{"id":13792,"date":"2019-05-01T14:33:30","date_gmt":"2019-05-01T14:33:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/sin-categoria\/madres-mexicanas-amparadas-por-la-ley\/"},"modified":"2021-12-29T18:29:26","modified_gmt":"2021-12-29T18:29:26","slug":"madres-mexicanas-amparadas-por-la-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/expediente-abierto\/madres-mexicanas-amparadas-por-la-ley\/","title":{"rendered":"Madres mexicanas, \u00bfAmparadas por la ley?"},"content":{"rendered":"<blockquote>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>Los municipios son el nivel de gobierno m\u00e1s cercano a la poblaci\u00f3n, por lo que requieren fortalecer y adaptar sus leyes a las condiciones sociales y econ\u00f3micas, sobre todo las que correspondan a sectores vulnerables<\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n<p>De acuerdo con el Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Geograf\u00eda (Inegi), aproximadamente 32.7 millones de mexicanas son madres; de ellas, casi 40 por ciento trabajan y 21.2 son solteras, separadas, divorciadas, viudas o literalmente abandonadas. Todo ello implica grandes desaf\u00edos para estas mujeres \u2014sobre todo cuando tienen hijos peque\u00f1os\u2014 y para los tres niveles del gobierno en M\u00e9xico. Para las primeras, porque adem\u00e1s de trabajar deben encargarse invariablemente del cuidado de los hijos. Y para los segundos, porque tendr\u00edan que atender y apoyar a este segmento poblacional mediante pol\u00edticas p\u00fablicas y leyes destinadas a conciliar el \u00e1mbito laboral con el familiar.<\/p>\n<div id=\"attachment_75714\" style=\"width: 704px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-75714\" class=\"wp-image-75714 size-full\" src=\"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/Madres.jpg\" alt=\"\" width=\"694\" height=\"377\" \/><p id=\"caption-attachment-75714\" class=\"wp-caption-text\">Foto: Dreamstime<\/p><\/div>\n<p>Para estas mujeres existen programas sociales que incluyen becas destinadas a sus hijos o ayuda econ\u00f3mica a las solteras, pero no hay ning\u00fan apoyo establecido en las leyes. La excepci\u00f3n es la Ley para la Protecci\u00f3n, Apoyo y Promoci\u00f3n a la Lactancia Materna del Estado de M\u00e9xico. \"Hay un gran vac\u00edo legal en el \u00e1mbito estatal, pero mayor en el municipal porque se entiende que las disposiciones ya est\u00e1n en los art\u00edculos 1\u00ba y 4\u00ba de la Constituci\u00f3n, que establecen las normas reguladoras de la igualdad jur\u00eddica de hombres y mujeres ante la ley\", explica Pablo Navarrete, Coordinador de Asuntos Jur\u00eddicos del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres).<\/p>\n<div id=\"attachment_75715\" style=\"width: 382px\" class=\"wp-caption alignright\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-75715\" class=\"wp-image-75715 \" src=\"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/Georgina.jpg\" alt=\"\" width=\"372\" height=\"427\" \/><p id=\"caption-attachment-75715\" class=\"wp-caption-text\">Georgina C\u00e1rdenas<\/p><\/div>\n<p>Pero adem\u00e1s de la Carta Magna, los art\u00edculos 166 y 167 de Ley Federal del Trabajo (LFT), proh\u00edben los trabajos peligrosos e insalubres para ellas, les conceden la posibilidad de licencia por maternidad y horarios flexibles para lactancia e igualmente, existe la Convenci\u00f3n sobre la Eliminaci\u00f3n de Todas las Formas de Discriminaci\u00f3n contra la Mujer (Cedaw), externa el entrevistado.<\/p>\n<p>Sin embargo, reconoce el funcionario, esta normatividad no es suficiente para proteger de discriminaci\u00f3n y violencia a quienes est\u00e1n en proceso de maternidad y lactancia. El problema de fondo es que no hemos entendido ni como gobierno ni como sociedad la funci\u00f3n social de la maternidad y que \u00e9sta es una responsabilidad de hombres y mujeres.