{"id":15610,"date":"2016-02-01T08:00:21","date_gmt":"2016-02-01T08:00:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/sin-categoria\/menos-opacidad-con-trabajo-colaborativo\/"},"modified":"2022-05-18T20:50:06","modified_gmt":"2022-05-18T20:50:06","slug":"menos-opacidad-con-trabajo-colaborativo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/expediente-abierto\/menos-opacidad-con-trabajo-colaborativo\/","title":{"rendered":"Menos opacidad con trabajo colaborativo"},"content":{"rendered":"<blockquote>\n<p style=\"text-align: center;\">Los ayuntamientos pueden aliarse con la poblaci\u00f3n para que, a una sola voz, exijan a los estados las mejores leyes anticorrupci\u00f3n<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>El mes pasado escrib\u00ed sobre la importancia de vigilar la armonizaci\u00f3n de las leyes estatales a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica. Estos procesos son cruciales para que el acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica sea realmente efectivo en el pa\u00eds, es decir, que sirva para fomentar el di\u00e1logo y la colaboraci\u00f3n entre autoridades y sociedad, y as\u00ed restaurar la confianza de la ciudadan\u00eda en los gobernantes.<\/p>\n<p>El plazo para que las entidades federativas armonicen sus leyes vence el 4 de mayo de este a\u00f1o. La campa\u00f1a #ArmonizaTuLey monitorea el avance de cada estado y lo reporta en <a href=\"http:\/\/colectivoporlatransparencia.org\/armoniza-tu-ley\">http:\/\/colectivoporlatransparencia.org\/armoniza-tu-ley<\/a>. Las entidades federativas deben cumplir con el mandato constitucional, pero lo fundamental es que utilicen esta oportunidad para demostrar a la poblaci\u00f3n su voluntad pol\u00edtica de convertir la informaci\u00f3n p\u00fablica en el insumo para la transparencia, la rendici\u00f3n de cuentas y la participaci\u00f3n ciudadana. En otras palabras, que cada estado, municipio y poder hagan lo que les corresponde para construir un estado abierto en M\u00e9xico.<\/p>\n<p>Sin embargo, la consolidaci\u00f3n del derecho de acceso a la informaci\u00f3n enfrenta obst\u00e1culos. En cumplimiento de sus atribuciones, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n y Protecci\u00f3n de Datos Personales (INAI) sigue los procesos de homologaci\u00f3n de las leyes estatales. Cuando observamos omisiones o contradicciones, tomamos las acciones legales pertinentes. Tal es el caso de la legislaci\u00f3n aprobada para Quer\u00e9taro en noviembre de 2015.<\/p>\n<p>En el pleno del INAI aprobamos la interposici\u00f3n de una acci\u00f3n de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) porque identificamos ocho conceptos de invalidez respecto del texto constitucional y la Ley General. Afortunadamente, los poderes ejecutivo, legislativo, as\u00ed como el \u00f3rgano garante queretano presentaron una iniciativa para adecuar la legislaci\u00f3n local en la materia, en la que se atienden y subsanan las observaciones del INAI, de manera que la acci\u00f3n que interpusimos quede sin materia.<\/p>\n<p>En Tabasco hay una situaci\u00f3n similar. El legislativo estatal aprob\u00f3 una ley que incluye la figura de recurso de revisi\u00f3n en materia de seguridad estatal. En el INAI consideramos que esto va en contra de lo previsto en materia de seguridad nacional en la Ley General: el recurso de revisi\u00f3n por motivos de seguridad nacional que puede interponer el Consejero Jur\u00eddico del Ejecutivo Federal no puede ser replicado en las leyes estatales. Contrario al caso queretano, el ejecutivo tabasque\u00f1o concluy\u00f3 que dejar\u00e1 a la SCJN resolver sobre la constitucionalidad de esta disposici\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>MAYOR LEGITIMIDAD<\/strong><\/p>\n<p>Para sortear los obst\u00e1culos, tanto los congresos como los \u00f3rganos garantes estatales, que son los principales responsables de llevar hacia adelante las legislaciones en la materia, pueden echar mano de al menos dos recursos. Primero, acudir al INAI para recibir apoyo para la redacci\u00f3n de marcos legislativos. El Instituto est\u00e1 en total disposici\u00f3n de colaborar con ellos en este proceso.<\/p>\n<p>Otro recurso consiste en favorecer la participaci\u00f3n de todos los actores relevantes locales para que se complementen puntos de vista e identifiquen \u00e1reas de oportunidad de forma colaborativa; esto generar\u00e1 iniciativas de ley inclusivas y con mayor legitimidad, siguiendo la pr\u00e1ctica de Parlamento Abierto que impuls\u00f3 el Senado de la Rep\u00fablica al momento de confeccionar la reforma constitucional de 2014 y la Ley General.<\/p>\n<p>Los alcaldes de M\u00e9xico tienen la oportunidad de involucrarse en este proceso. Los municipios ser\u00e1n sujetos obligados de las leyes de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, por lo tanto, los alcaldes podr\u00e1n participar con los \u00f3rganos garantes locales y los poderes legislativos en la redacci\u00f3n pero, sobre todo, pueden aliarse con la poblaci\u00f3n para crear una corriente de opini\u00f3n que a una sola voz exija la mejor ley posible para su estado. El tiempo se agota, pero la transparencia y el ejercicio efectivo del derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica no pueden esperar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los ayuntamientos pueden aliarse con la poblaci\u00f3n para que, a una sola voz, exijan a los estados las mejores leyes anticorrupci\u00f3n<\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":15611,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[12,982],"tags":[994,26,245],"class_list":["post-15610","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-expediente-abierto","category-febrero-2016","tag-agenda-de-gobierno","tag-municipios","tag-transparencia"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15610","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/8"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=15610"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15610\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":20471,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15610\/revisions\/20471"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media\/15611"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=15610"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=15610"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=15610"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}