A casi dos meses de la jornada electoral del pasado 7 de junio, el Instituto Nacional Electoral ( INE) sigue acumulando lecciones importantes para fortalecer su actividad. Aún no termina el proceso electoral, pues será necesario esperar hasta que en las primeras semanas de agosto el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resuelva el último de los juicios interpuestos por los partidos políticos. Posteriormente, el INE hará la distribución de los diputados de representación proporcional en cada una de las cinco circunscripciones.
En las últimas semanas de junio se volvió a poner sobre la mesa de debates el tema de la paridad de género en las candidaturas. Tocó a Chiapas convertirse en el centro de atención, ya que su elección tuvo lugar, por esta única ocasión, el 19 de junio y no el día de la jornada electoral federal. Cuando sólo faltaba una semana para la elección, el TEPJF determinó revocar el acuerdo con el que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Chiapas (IEPC) había registrado a los candidatos de los partidos. La razón era aparentemente simple: los partidos no habían respetado la cuota de género y habían registrado más candidatos hombres que mujeres.
Los partidos tuvieron que cambiar a sus candidatos, de manera que se respetaran las disposiciones legales. Paralelamente, el instituto electoral chiapaneco suspendió las campañas durante los tres días que llevó el trámite de sustitución de candidatos.
El tema no es menor por varias razones. Más allá de la importancia de respetar la paridad en las candidaturas, el tribunal echó por tierra el argumento de que “lo avanzado del proceso electoral” podría ser una justificación suficiente para no respetar a cabalidad las disposiciones legales. Curiosamente ese era uno de los argumentos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había esgrimido para no empatar las elecciones locales de Chiapas con la elección federal, al menos para 2015.
La otra lección tiene que ver con el alcance de la aplicación de la paridad para integrar las candidaturas de cada partido. Hoy día las fuerzas políticas no sólo deben aplicar la cuota paritaria en el número de candidatos a las legislaturas locales, también deberán hacerlo en la nominación de los candidatos a las alcaldías. Chiapas, por ejemplo tiene 122 municipios y del total de candidatas y candidatos, la mitad debe otorgarse a cada género. Lo mismo ocurre con la integración de los ayuntamientos. De todos los síndicos y regidores que formarán las planillas para integrar un ayuntamiento, la mitad de los candidatos deberán ser mujeres y la otra mitad, hombres.
Cuando el TEPJF estableció con tal claridad los criterios para la asignación de las candidaturas e hizo valer las normas y jurisprudencias al respecto, el consejo general del órgano local chiapaneco fue determinante en su nuevo acuerdo. En su resolución, el tribunal ordenó al Consejo General del INE iniciar un procedimiento jurídico para investigar si las autoridades locales de Chiapas incurrieron en faltas que merezcan una sanción.
Las lecciones están claras para todos y el tema de la paridad de género en las candidaturas adquirió la relevancia que merece en el nuevo contexto jurídico de las elecciones en México. El próximo año se realizarán elecciones locales en trece entidades federativas y tanto las autoridades electorales locales como los partidos políticos, tendrán que aplicar a cabalidad las nuevas disposiciones. Por lo pronto, Chiapas se convirtió en un ejemplo más del alcance de la reforma electoral de 2014.
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