Expediente Abierto

►Sistemas Normativos Indígenas

Elecciones en pueblos originarios con usos y costumbres

 

En algunos municipios existen comunidades que se rigen por Sistemas Normativos Indígenas Internos para tener un representante que luche por sus derechos y necesidades

 

►Por Noemí Andrade Castañón
FOTO: CARLOS OGAZ /CUARTOSCURO

A Pesar de los cambios que se han presentado a lo largo de las últimas décadas en los sistemas políticos y electorales, en México, las comunidades indígenas fortalecen y mantienen sus sistemas de elección. A través de los Sistemas Normativos Indígenas Internos, buscan establecer a las autoridades que garanticen las condiciones de seguridad y bienestar para las personas en las regiones.

En comunidades y pueblos indígenas existen normas por las que se rigen estos grupos, comúnmente conocidas como usos y costumbres, pero formalmente conocidas como Sistemas Normativos Indígenas Internos. Estos se utilizan para elegir y nombrar a sus autoridades representativas dentro de su colectivo, a través de estatutos que pueden estar escritos o por medio de la palabra.

En el estado de Oaxaca, 418 municipios son regidos por Sistemas Normativos Indígenas Internos; en Guerrero se encuentra el municipio de Ayutla de los Libres bajo este modelo de organización política; mientras que en Morelos están Xoxocotla, Coatetelco y Hueyapan; Oxchuc en Chiapas, y Cherán en Michoacán.

“Todos podríamos representar a las comunidades, mientras seamos realmente de la comunidad indígena”, señala Cecilia Valencia Canul, mujer con ascendencia maya, egresada de la maestría en Derecho Indígena y experta en Pluralismo Jurídico y Justicia Indígena.

El método para la elección de las autoridades depende de cada comunidad, sin embargo, algunos de los más conocidos son: escribir el nombre de sus propuestas de representante en pizarrones, a través de un síndico, mediante una capacitación brindada por la comunidad o por antecedentes familiares.

Cabe mencionar que cada comunidad tiene una manera distinta de seleccionar a sus autoridades, las más representativas son a través de pizarrones en donde los integrantes escriben el nombre de su elegido, por medio de un diputado, un sindicato, una asesoría, por antecedente de la persona o de la familia.

Dichas autoridades son quienes establecen los procedimientos, principios y acciones de la organización política local, y tienen la encomienda de ayudar y atender las necesidades de las comunidades a las que representan, así como ser la vía de comunicación para solicitar servicios básicos al Estado, como el agua.

ELECCIÓN DE AUTORIDADES
“Si hablamos del marco electoral, los Sistemas Normativos Indígenas Internos tienen que ver con formas de elección de sus mismas autoridades, así como para tomar decisiones en cuanto a justicia”, precisa Mayra Morales Aldaz, mujer de raíces mixes y zapotecas, maestranda en Antropología Social en la línea de lo político y del poder, activista, educadora popular y feminista.

Para poder nombrar a sus autoridades de cargos, no necesariamente requieren ser validadas o calificadas por el Estado, sino reconocidas por las propias comunidades dentro de la misma vida comunitaria, en donde se reflejan elementos como usos y costumbres, la religión y fiestas tradicionales.

Además, en las comunidades no existen campañas electorales para elección de representantes como en los partidos políticos, sin embargo, sí tienen que respetar las decisiones de órganos electorales para un cargo político.

En relación con los pueblos indígenas, la decisión tiene que ver con un conglomerado de pueblos, específicamente en los territorios en donde radican comunidades que comparten una misma lengua y cosmovisión.

“Básicamente son pueblos que comparten cierta identidad en común. En el caso de Oaxaca hay 16 pueblos originarios reconocidos que radican en el estado, además de los pueblos que están en tránsito y que cruzan por el territorio estatal”, compartió Mayra Morales.

Cabe resaltar que, dentro de las comunidades indígenas, las autoridades elegidas deben pertenecer a éstas porque son elegidos a través de la confianza y capacidades que demuestran, ya que consideran que, al estar en esos cargos, darán el resultado ideal para ver por cada persona de la comunidad.

PARIDAD DE GÉNERO
Respecto a la paridad de género, se requiere tener la mayoría de los votos de las personas de las comunidades de las ciudades, y así se podrá validar o invalidar la elección de las mujeres indígenas en cargos de elección popular.

“Cuando se valida esta elección, se exige una constancia, y las autoridades elegidas ya podrán tomar posesión, además, suelen celebrarles con una ceremonia tradicional, dependiendo de la comunidad”, explica Cecilia Valencia.

Sin embargo, las mujeres no solo reivindican espacios en el gobierno, sino también en la escuela, la comunidad, su familia y, sobre todo, en el área de cuidados, ya que poco a poco han podido participar en la toma de decisiones.

Lamentablemente, el tema para las mujeres en cuanto a participación en cualquiera de los rangos de las comunidades sigue siendo complicado, debido a que, por usos y costumbres, la mujer se tiene que dedicar al campo, al hogar y a atender a su familia, sea soltera o casada.

Así que, además de asumir sus obligaciones como autoridades en la comunidad, no pueden desatender sus otras funciones, así como sus estudios, trabajo o cualquier otra actividad a la que se dediquen.

Otro factor que se deriva en este tipo de normas son los recursos económicos. Todos los municipios se rigen por la misma normatividad, ya que existe una Ley para el acceso a los recursos, en la que las entidades se regulan bajo las normas dictadas por el Estado.

En el caso de las autoridades elegidas por las comunidades, tienen que asumir su posición como un servicio comunitario, ya que tienen la ideología de que es su deber responderle a la comunidad, por lo tanto, del gasto público asignado a los municipios, destinado a la infraestructura y cuestión administrativa, se toma una parte para los representantes.

En las asambleas, los pueblos indígenas determinaron que a las autoridades electas se les otorgue un recurso para “dieta”, mismo que utilizan para sus gastos de traslado y comida, ya que no tienen otros ingresos a los que puedan acceder.

A pesar de que el recurso no es suficiente, los representantes no se quejan, ya que saben que su deber es servir a su comunidad. “Es importante hacer algo en el tema de las dietas porque, así como hay obligaciones, también hay derechos a los que las autoridades se les tiene que otorgar”, concluye Cecilia Valencia.