<\/p>\n<p><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft wp-image-75395 \" src=\"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/Inmujeres-INEGI.jpg\" alt=\"\" width=\"226\" height=\"898\" \/>EL CASO DE LA CDMX<\/strong><\/p>\n<p>Georgina C\u00e1rdenas, egresada del posdoctorado en Estudios de G\u00e9nero, de la Universidad Nacional Aut\u00f3noma de M\u00e9xico (UNAM), se\u00f1ala que en la Gaceta Oficial de la Ciudad de M\u00e9xico, la 68 bis, del 10 de mayo de 2016, se estableci\u00f3 algo muy innovador: las mujeres que trabajan en el gobierno capitalino tienen permiso de incapacidad hasta por cuatro meses y medio, que se llama permiso retribuido, y se les paga 100 por ciento del salario bruto mensual.<\/p>\n<p>En las condiciones generales de trabajo de la administraci\u00f3n capitalina \u2014explica C\u00e1rdenas\u2014 se establece que las madres pueden ausentarse de sus labores cuando sus peque\u00f1os est\u00e1n enfermos. Tambi\u00e9n, si son solteras y tienen hijos menores de 10 a\u00f1os, pueden entrar una hora despu\u00e9s de su horario o salir una hora antes. Estos derechos aplican \u00fanicamente para las trabajadoras de base no s\u00f3lo en el gobierno capitalino, sino en dependencias federales.<\/p>\n<p>Los apoyos se limitan a lo laboral y para las sindicalizadas, y cada alcald\u00eda de la capital del pa\u00eds tiene la facultad de estructurar y dise\u00f1ar su programa, comenta la entrevistada.<\/p>\n<p><strong>URGEN POL\u00cdTICAS P\u00daBLICAS DE PROTECCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p>Tendr\u00edamos que avanzar a la protecci\u00f3n de la maternidad como un derecho esencial, expresa Navarrete, y agrega que \"m\u00e1s all\u00e1 de tener un regulaci\u00f3n normativa en el pa\u00eds \u2014que s\u00ed la tenemos en el \u00e1mbito federal, no en el estatal ni el municipal\u2014 lo que necesitamos es avanzar a un sistema de cuidados con perspectiva de g\u00e9nero, en el que haya una promoci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas que nos permita el mayor bienestar de las personas que requieren cuidados\u201d.<\/p>\n<p>Necesitamos, asevera, que el Estado, la sociedad y los patrones asuman su responsabilidad y que la normatividad no se limite a lo laboral. Una regulaci\u00f3n que proteja la maternidad y la lactancia como una funci\u00f3n social relevante deber\u00eda abarcar otros aspectos; por ejemplo, el escolar.<\/p>\n<p>No es suficiente \u2014asegura Navarrete\u2014 que la LFT proh\u00edba la discriminaci\u00f3n de g\u00e9nero. \"Necesitamos bajarlo a las legislaciones de los estados, a fin de que desde ah\u00ed se impongan las tareas de cuidado a los hombres. Debemos bajar los conceptos establecidos en la Constituci\u00f3n, en el instrumento de la ONU y la LFT a los bandos de polic\u00eda y buen gobierno, a las normativas municipales, que es donde a diario ellas afrontan las dificultades de falta de flexibilidad en los trabajos\", concluye.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los municipios son el nivel de gobierno m\u00e1s cercano a la poblaci\u00f3n, por lo que requieren fortalecer y adaptar sus leyes a las condiciones sociales y econ\u00f3micas, sobre todo las que correspondan a sectores vulnerables<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":13793,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[12,24],"tags":[122,312,153,110,339],"class_list":["post-13792","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-expediente-abierto","category-mayo-2019","tag-cdmx","tag-expediente-abierto","tag-genero","tag-gobierno","tag-madres-en-mexico"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13792","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13792"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13792\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":17657,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13792\/revisions\/17657"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media\/13793"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13792"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13792"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13792"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}