{"id":15537,"date":"2016-01-01T13:04:50","date_gmt":"2016-01-01T13:04:50","guid":{"rendered":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/sin-categoria\/el-subejercicio-no-es-una-irregularidad-es-un-pecado\/"},"modified":"2022-05-23T21:46:23","modified_gmt":"2022-05-23T21:46:23","slug":"el-subejercicio-no-es-una-irregularidad-es-un-pecado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/expediente-abierto\/el-subejercicio-no-es-una-irregularidad-es-un-pecado\/","title":{"rendered":"El subejercicio no es una irregularidad... es un pecado"},"content":{"rendered":"<p>El pasado 27 de noviembre de 2015, el Congreso de la Uni\u00f3n decret\u00f3 el Presupuesto de Egresos de la Federaci\u00f3n (PEF) para el Ejercicio Fiscal 2016. En \u00e9ste se incluyen, entre los diversos rubros que lo integran, los montos destinados a estados, municipios y demarcaciones territoriales del DF por concepto del gasto federalizado, es decir, el monto total de recursos que el Gobierno Federal habr\u00e1 de transferir a dichos \u00f3rdenes de gobierno.<\/p>\n<p>Sobra decir que una de las principales fuentes de financiamiento de los presupuestos p\u00fablicos proviene de las contribuciones ciudadanas, por lo que su administraci\u00f3n exige un alto grado de responsabilidad de los servidores p\u00fablicos garantes de ejercerlos.<\/p>\n<p>Con el objeto de transparentar esos recursos, la C\u00e1mara de Diputados decidi\u00f3 sustituir los fondos: Pavimentaci\u00f3n y Desarrollo Municipal, de Cultura y de Infraestructura Deportiva, por un nuevo fondo denominado Fondo de Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal, con un presupuesto de 9,948.7 millones de pesos (mdp); de los cuales 25 por ciento (2,486.3 mdp) habr\u00e1n de ejercerse por los estados y el restante 75 por ciento (7,462. 3 mdp) por los municipios y delegaciones del DF.<\/p>\n<p>Ante este panorama, surgen tres compromisos que las administraciones deber\u00e1n enfrentar con la mayor probidad: 1.- Destinar los recursos para \u201cla generaci\u00f3n de infraestructura, principalmente pavimentaci\u00f3n de calles y avenidas; alumbrado p\u00fablico, drenaje y alcantarillado; mantenimiento de v\u00edas; construcci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n y remodelaci\u00f3n de espacios para la pr\u00e1ctica del deporte, entre otras acciones de infraestructura urbana y social\u201d. Este fondo resuelve en parte la necesidad que tienen los municipios para realizar obra p\u00fablica, sin las limitaciones del Ramo 33.<\/p>\n<p>2.- Garantizar que los recursos de este nuevo fondo se ejerzan con transparencia y con una estricta rendici\u00f3n de cuentas. Lo destinado deber\u00e1 cumplir con las disposiciones relativas a informar a la ciudadan\u00eda respecto del monto y las acciones a financiarse con estos recursos, as\u00ed como reportar trimestralmente en el portal aplicativo de la Secretar\u00eda de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico (SHCP) aspectos como: monto aprobado y pagado, ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica, avance f\u00edsico y financiero e incluir en las obras la leyenda siguiente: \u201cEsta obra fue realizada con recursos p\u00fablicos federales\u201d, entre otras.<\/p>\n<p>3.- Evitar subejercicios fiscales en la ejecuci\u00f3n de los recursos. Como es sabido, el presupuesto aprobado debe sujetarse invariablemente al principio de anualidad, es decir, se deben ejercer durante el ejercicio en que fueron presupuestados.<\/p>\n<p>Dado que el capital asignado al Fondo de Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal no est\u00e1 etiquetado a obras espec\u00edficas, su ejecuci\u00f3n exige que las administraciones dispongan de diagn\u00f3sticos actualizados y confiables de las necesidades de infraestructura.<\/p>\n<p>Estamos ciertos que el cumplimiento de los compromisos descritos tienen en las administraciones responsables sus principales componentes de \u00e9xito, ya que no basta con que existan reglas y normas de ejecuci\u00f3n de recursos p\u00fablicos, tambi\u00e9n es necesaria la voluntad de los gobiernos municipales para acatarlas y con ello evitar caer en \u201cpecados\u201d que tarde o temprano exigir\u00e1n el pago de penitencias que desafortunadamente, y durante mucho tiempo, han tenido que ser subsidiadas por la ciudadan\u00eda, \u201cpagando justos por pecadores\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado 27 de noviembre de 2015, el Congreso de la Uni\u00f3n decret\u00f3 el Presupuesto de Egresos de la Federaci\u00f3n (PEF) para el Ejercicio Fiscal 2016.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":15538,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[958,12],"tags":[331,966,26],"class_list":["post-15537","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-enero-2016","category-expediente-abierto","tag-administracion","tag-irregularidad","tag-municipios"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15537","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=15537"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15537\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":20483,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15537\/revisions\/20483"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media\/15538"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=15537"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=15537"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=15537"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}