{"id":14571,"date":"2018-07-03T15:35:02","date_gmt":"2018-07-03T15:35:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/sin-categoria\/la-deficiencia-de-gobiernos-n-el-cobro-del-predial\/"},"modified":"2022-02-08T22:44:23","modified_gmt":"2022-02-08T22:44:23","slug":"la-deficiencia-de-gobiernos-n-el-cobro-del-predial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/expediente-abierto\/la-deficiencia-de-gobiernos-n-el-cobro-del-predial\/","title":{"rendered":"La deficiencia de gobiernos en el cobro del predial"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong>Nota: Este texto fue publicado originalmente como\u00a0<a title=\"Permalink to La deficiente gesti\u00f3n de los gobiernos municipales en el cobro del predial\" href=\"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/de-puno-y-letra\/la-deficiente-gestion-de-los-gobiernos-municipales-en-el-cobro-del-predial\/\" rel=\"bookmark\">La deficiente gesti\u00f3n de los gobiernos municipales en el cobro del predial<\/a>, cons\u00faltelo completo <a href=\"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/de-puno-y-letra\/la-deficiente-gestion-de-los-gobiernos-municipales-en-el-cobro-del-predial\/\">aqu\u00ed<\/a><\/strong><\/p>\n<p>A decir del economista brit\u00e1nico Maynard Keynes, \u201clos impuestos altos pueden ser contraproducentes, una reducci\u00f3n de impuestos tiene m\u00e1s probabilidad de balancear el presupuesto que los impuestos elevados\u201d. En ese orden de ideas, el Art\u00edculo 115 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, contempla que:<\/p>\n<p><strong>IV.<\/strong> Los municipios administrar\u00e1n libremente su hacienda, la cual se formar\u00e1 de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, as\u00ed como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:<\/p>\n<p><strong>a)<\/strong> Percibir\u00e1n las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, divisi\u00f3n, consolidaci\u00f3n, traslaci\u00f3n y mejora, as\u00ed como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.<\/p>\n<p><strong>b)<\/strong> Las participaciones federales, que ser\u00e1n cubiertas por la Federaci\u00f3n a los municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las legislaturas de los estados.<\/p>\n<p><strong>c)<\/strong> Los ingresos derivados de la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos a su cargo. As\u00ed pues, el impuesto predial, junto con otros impuestos, como son los derechos, aportaciones de seguridad social (en ciertos casos) y contribuciones de mejoras; as\u00ed como las participaciones federales, los productos y los aprovechamientos, en teor\u00eda son los ingresos principales que deben solventar el gasto p\u00fablico municipal. Pero la realidad es otra. Seg\u00fan datos del Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Geograf\u00eda (Inegi), durante el ejercicio fiscal 2016, todos los municipios lograron recaudar apenas 21.54 por ciento (85,724\u2019656,364 pesos) por concepto de impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, productos y aprovechamientos; como parte del monto global de su ingreso anual (397,946\u2019768,029 pesos). El 78.46 por ciento restante (312,222\u2019111,665 pesos) correspondi\u00f3 a participaciones federales, aportaciones federales-estatales, financiamientos, disponibilidad inicial y otros ingresos.<\/p>\n<p>Esto evidencia que los gobiernos municipales, presupuestalmente, dependen en forma extrema de la Federaci\u00f3n y de los estados, lo que puede ser uno de los factores que provocan recaudaciones flojas. Una de las alternativas m\u00e1s comunes que tienen los ayuntamientos ante la crisis financiera de sus gobiernos es la tendencia a incrementar los valores catastrales que sirven de base para determinar el impuesto predial y la elevaci\u00f3n de las tasas o tarifas respectivas. Pero contrario a lo que se espera, puede ser que la estrategia no arroje el resultado deseado; es decir, el aumento de los ingresos municipales. Esto porque la carga fiscal acaba incidiendo en contribuyentes que son cautivos y no en la totalidad de causantes, desalentando a quienes suelen cumplir de manera espont\u00e1nea, llev\u00e1ndolos tambi\u00e9n a incurrir en la omisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Desde una \u00f3ptica personal, los ayuntamientos y las legislaturas locales, adem\u00e1s de actualizar de manera equitativa y proporcional las bases gravables y las tasas respectivas, deben esforzarse para que los municipios tengan instituciones recaudatorias eficientes. Esto debe lograrse a trav\u00e9s de un marco jur\u00eddico adecuado que procure el equilibrio entre las potestades p\u00fablicas y los derechos fundamentales de los contribuyentes, una buena ingenier\u00eda organizacional, procedimientos administrativos bien dise\u00f1ados; y sobre todo, mediante la profesionalizaci\u00f3n de los servidores p\u00fablicos y funcionarios relacionados con la actividad fiscal y financiera del municipio. Lo anterior, sin dejar de lado la modernizaci\u00f3n de sus catastros, que representan los registros de la extensi\u00f3n, el valor y la propiedad de la tierra; pues \u00e9stos contienen el padr\u00f3n de contribuyentes del impuesto predial.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A decir del economista brit\u00e1nico Maynard Keynes, \u201clos impuestos altos pueden ser contraproducentes, una reducci\u00f3n de impuestos tiene m\u00e1s probabilidad de balancear el presupuesto que los impuestos elevados\u201d. En ese orden de ideas, el Art\u00edculo 115 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":14572,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[12,562],"tags":[573,574,233],"class_list":["post-14571","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-expediente-abierto","category-julio-2018","tag-impuestos","tag-predial","tag-recaudacion"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14571","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=14571"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14571\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":18468,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14571\/revisions\/18468"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media\/14572"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=14571"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=14571"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=14571"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}