{"id":16094,"date":"2015-02-01T20:20:54","date_gmt":"2015-02-01T20:20:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/sin-categoria\/recentralizacion-del-predial-retroceso-del-federalismo\/"},"modified":"2022-07-25T22:27:23","modified_gmt":"2022-07-25T22:27:23","slug":"recentralizacion-del-predial-retroceso-del-federalismo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/expediente-abierto\/recentralizacion-del-predial-retroceso-del-federalismo\/","title":{"rendered":"Recentralizaci\u00f3n del predial, retroceso del federalismo"},"content":{"rendered":"<blockquote>\n<p style=\"text-align: center;\">Los convenios que suscriben los estados con los municipios para cobrar el impuesto no garantizan la eficiencia en la recaudaci\u00f3n y vuelve m\u00e1s dependientes a los ayuntamientos<\/p>\n<\/blockquote>\n<p><a href=\"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/wp-content\/uploads\/2015\/02\/Fila.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" size-medium wp-image-22278 alignleft\" src=\"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/wp-content\/uploads\/2015\/02\/Fila-300x201.jpg\" alt=\"Fila\" width=\"300\" height=\"201\" \/><\/a>Las teor\u00edas econ\u00f3mica y pol\u00edtica ven en la descentralizaci\u00f3n un medio para lograr grandes beneficios en la esfera municipal: eficiencia en la provisi\u00f3n de servicios p\u00fablicos y fomento de la transparencia y rendici\u00f3n de cuentas. \u00bfQu\u00e9 caracter\u00edsticas debe tener la descentralizaci\u00f3n para lograr estos objetivos?<\/p>\n<p>Una de las formas m\u00e1s reconocidas distingue entre la desconcentraci\u00f3n, delegaci\u00f3n y devoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>La evidencia internacional muestra que no existe un modelo para lograr exitosamente este tipo de descentralizaci\u00f3n, pero s\u00ed hay un conjunto de condiciones que deben adoptarse para tener mayores posibilidades de lograr mejores resultados.<\/p>\n<p><strong>AUTONOM\u00cdA FISCAL<\/strong><\/p>\n<p>Diversos autores y agencias internacionales coinciden en se\u00f1alar que una de las variables m\u00e1s importantes es el fortalecimiento del grado de autonom\u00eda fiscal de los gobiernos locales a trav\u00e9s de la generaci\u00f3n de ingreso propio.<\/p>\n<p>Para la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas (ONU), ello, adem\u00e1s de asegurarles autonom\u00eda, promueve la rendici\u00f3n de cuentas y estimula su eficiencia; de otra forma no puede ser alcanzado todo el potencial del proceso de descentralizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 se requiere para que los gobiernos municipales tengan un grado considerable de autonom\u00eda fiscal? De acuerdo con la teor\u00eda y la pr\u00e1ctica internacional, es indispensable que cuenten con fuentes de ingreso propio; que tengan capacidad para determinar las tasas de sus tributos y definir su base tributaria; es decir, que posean un poder tributario significativo. Otro elemento importante es la discreci\u00f3n fiscal, que est\u00e1 relacionada con la capacidad del municipio para decidir c\u00f3mo gastarlo.<\/p>\n<p>Algunos estudios muestran que es posible que exista una relaci\u00f3n positiva entre el grado de autonom\u00eda tributaria de los gobiernos subnacionales de un pa\u00eds y su crecimiento econ\u00f3mico, en t\u00e9rminos del producto interno bruto (PIB) per c\u00e1pita.<\/p>\n<p>Una investigaci\u00f3n elaborada por la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3micos (OCDE), en 23 pa\u00ed- ses, que analiza el periodo 1975-2000, encontr\u00f3 que la asignaci\u00f3n de un nivel suficiente de autonom\u00eda en el ingreso de los gobiernos subnacionales, medido como la proporci\u00f3n de sus fuentes de ingreso propios, induce a un menor sobreendeudamiento y mejor equilibrio presupuestario.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDELEGAR PARA RECAUDAR?<\/strong><\/p>\n<p>En el caso mexicano, los gobiernos municipales cuentan con una fuente de ingreso propio importante: el impuesto predial. Pero no poseen un poder tributario significativo, ya que de acuerdo con el Art\u00edculo 115 de la Constituci\u00f3n, las tasas, cuotas y tarifas de sus ingresos propios son determinadas por el Congreso estatal.<\/p>\n<p>Esa situaci\u00f3n ha sido una de las variables que ha contribuido a que los ayuntamientos no exploten adecuadamente sus fuentes de ingreso propio. A ello se suma el defectuoso dise\u00f1o de las transferencias federales que ha incentivado la pereza fiscal municipal.<\/p>\n<p>Seg\u00fan datos del Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Geograf\u00eda (INEGI), al iniciar la d\u00e9cada de los 90 comienza a incrementarse el porcentaje de aportaciones federales a los municipios. En la crisis de 1994, cayeron en su peor nivel los recursos locales, y despu\u00e9s de tener una ligera recuperaci\u00f3n se mantuvieron a la baja, sobre todo despu\u00e9s de 1988, cuando se cre\u00f3 el Ramo 33 o Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n ha contribuido en gran medida la poca capacidad institucional con la que cuentan las administraciones municipales en general: reglamentaci\u00f3n obsoleta o inexistente, estructuras administrativas mal dise\u00f1adas, as\u00ed como la falta de un sistema de servicio civil que garantice que los funcionarios posean un perfil profesional adecuado para el desempe\u00f1o de sus funciones y que su permanencia en el empleo est\u00e9 basada en la evaluaci\u00f3n de su desempe\u00f1o y no en sus relaciones pol\u00edticas. El resultado ha sido la enorme dependencia que tienen las finanzas municipales de la bolsa federal.