El pasado 27 de diciembre de 2024, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México.

Foto: Cortesía Colegio de Contadores Públicos de México.
Se adiciona un artículo a la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y se reforma un artículo de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, a través del cual se adicionó un capítulo VII Ter, denominado “Del Impuesto a la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera”, el cual es oficial desde el 1 de enero de 2025.
¿Quiénes van a ser sujetos a este nuevo impuesto?
“Las personas físicas y jurídicas colectivas que en la Ciudad de México cuenten con fuentes fijas que emitan gases contaminantes a la atmósfera, cuya suma de emisiones de dióxido de carbono, metano y dióxido nitroso, en forma unitaria o en combinación sea igual o mayor a una tonelada de dióxido de carbono”, compartió en entrevista para Alcaldes de México, José Eduardo Beristain Martínez, integrante de la Comisión Técnica de Contribuciones Locales del Colegio de Contadores Públicos de México.
La cuota por tonelada será de 58 pesos al mes, que se tendrán que pagar el 17 de cada mes y habrá que hacer una declaración anual en el mes de julio del siguiente ejercicio fiscal por el cual se causó el impuesto.
Beristain Martínez sostuvo que con este impuesto se busca incentivar a los habitantes de la Ciudad de México a contribuir con la disminución de contaminación ambiental. “Al no querer pagar ese tipo de impuestos las empresas que contaminan tendrán que buscar mecanismos que ayuden a que su emisión de contaminantes sea menor”.
Cabe resaltar que, con la creación de un nuevo impuesto, también hay nuevas obligaciones. Es necesario registrarse ante la unidad competente, llevar un registro de todas las emisiones contaminantes. “A las empresas que tienen este tipo de contaminantes, la Secretaría de Medio Ambiente, les ha ido estableciendo ciertas obligaciones para que lleven un control adecuado de registro de emisiones contaminantes y que incluso cuando se oponen a ellos, haya sanciones y multas”.
De acuerdo con el contador, la Secretaría de Finanzas también emitirá reglas generales para el cumplimiento de estas obligaciones que establecen la ley de ingresos, el código fiscal de la Ciudad de México, y todas las disposiciones que ya por su propia naturaleza les requieren ser más específicas y detalladas con su control, en particular el de las emisiones contaminantes.
Estados que ya implementaron el impuesto ambiental
Zacatecas, al ser una zona minera, busca establecer las medidas necesarias para desincentivar la extracción de materiales que generen contaminación y ayuden a un mejor ambiente.
Estados como Baja California, Campeche, Coahuila, el Estado de México, Guanajuato, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, todavía no tienen fuerza para dictaminarse.
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