Publican nuevas reglas para Uber y Cabify en la CDMX

por | Sep 18, 2017 | Noticias | 0 Comentarios

El pasado viernes 15 de septiembre se publicó el nuevo Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México con el cual se restringe la participación de los servicios de choferes privados.

Con esta nueva norma, las unidades que quieran circular con esta modalidad —Uber, Cabify, Easy— deberán acreditar una antigüedad que no exceda los 10 años, estar registrados ante la Secretaría de Movilidad (Semovi) y contar con calcomanía cero o doble cero. Además, se obligará a las empresas a entregar una base de datos para tener el conocimiento de cuantas unidad y operadores circulan en su plataforma.

También se pedirá exámenes toxicológicos a quienes manejen transporte público.

En el artículo 59 del Reglamento, se prohíbe al servicio de transporte privado que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular y que se realice el mismo viaje a diversas personas como el servicio de Uber Pool, ya que incumple los lineamientos de la Ley de Movilidad.

Obligaciones para los vehículos

  • Estar matriculados en la Ciudad de México.
  • Póliza de seguro vigente, amparando los daños que pudiesen ocasionar a usuarios, peatones, conductores, personas o terceros, tanto en su persona como en su patrimonio, así como a la infraestructura urbana, vial y de movilidad.
  • Tener cuatro puertas.
  • Contar con aire acondicionado.
  • Cinturones de seguridad en funcionamiento para todos los pasajeros.
  • Bolsas de aire delanteras.
  • Tener aprobada la verificación ambiental reglamentaria de la Ciudad de México con aprobación Cero “0” o Doble Cero “00”.
  • Radio.
  • Portar identificación en el interior que al efecto determine la Secretaría, misma que debe de estar visible para los pasajeros.
  • El costo de valor factura de origen deberá ser de $200,000.00 (doscientos mil pesos 00/100) o mayor o de conformidad con los lineamientos que para los efectos de actualización emita la Secretaría.
  • Folio de la(s) licencia(s) emitidas por la Ciudad de México del Operador(es) asignado(s) a cada Vehículo.
  • El modelo de la unidad vehicular no exceda a 10 años.
  • Estar al corriente en sus obligaciones fiscales, ambientales y administrativas permanentemente.
  • Realizar la validación vehicular anual.

Con información de: El Economista

Redacción

Alcaldes de México

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