<\/p>\n<p>En este contexto, la m\u00e1s reciente reforma a la Ley de Coordinaci\u00f3n Fiscal federal contempla est\u00edmulos para que los municipios dejen de cobrar el impuesto predial y firmen un convenio para que los gobiernos estatales se hagan cargo de ello. A cambio, los ayuntamientos recibir\u00e1n m\u00e1s recursos del Fondo de Fomento Municipal.<\/p>\n<p>Los argumentos que se han manejado para promover esta pol\u00edtica de recentralizaci\u00f3n fiscal son b\u00e1sicamente de eficiencia en la recaudaci\u00f3n; asumi\u00e9ndose que las entidades federativas tienen mejores capacidades para realizar de manera eficiente dicho cobro.<\/p>\n<p>Esto es ampliamente cuestionable si se consideran diversos estudios que han evaluado la eficiencia de los estados para llevar a cabo algunas funciones en materia financiera. Por ejemplo, la capacidad de las entidades federativas para recaudar sus ingresos propios es muy diferenciada; mientras el DF tiene un buen desempe\u00f1o, otros estados muestran resultados muy deficientes.<\/p>\n<p>Mientras que en el DF 41 de cada 100 pesos provienen de ingresos propios, en Tlaxcala s\u00f3lo se recaudan 3.5 pesos, seg\u00fan datos del Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco) del 2010.<\/p>\n<p><strong>MUNICIPIOS EXCEPCIONALES<\/strong><\/p>\n<p>En el \u00e1mbito municipal hay algunos gobiernos que se han preocupado por mejorar la recaudaci\u00f3n de sus ingresos propios. No son la mayor\u00eda, pero se han documentado casos desde ayuntamientos metropolitanos, como Puebla, hasta algunos mucho m\u00e1s peque\u00f1os, como Chiautempan, Tlaxcala. \u00bfQu\u00e9 caracter\u00edsticas distinguen a estas excepcionales administraciones municipales?<\/p>\n<p>Las que se\u00f1ala la experiencia internacional: capacitaci\u00f3n a los servidores p\u00fablicos, creaci\u00f3n o actualizaci\u00f3n de su reglamentaci\u00f3n, inversi\u00f3n en tecnolog\u00eda, dise\u00f1o de sistemas de seguimiento y evaluaci\u00f3n eficaces, entre otros. Los estudios sobre descentralizaci\u00f3n fiscal en el mundo se\u00f1alan que el apoyo de las otras esferas de gobierno juega un papel estrat\u00e9gico.<\/p>\n<p>En M\u00e9xico nunca ha existido una pol\u00edtica permanente, sistem\u00e1tica y de largo plazo para apoyar la creaci\u00f3n de capacidades en la esfera municipal. Tanto la Federaci\u00f3n como los gobiernos estatales se han limitado a ofrecer acciones aisladas de capacitaci\u00f3n a los municipios sin una visi\u00f3n integral, y carentes de seguimiento y evaluaci\u00f3n. A ello se a\u00f1ade la evoluci\u00f3n del Sistema Nacional de Coordinaci\u00f3n Fiscal que se ha reformado con una mala articulaci\u00f3n, sin lograr ninguno de los numerosos objetivos que se le han ido a\u00f1adiendo a lo largo de los a\u00f1os.<\/p>\n<p>En resumen, la recentralizaci\u00f3n del impuesto predial es una estrategia que no garantiza que la eficiencia en la recaudaci\u00f3n del impuesto predial vaya a mejorar. Desde el punto de vista pol\u00edtico, es una medida que vulnera el esp\u00edritu del Art\u00edculo 115 constitucional y el pacto federal; y que lejos de promover acciones de fortalecimiento municipal, las debilita, volvi\u00e9ndolas m\u00e1s dependientes de las acciones de otras esferas de gobierno.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los convenios que suscriben los estados con los municipios para cobrar el impuesto no garantizan la eficiencia en la recaudaci\u00f3n y vuelve m\u00e1s dependientes a los ayuntamientos<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":16095,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[12,1150],"tags":[291,574,1156,1157],"class_list":["post-16094","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-expediente-abierto","category-febrero-2015","tag-federalismo","tag-predial","tag-recentralizacion","tag-retroceso"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16094","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=16094"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16094\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":21778,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16094\/revisions\/21778"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media\/16095"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16094"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16094"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.alcaldesdemexico.com\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=16094"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}