El municipio en la Ley de Seguridad Pública

por | May 1, 2009 | Breviario Municipal, Mayo Junio 2009 | 0 Comentarios

PoliciaEl 2 de enero del presente año fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, importante normatividad que establece la integración, organización y funcionamiento de dicho sistema, además de marcar las competencias y bases de coordinación entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios. El municipio aparece en ella en partes fundamentales, entre las que destacamos las siguientes.

Como establece la ley, el Sistema está formado por varias instancias, entre ellas la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal, la que a su vez estará integrada por dos presidentes municipales de cada estado (jefes delegacionales, en el caso del Distrito Federal) elegidos por el Consejo Local de Seguridad Pública. Esta conferencia contará con un presidente y un secretario técnico, y estará encargada de proponer y aplicar políticas públicas, así como el desarrollo de sus dependencias en materia de seguridad pública.

Asimismo, cada estado contará con un Consejo Local en el que participarán los municipios, e incluso, en caso necesario, se podrán crear instancias intermunicipales y regionales mediante convenios entre los gobiernos respectivos. Asimismo, los municipios están comprometidos a suministrar, sistematizar e intercambiar la información que se genere sobre seguridad pública, además de integrar y actualizar instrumentos como el sistema único de información criminal, el Registro Nacional de Seguridad Pública y el Registro Nacional de Armamento y Equipo.

También se establece que los municipios recibirán recursos de los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, los que sólo podrán destinarse a esta tarea y que estarán separados del resto de los recursos que destinen a ella, para efectos de transparencia, vigilancia y fiscalización. La ministración de esos recursos puede ser suspendida o cancelada en caso de incumplimiento con diversas normas establecidas en esta ley, como disponer de ellos para fines distintos a los claramente estipulados.

Los Editores

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *