Enroque Político

La remuneración por la gestión rápida de un trámite, un incentivo para obtener una licitación y/o el ofrecimiento de beneficios para conseguir un puesto de trabajo deseado son acciones graves, resultado del uso abusivo de funciones.

Vigilar las responsabilidades de los servidores públicos es parte de las medidas de transparencia y prevención que deben tomarse al interior de una administración pública.

Los funcionarios públicos no deben olvidar que los actos de corrupción trascienden a delitos de carácter público, tipificados en el Código Penal Federal y perseguidos de manera oficiosa.

En el ejercicio de sus funciones, cargo o comisión, los funcionarios públicos pueden incurrir en responsabilidad frente al Estado, la cual se divide en tres tipos: política, administrativa o penal.

Responsabilidad política. En ésta pueden incurrir senadores, diputados, ministros, consejeros, el Fiscal General de la República, magistrados y jueces, quienes podrían ser sujetos de un juicio político por violaciones graves a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales. Las sanciones podrán consistir en la destitución del cargo y en la inhabilitación para desempeñar funciones en el servicio público.

Responsabilidad administrativa. Cuando los funcionarios públicos incurran en faltas graves y no graves previstas por la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que sean denunciadas por los ciudadanos o detectadas por la propia autoridad. Las sanciones consistirán en amonestación, suspensión, destitución, inhabilitación y multas.

Responsabilidad penal. Abuso de autoridad, ejercicio ilícito del servicio público, concusión, cohecho y peculado, entre otros, son delitos por hechos de corrupción, que se investigan por la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción en materia federal o estatal, dependiendo del caso en particular, para ejercer la acción penal ante el Poder Judicial, ya sea de la Federación o de los estados.

En conclusión, debemos saber que contamos con un sistema jurídico dispuesto a ser utilizado para sancionar las malas prácticas de nuestros funcionarios, tratando de prevenir y evitar que puedan volver a suceder por medio de la denuncia y mecanismos de transparencia y vigilancia que, desde las localidades hasta la federación, pueden implementarse.

* Este artículo fue elaborado en colaboración con Ángela Aidé Colmenares Pacheco, Abogada Junior en Martínez Ocampo & Chávez Vaca, SC. 
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*Abogado postulante en derecho penal acusatorio. Cuenta con especialidad en concursos mercantiles, delitos fiscales y derecho penal por la Escuela Libre de Derecho. Contacto: 55-7155-2011 / [email protected] / @AbogadoOcampo