El INE mantiene sus trabajos de organización electoral y actuará conforme a la ley

por | Oct 26, 2026 | Elecciones | 0 Comentarios

Ante la información pública reciente y el anuncio de renuncia de la Consejera Presidenta, Guadalupe Taddei Zavala, integrantes de las Consejerías sostuvieron una reunión de trabajo para velar por la continuidad de las operaciones del Instituto Nacional Electoral (INE) de cara a la organización del Proceso Electoral Federal 2026-2027. 

Foto: INE.

Las Consejeras Electorales Norma Irene De La Cruz Magaña, Carla Humphrey Jordan, Rita Bell López Vences, Frida Denisse Gómez Puga, Blanca Yassahara Cruz García; y los Consejeros, Arturo Castillo Loza, Uuc-kib Espadas Ancona, Martín Faz Mora, Arturo Manuel Chávez López y Jorge Montaño Ventura sostuvieron la reunión en la que acordaron que la institución habrá de continuar trabajando con regularidad y sin contratiempos en la organización del proceso electoral con la calidad técnica y el profesionalismo que han caracterizado su labor, conforme a las actividades y plazos previamente aprobados por el Consejo General. 

Luego del anuncio de la renuncia de la Consejera Presidenta ante la Cámara de Diputados, el INE informó que la ley y la norma establece una ruta clara para la operación del Instituto: 

.Las consejerías electorales deberán nombrar por mayoría simple, de entre sus integrantes, a quien asuma provisionalmente la presidencia del Consejo General, conforme al artículo 41, numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

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La Secretaría Ejecutiva conducirá el inicio de la sesión hasta que las consejerías presentes designen, mediante votación económica, a quien la presida o directamente a quien asuma la presidencia provisional, conforme al artículo 15, numeral 5, del Reglamento de Sesiones del Consejo General. 

.El nombramiento provisional quedará establecido en un acuerdo del Consejo General. La persona designada rendirá protesta por sí misma ante el Consejo, conforme a los artículos 36, numeral 7, de la LGIPE y 15, numeral 8, del Reglamento de Sesiones del INE. La protesta podrá realizarse en la misma sesión, dentro del plazo de 24 horas previsto en estas disposiciones. Se levantará el acta correspondiente y se incorporará al expediente personal, en términos del artículo 87, numeral 6, del Reglamento Interior del INE. 

. El Consejo General comunicará de inmediato el nombramiento provisional a la Cámara de Diputados, conforme al artículo 41, numeral 5, de la LGIPE. 

Durante este proceso, el INE mantiene su compromiso con el cumplimiento irrestricto de sus funciones y con los trabajos de organización electoral. El marco legal establece los mecanismos para dar continuidad a la conducción del Instituto y certeza a sus decisiones.

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Redacción Alcaldes de México

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