PinosEl tema de las finanzas es sólo una pieza dentro de la problemática municipal, sobre el cual apremia una revisión profunda y su inclusión en las agendas de los órganos legislativos, como asunto de primer orden, dentro de una gran reforma municipal integral que no admite claudicaciones ni demoras. Es necesario establecer nuevas bases y estructuras para la distribución de los ingresos, en las que se tome en cuenta el desequilibrio regional, la diversidad, el verdadero combate a la pobreza extrema, el reconocimiento de la presencia de 12 millones de indígenas en nuestro país y la limitada oferta de servicios públicos en la mayoría de las comunidades.

En las querellas políticas y constitucionales inherentes al federalismo, encontramos como constantes el reparto preciso de competencias entre los órdenes de gobierno, la tensión entre intereses nacionales y locales, así como la distribución de los ingresos. Urge que en la definición y destino de los ingresos que proceden de la explotación de los diversos recursos del suelo, como las minas, los suelos montañosos, los bosques, los hidrocarburos y las plantaciones permanentes de árboles maderables, se tome en cuenta a los municipios en donde se generan y se decida a su favor.

Es necesario denunciar que la pérdida del patrimonio natural y de las reservas energéticas de hidrocarburos no renovables tiene una perspectiva acotada y cercana; también hay que destacar que su explotación nada deja a los municipios donde se produce, además de señalar que es urgente compensar el deterioro que sufre el territorio municipal por actividades extractivas con ingresos que cumplan el objetivo de resarcir.

De seguir como estamos, no podrá armonizarse el desarrollo económico y social con la conservación del territorio y con la apropiada gestión de los recursos naturales y valores culturales. En este sentido, el desarrollo municipal no puede ni debe vislumbrarse únicamente en el rubro de las finanzas; el asunto es mucho más complejo y requiere soluciones sistémicas.

Avances insuficientes

BarrilesEn sus inicios, la coordinación fiscal se enfocó a la parte de distribución de ingresos fiscales procedentes de las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF), las cuales cedieron parte de su potestad tributaria, por lo cual recibieron, a cambio, participaciones federales.

Una vez superado el objetivo inicial de la coordinación fiscal —que consistía en evitar la concurrencia impositiva y la doble imposición, así como aumentar los ingresos de las entidades federativas y de los municipios—, fue orientada a la ampliación de las fuentes de ingresos para los estados y municipios, al manejo de deuda pública local, a la implementación de mejores procedimientos para la transferencia de recursos y a lograr una mejor colaboración administrativa. Desde la perspectiva jurídica y política, la coordinación ha implicado la renuncia de atribuciones; pero, desde el punto de vista material, es innegable que ha habido avances durante los 30 años que lleva la coordinación fiscal en nuestro país; no obstante, se requieren mayores ingresos para los municipios.

Las reformas de 1983 y 1999 al Artículo 115 constitucional ampliaron considerablemente la competencia tributaria de los ayuntamientos, ya que aseguraron para los erarios municipales la percepción de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, así como las procedentes de las participaciones federales y de los ingresos generados con motivo de la prestación de los servicios públicos a su cargo. La fracción IV del Artículo 115 enumera expresamente las fuentes tributarias municipales, sin perjuicio de las demás que le confieren las leyes y convenios; además, establece el principio de libre administración de la hacienda municipal, sin que ello constituya el otorgamiento de una potestad tributaria pues, como es de todos sabido, el municipio carece de un poder legislativo en estricto sentido, y son las legislaturas locales las que aprueban sus leyes de ingresos.

RíoEntre los ingresos propiamente municipales, encontramos en primer término el impuesto predial, que por las deficiencias administrativas y técnico catastrales, no ha llegado a sus niveles óptimos de recaudación. También tenemos el impuesto sobre adquisición de inmuebles, y luego los derechos, que tienen serias restricciones derivadas del SNCF.

Las riquezas acuíferas, mineras, petroleras y otras, ubicadas originariamente en el espacio municipal, son otorgadas en concesión por la Federación, sin que exista un ingreso para resarcir el daño medioambiental.

Es claro que la carencia de una visión integradora y a largo plazo basada en las potencialidades y limitaciones del medio, así como en las necesidades sociales, sumada a la falta de planificación generadora de un contexto referencial para el desarrollo municipal, ha dado como resultado graves daños al ecosistema; de ahí que resulte de gran importancia el establecimiento de ingresos para indemnizar a los municipios.

Es urgente establecer que no pueden seguir atendiéndose sólo los problemas coyunturales sin generar las plataformas de una relación equilibrada entre la sociedad y el medio. Por lo anterior, los municipios requieren de ingresos para dar remedio a los daños causados por la explotación de sus recursos naturales, y que les permitan preservar y restaurar el equilibrio ecológico.

Son los pobladores de cada región quienes padecen las consecuencias del aprovechamiento de su medio ambiente, y por ello deben ser quienes reciban obras y servicios como compensación.

El tema es muy importante no sólo desde la perspectiva financiera, sino también en función de las políticas públicas y estrategias de desarrollo. Así, será necesario lograr que el producto que se genere por explotaciones o exploraciones geológicas, edafológicas, extracción de minerales u otra obra o actividad que pueda afectar los suelos, sea participable en forma directa por el municipio respectivo, para que pueda tomar las medidas necesarias dirigidas a evitar un mayor daño a la naturaleza.

Cabe precisar que los bienes suministrados por la naturaleza son de todos los mexicanos, no de la Federación, como se ha difundido de manera falaz por mucho tiempo. En todo el texto del Artículo 27 de la Carta Magna, el constituyente reitera la expresión: “corresponde a la Nación”. Hasta quien no es experto en teoría del Estado, sabe que Nación y Federación no son lo mismo. En sentido estricto, el primer concepto se refiere a las personas, a la población, en contraste con país, que designa un territorio; mientras que Estado expresa la idea de una institución legalmente legitimada en una extensión territorial dada, una de sus modalidades es la Federación.

En esta diferenciación tan elemental se encuentra el principio de nuevas reivindicaciones a favor de los municipios dentro del contexto financiero. La propuesta consiste en que logren establecerse mecanismos que de verdad resarzan, y no sólo que distribuyan —como hoy ocurre—, con el objetivo de compensar el consumo de los bienes no renovables, o los daños causados a la naturaleza y a las ciudades por su explotación.

La preocupación por el uso y el abuso de tales valores, por su destrucción, degradación, menoscabo, contaminación, modificación inadecuada y por su disminución, son el fondo para luchar por mayores ingresos para los municipios, para que éstos logren compensar de alguna manera la alteración cada vez más grave del medio ambiente.

Recursos para la sustentabilidad

MinaLos recursos naturales han sido uno de los grandes soportes del desarrollo económico nacional; pero la subutilización de unos y la sobrexplotación de otros, por la vía de concesiones federales, ha causado importantes deterioros regionales que será indispensable reparar. Para ello, planteo la previsión de un ingreso de indemnización para resarcir a los municipios, cuyo destino específico sea la restauración del equilibrio ecológico.

En el último cuarto del siglo pasado la lucha de los municipios se centró en lograr su autonomía y la mejora de los servicios públicos. En la actualidad ya es una exigencia promover el desarrollo sustentable, para lo cual es fundamental que los ayuntamientos cuenten con recursos específicamente destinados a la protección del medio ambiente.

Teresita Rendón Huerta Barrera

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