas.
Además, están estrechamente vinculados con las buenas prácticas de gobernanza administrativa, y por ello contribuyen a la prevención de la corrupción, debido al conjunto de políticas, procedimientos y actividades organizacionales que se conducen directivamente para mejorar la ética y la integridad pública.
Derivado de lo anterior, con base a la experiencia de la maestra Gisela Guevara Montes, ex titular del órgano interno de control del Municipio de Apizaco, Tlaxcala, en el periodo de la administración 2019-2021, y de un servidor, se generaron aspectos claves a considerar y que podrían contribuir a los gobiernos locales en lo que refiere a los OIC.
1. El Sistema Nacional de Fiscalización se sitúa como un subsistema que funciona como eje central del Sistema Nacional Anticorrupción, a efecto de que las acciones del Estado para prevenir y sancionar la corrupción se lleven a cabo dentro de un sistema integral.
2. Este sistema contempla fortalecer el régimen jurídico respecto a los controles internos, facultados para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas en tiempo real.
3. Tomando en cuenta el auge que en la actualidad tiene los OIC se debe entender que su integración al sistema ya no es una opción y que se debe contemplar el área y el cargo con la misma importancia que el del contralor o el tesorero, ya que el titular del órgano interno de control debe tener a un perfil profesional acorde para el buen desempeño de sus funciones, siendo estas profesiones económico administrativas y de leyes, para que esta área cumpla con su objetivo.
Los OIC deben estar integrados por profesionales que cuenten con amplia experiencia en la administración pública para poder llevar a cabo el objetivo para el cual son creados y de esta manera poder cumplir con conocimiento de causa.
Su actuar será siempre basado en un código de ética, el cual les corresponde difundir y vigilar su correcta aplicación. Además, el OIC debe tener el respaldo de las autoridades que encabezan la administración, ya que a ellos se les rendirán resultados para poder tomar las acciones pertinentes y buscar siempre la mejora.
Por último, es claro que la función que realizan los OIC, en cuanto a sus acciones de fiscalización, de fomentar la legalidad, la rendición de cuentas y la transparencia, son realizadas para llevar a un mejor nivel las organizaciones públicas que fiscalizan, lo que propicia la mejora de la gestión, así como una óptima y transparente administración, organización y funcionamiento de un organismo en las competencias encargadas por ley, lo cual se da como resultado de un proceso de evaluación satisfactorio.
*Consultor del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y fundador de We Conect Consulting. Tiene experiencia en asuntos públicos y privados en los campos de la simplificación administrativa, innovación, mejora regulatoria, digitalización de servicios y desarrollo empresarial.