Expediente Abierto
► Recaudación ♦ Opinión
Con enfoque de política pública, el gasto federalizado se puede analizar como una estructura fiscal multiunitaria, donde el problema es la localización espacial de las funciones fiscales determinada por consideraciones de eficiencia económica (Musgrave y Musgrave, 1989; Prakash, 2012), es decir, dentro de una federación, la división de responsabilidades económicas entre distintos niveles de gobierno o multiunidades se ajusta al supuesto de que los gobiernos locales conocen mejor las preferencias de los individuos (Tiebout, 1956; Musgrave y Musgrave, 1989), pero también sus necesidades (Stiglitz, 2000; Prakash, 2012).
En ese sentido, las transferencias condicionadas en un esquema de descentralización fiscal pueden incluir aspectos relativos a propósitos específicos tales como los derechos sociales: educación, salud, bienestar social, Policía, medioambiente, recursos naturales y mantenimiento de carreteras (Stiglitz, 2020; Prakash, 2012; Shah, 1991). De esta forma, el desarrollo institucional de la coordinación fiscal incluye aspectos normativos que orientan la acción pública de los gobiernos locales. Stiglitz añade que existe un supuesto para orientar la acción pública de los gobiernos locales: el efecto matamoscas (flypaper effect) (Stiglitz, 2020; Courant, Gramlich y Rubinfeld, 1979). La idea general del efecto matamoscas significa que ahí donde se están orientando los recursos transferidos desde la federación a los gobiernos locales, motivará a que los gobiernos locales orienten un mayor presupuesto propio para cubrir gastos relativos o impulsar aún más las acciones que se llevan cabo.
Adicionalmente, Musgrave y Musgrave (1989), Stiglitz (2020), Prakash (2012) y Shah (1991) coinciden en que, para construir un adecuado federalismo fiscal, además de recursos, el reparto de responsabilidades debe incluir un reparto de cargas impositivas, es decir, los gobiernos locales deben cobrar impuestos para cubrir los gastos de los servicios que proveen. Estos impuestos que los gobiernos locales deben cobrar incluyen, aunque no se limitan a: impuestos sobre el ingreso, sobre la propiedad, sobre los recursos, ventas y valores, propiedad, uso de bienes muebles e inmuebles.
De esta forma, la responsabilidad de los gobiernos locales incluye el ingreso y el gasto a través de la provisión de bienes y servicios. Podríamos entender a la gestión pública como la orientación subjetiva y primariamente gubernamental, mientras que la acción pública sería aquella acción que estuviese orientada por el deseo de resolver problemas públicos o atender necesidades sociales.
En el esquema de federalismo fiscal adoptado en México, los estados y los municipios cedieron potestades tributarias a la federación a cambio de una participación de los recursos recaudados año con año (Becerra Peña, 2020; Castellanos, 2013). El ingreso gubernamental en México se súper concentra en el Gobierno Federal, lo que ha propiciado una pereza fiscal por parte de los gobiernos estatales y municipales (Becerra Peña, 2020). En este punto nos hemos alejado del esquema teórico del federalismo fiscal que abogaría por un reparto de responsabilidades impositivas (cobro de impuestos). La dependencia a las transferencias federales por parte de los gobiernos estatales ronda entre 80 y 100% para la mayoría de los estados, y para los gobiernos municipales las cifras no son distintas, ya que la dependencia también ronda entre 80 y 100% para la mayoría (Martínez y Carrera, 2015; Martínez y Carrera, 2018).