Deudores alimentarios no podrán ser funcionarios públicos o candidatos en Yucatán: SCJN

por | Ene 18, 2023 | Noticias | 0 Comentarios

Alcaldes de México | 18 de enero de 2023.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), validó los preceptos legales que prevén el requisito de no ser persona deudora alimentaria morosa para acceder a cargos públicos en Yucatán, así como para ser postulado a una candidatura independiente.

Foto: Freepik

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como resultado del análisis de las impugnaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, validó los artículos 15, fracción XI, de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos; 55, fracción II, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 26, fracción VII, del Código de la Administración Pública, todos ordenamientos del estado de Yucatán, reformados mediante Decreto 504/2022, publicado el 7 de junio de 2022.

Dichos preceptos prevén el requisito de no ser persona deudora alimentaria morosa para acceder a los cargos de presidente o presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, titular de las dependencias o entidades que integran la administración pública de Yucatán, así como para ser postulado a una candidatura independiente.

El Pleno validó dichos preceptos, al reiterar su criterio en el sentido de que el requisito impugnado tiene una finalidad constitucionalmente válida, pues tiene como propósito la protección transversal del derecho fundamental a recibir alimentos, además de que está vinculado con el fin que persigue, en tanto incentiva el cumplimiento de la obligación alimentaria.

 

Te puede interesar:

Redacción Alcaldes de México

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *