Expediente Abierto

►Regulación Municipal ♦ Opinión

Cuando se habla de desarrollo urbano es inevitable pensar en el crecimiento de las ciudades, el cual, en la mayoría de los casos, se ha hecho de manera desordenada, ya que, como toda actividad social, el crecimiento urbano avanza más rápido que la regulación. 

Desde la publicación de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en 2016, aquellos centros de población con más de 100 mil habitantes debían actualizar sus instrumentos de planeación en materia de desarrollo urbano, es decir, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano o, en su caso, el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población, sin embargo, la mayoría de los municipios no cuenta con instrumentos de planeación actualizados. 

Son estos instrumentos de planeación, en materia de desarrollo urbano, el punto de partida de la regulación urbana a nivel municipal; estos instrumentos técnicos normativos donde se define el modelo de municipio, es decir, si queremos densificar o no una ciudad, si queremos contener el crecimiento, impulsar subcentralidades, la vocación y uso del suelo y, sobre todo, establecer las reglas del juego en el territorio para que podamos crecer con orden. 

Son estos instrumentos de planeación del territorio en los que deben consagrarse dos principios, el pro natura y el pro homine,  es decir, debemos definir, desde los Programas de Desarrollo Urbano, las reglas que tengan como objetivo el mayor beneficio  para el medioambiente y, por ende, una mejor calidad de vida para las personas que habitamos los territorios; definir dónde y  con qué reglas puede crecer una zona urbana, pero también en dónde no se puede, porque son zonas de recarga de acuíferos,  de escurrimientos o simplemente zonas de riesgos para la población. 

En Morelia estamos en la recta final de la elaboración del Programa Municipal de Desarrollo Urbano, el cual define una visión de crecimiento basado en la densificación de la zona consolidada y de protección a las áreas que generan mayor impacto ambiental al municipio, por lo tanto, es necesario ajustar toda la regulación municipal en materia urbana. 

Un nuevo Programa Municipal de Desarrollo Urbano implicará actualizar el Programa de Ordenamiento Ecológico Local, un Atlas de Riesgos, reglamento del Programa de Desarrollo Urbano y sus zonificaciones, un reglamento de construcciones, las normas técnicas derivadas del reglamento de construcción y reglamentos relacionados con la expedición de licencias de funcionamientos de negocios, entre muchos otros. 

Por dar un ejemplo, no es posible que en municipios del país encontremos normas técnicas en materia de estacionamientos que no solo no promueven la movilidad sostenible, sino que, además, han sido una copia de reglamentos de la Ciudad de México, los cuales distan de nuestra realidad. 

Desde el Instituto Municipal de Planeación se plantearán las directrices para el ordenamiento territorial y los proyectos que  de estos instrumentos detonen, sin embargo, el mayor reto para los municipios es que exista una coordinación entre el planeador,  el ejecutor que otorga las licencias de uso de suelo, de fraccionamientos y de construcción, entre otras, el funcionario  que inspecciona y, en su caso, sanciona el incumplimiento, y la parte más importante, la ciudadanía que debe cumplir con las  nuevas reglas urbanas. 

El reto es contar con una regulación municipal que sea lo suficientemente sencilla y clara para el desarrollo ordenado y la inversión, pero que proteja el medioambiente y mejore la calidad de vida de las personas.

*Directora del Instituto Municipal de Planeación de Morelia, Michoacán (IMPLAN).