La reforma a los artículos 38 y 102 constitucionales suspende los derechos para ocupar cualquier cargo público a personas agresoras con sentencia firme y/o deudoras de pensión alimenticia. Alcaldes de México | 25 de mayo de 2023
Foto: Congreso de la Unión. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró aprobados los artículos 38 y 102, 55 y 91 de la Constitución en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión en el servicio público, mejor conocida como ley 3 de 3 contra la violencia de género, y de edad mínima para ocupar un cargo público. Los dos decretos correspondientes fueron remitidos al Diario Oficial de la Federación (DOF) para su publicación y vigencia. La reforma a los artículos 38 y 102 constitucionales suspende los derechos para ocupar cualquier cargo público a personas agresoras con sentencia firme y/o deudoras de pensión alimenticia. El decreto fue aprobado por las legislaturas de las siguientes 23 entidades federativas: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, México, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas. *Con información de El Economista. Te puede interesar:
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