San Luis Potosí tipifica como delito las terapias de conversión

por | Nov 12, 2025 | Ciudadanía | 0 Comentarios

El Congreso de San Luis Potosí aprobó las reformas al Código Penal de estado para tipificar como delito las terapias de conversión, es decir, las pláticas que prometen corregir la orientación sexual de las personas.

Foto: Congreso de San Luis Potosí.

En el Congreso se determinó adicionar el capitulo VIII al Código Penal que será llamado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas”, en donde se detalla la pena de prisión de entre dos y seis años dependiendo del caso.

Podrán ser acreedores hasta con seis años de cárcel las personas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien este tipo de “terapias o tratamientos” que tengan por objeto restringir, impedir, menoscabar, anular, cambiar o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas y las penas incluso serán el doble cuando se realicen en contra de personas menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.

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Además, cuando exista una relación de tipo laboral, médica o de subordinación de cualquier tipo que ponga a la víctima en una circunstancia de asimetría de poder, además de las sanciones ya mencionadas, se determinará la destitución o inhabilitación del cargo o comisión que desempeña.

Asimismo, bastará con la presentación de una denuncia simple ante el Ministerio Público para que las autoridades correspondientes inicien la investigación del caso y puedan verificar las características de la comisión del delito que se está ahora tipificando.

Más información en Alcaldes de México.

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Redacción Alcaldes de México

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