{"id":14985,"date":"2016-12-01T10:32:43","date_gmt":"2016-12-01T10:32:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/sin-categoria\/sueldo-de-ediles-sin-control-por-falta-de-normatividad\/"},"modified":"2022-04-13T20:27:26","modified_gmt":"2022-04-13T20:27:26","slug":"sueldo-de-ediles-sin-control-por-falta-de-normatividad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/diciembre-2016\/sueldo-de-ediles-sin-control-por-falta-de-normatividad\/","title":{"rendered":"Sueldo de ediles, sin control por falta de normatividad"},"content":{"rendered":"<p>Un tema que causa malestar entre la sociedad es el monto de los sueldos que perciben los presidentes municipales en M\u00e9xico, los que en ocasiones llegan a ser excesivos. Desafortunadamente, de acuerdo con el marco legal vigente, no se puede evitar que alcaldes ganen ese tipo de sueldos. En M\u00e9xico no existe la normatividad suficiente para controlar lo que ganan las autoridades municipales. Revisemos someramente la realidad de las disposiciones legales al respecto.<\/p>\n<p>La legislaci\u00f3n municipal (Art\u00edculo 115 de la Constituci\u00f3n federal, constituciones y leyes org\u00e1nicas municipales de los estados) reglamenta que los sueldos de los ayuntamientos queden incluidos en sus presupuestos de egresos. Su formulaci\u00f3n se deriva de las leyes de ingresos que, a\u00f1o con a\u00f1o, se presentan a consideraci\u00f3n de las legislaturas estatales. Una vez aprobadas dichas leyes, las legislaturas pueden emitir recomendaciones para regular los gastos (incluidos los sueldos), pero los presupuestos al final son aprobados por la propia administraci\u00f3n municipal.<\/p>\n<p>Por ley, no est\u00e1 permitido que un edil obtenga un sueldo superior al del Presidente de la Rep\u00fablica, no olvidemos que el Art\u00edculo 127 de la Constituci\u00f3n federal establece que ning\u00fan servidor p\u00fablico podr\u00e1 recibir remuneraci\u00f3n (incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, bonos, est\u00edmulos, comisiones y compensaciones) mayor a la del titular del Ejecutivo Federal. El presidente Enrique Pe\u00f1a Nieto reporta un sueldo bruto de 208 mil 570.92 pesos, el tope es muy alto.<\/p>\n<p>En algunos estados, otras herramientas jur\u00eddicas reglamentan los montos m\u00e1ximos de estos sueldos. Por ejemplo, la Constituci\u00f3n de Zacatecas establece tres zonas de municipios, y en cada una se regulan las remuneraciones por medio de cuotas de salario m\u00ednimo diario. Bajo esta regulaci\u00f3n, el presidente municipal de Fresnillo, cuyo municipio se encuentra en la zona A, gana 91 mil 85.52 pesos al mes.<\/p>\n<p>En el Estado de M\u00e9xico, la legislatura dio a conocer las recomendaciones elaboradas por un Consejo Consultivo de Valoraci\u00f3n Salarial. Distingui\u00f3 cinco niveles de municipios, con base en el Sistema de Valuaci\u00f3n por Puntos y el M\u00e9todo Estad\u00edstico de M\u00ednimos Cuadrados, considerando los estudios que diversas dependencias y organizaciones han realizado sobre el tema. En el nivel E, el m\u00e1ximo de sueldos alcanza hasta 167 mil 546 pesos para el alcalde de Ecatepec, ya que este municipio obtiene un puntaje de 4.9982 dentro del rango mayor (de 4.0001 a 6 puntos). Hasta la fecha, el edil de Ecatepec no publica su sueldo en el portal de transparencia. Por su parte, su hom\u00f3logo de Naucalpan, cuyo municipio obtiene un puntaje de 3.1081, gana 122 mil 766.28 pesos (el tope recomendado ser\u00eda 130 mil 149 pesos), lo que puede parecernos indebido, pero es legal.<\/p>\n<p>Con este panorama, podemos concluir que sigue siendo urgente pugnar por una ley de sueldos m\u00e1ximos para las presidencias municipales con tabuladores acordes a la complicada realidad econ\u00f3mica que vivimos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un tema que causa malestar entre la sociedad es el monto de los sueldos que perciben los presidentes municipales en M\u00e9xico, los que en ocasiones llegan a ser excesivos<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":14137,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[682,683],"tags":[693,694,26,695,696],"class_list":["post-14985","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-diciembre-2016","category-enero-2017","tag-ediles","tag-egresos","tag-municipios","tag-normatividad","tag-sueldos"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14985","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=14985"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14985\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":19546,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14985\/revisions\/19546"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media\/14137"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=14985"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=14985"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=14985"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}