{"id":15962,"date":"2016-10-01T14:23:09","date_gmt":"2016-10-01T14:23:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/sin-categoria\/nuevo-reglamento-para-elecciones\/"},"modified":"2022-04-19T17:27:28","modified_gmt":"2022-04-19T17:27:28","slug":"nuevo-reglamento-para-elecciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/columnistas\/nuevo-reglamento-para-elecciones\/","title":{"rendered":"Nuevo reglamento para elecciones"},"content":{"rendered":"<p>La reforma electoral de 2014 provoc\u00f3 que el Instituto Nacional Electoral ( INE) dedicara su primer a\u00f1o de vida a redactar todos los reglamentos que se derivaban de la nueva ley. Era necesario traducir en normas claras las nuevas atribuciones institucionales y llenar m\u00faltiples huecos que las modificaciones legales hab\u00edan dejado a la consideraci\u00f3n del nuevo consejo general. Apenas en tiempo para iniciar el proceso electoral 2014-2015, la autoridad electoral nacional aprob\u00f3 la reglamentaci\u00f3n b\u00e1sica requerida para el funcionamiento cotidiano del Instituto.<\/p>\n<p>La elecci\u00f3n concurrente de 2015 requiri\u00f3 que el INE tomara decisiones importantes con relaci\u00f3n a su participaci\u00f3n en las elecciones locales. Por principio, hab\u00eda que \u201catraer\u201d varias funciones que la ley hab\u00eda dejado como \u201cdelegadas\u201d a los organismos p\u00fablicos locales electorales (OPLE). Desde entonces fue fundamental entender que \u201catraer\u201d una de las funciones electorales no quer\u00eda decir que el INE se encargar\u00eda de su realizaci\u00f3n, sino que \u00e9ste emite los criterios en torno al tema para que los OPLE realicen las tareas con apego a los lineamientos del Instituto.<\/p>\n<p>Por lo tanto, cuando se pide que el INE se haga cargo de una elecci\u00f3n local en su totalidad, en realidad se solicita que se \u201casuma\u201d la elecci\u00f3n. Sin embargo, para asumir unos comicios se requiere que los OPLE lo soliciten o que al menos cuatro consejeros del Instituto lo pidan. En todo caso, lo anterior deber\u00e1 ocurrir antes de que inicie el proceso electoral correspondiente.<\/p>\n<p>Durante las elecciones de 2015 y las locales de 2016, el INE tom\u00f3 dos decisiones fundamentales: no delegar a los OPLE ninguna funci\u00f3n que la Constituci\u00f3n le otorgara y atraer una larga lista de actividades para establecer los lineamientos con que los OPLE tendr\u00edan que llevar a cabo los procedimientos electorales. De esta manera se consider\u00f3 que el INE cumpl\u00eda con uno de los objetivos de la reforma de 2014: homogeneizar en los procesos electorales locales procedimientos similares, con la calidad que se derivaba de la experiencia del anterior Instituto Federal Electoral (IFE).<\/p>\n<p>Una vez que terminaron las 13 elecciones locales de este a\u00f1o, la Comisi\u00f3n de Reglamentos del INE se aboc\u00f3 a reunir, en un solo ordenamiento, todos los criterios y lineamientos que aprob\u00f3 el consejo general a lo largo de los \u00faltimos dos a\u00f1os y medio. El mi\u00e9rcoles 7 de septiembre se aprob\u00f3 el nuevo reglamento de elecciones.<\/p>\n<p>Se trata de uno de los esfuerzos m\u00e1s importantes por establecer el orden y la certeza que requieren los cuatro procesos electorales locales de 2017: Coahuila, M\u00e9xico, Nayarit y Veracruz; el proceso electoral presidencial de 2018 y los 30 comicios locales de ese mismo a\u00f1o.<\/p>\n<p>Todo reglamento es perfectible y habr\u00e1 que retomar nuevas experiencias para mejorar las normas. En materia electoral, despu\u00e9s de lo que opina el consejo general, es necesario esperar la voz de la \u00faltima instancia de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n (TEPJF).<\/p>\n<p>El nuevo reglamento de elecciones sistematiza m\u00e1s de 100 acuerdos tomados por el consejo general del INE y que ya estuvieron vigentes en las \u00faltimas elecciones. Para los \u00f3rganos locales electorales ser\u00e1 una buena gu\u00eda para preparar y proyectar sus actividades. Para el INE ser\u00e1 un instrumento valioso para ratificar la voluntad institucional de ce\u00f1irse a la legalidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reforma electoral de 2014 provoc\u00f3 que el Instituto Nacional Electoral ( INE) dedicara su primer a\u00f1o de vida a redactar todos los reglamentos que se derivaban de la nueva ley. <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":13319,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[105,106,1110],"tags":[1111,1112,151,839],"class_list":["post-15962","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-columnistas","category-desde-la-urna-columnistas","category-octubre-2016","tag-elecciones-locales","tag-eleciones","tag-ine","tag-ople"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15962","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=15962"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15962\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":19567,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15962\/revisions\/19567"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media\/13319"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=15962"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=15962"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=15962"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}