Municipios y litorales, una responsabilidad compartida

por | Ene 8, 2018 | De Puño y Letra | 0 Comentarios

Mucho se puede y se debe hacer desde los Municipios para efectivamente dar a las zonas marítimo – terrestres las condiciones necesarias de legalidad y sustentabilidad

En tareas de gobierno, las visiones fragmentarias y localistas hace tiempo dejaron de funcionar, si es que alguna vez lo hicieron. El mercado se ha encargado de articular localidades y regiones a la oferta – demanda global de suelo, energía, insumos y mercancías. No sería aventurado señalar, como adelanto hipotético, que la atomización o sectorización a ultranza ha sido, por lo menos en parte, causa incidente del atrofiado y deformado desarrollo del país. Hoy, las evidencias disponibles indican que los actos u omisiones de las autoridades municipales han dejado de tener un efecto estrictamente local, trátese de permisos para uso de suelo, inversión pública, seguridad o los diversos asuntos ambientales, por mencionar algunos.

Atendiendo a las evidencias, se observa que los actos de autoridad en el ámbito local –en cualquiera de los sentidos posibles que se tomen– están interconectados y sus efectos directos o indirectos son, en el corto o largo plazo, sistémicos e impactan al territorio todo, a la población toda y al conjunto de estructuras gubernamentales. Caso similar de disociación artificial es el que frecuentemente se hace en la relación entre el mar patrimonial, ecosistemas marítimo terrestres y gobiernos municipales.

Gracias a recientes y muy esmerados estudios[1], y a los esfuerzos de nuevas instituciones como el INAI, hoy se dispone de información de alto valor científico y técnico que permite a los ciudadanos interesados aproximarse a un tema de prioritaria atención para el país y para los municipios.

En México la longitud de costa es de 11,122 Km.[2] y sobre esta línea se ubican 151 municipios con frente de playa[3]. La población de éstos creció en el período 2000–2010 un 18.53%, lo que indica para el futuro una tendencia demográfica consistente. Ello explica que actualmente existan 16 metrópolis con frente de mar: Tijuana, Acapulco, Veracruz, Coatzacoalcos, Benito Juárez, Tampico etcétera, donde la concentración urbana no sólo demanda un importante y creciente volumen de recursos y energía sino que genera cantidades considerables de residuos sólidos y aguas residuales urbanas e industriales que en grandes volúmenes son  vertidos al mar, en muchos casos sin el tratamiento indicado. El resultado es que nuestro país tiene una importante cantidad de playas altamente contaminadas y ecosistemas costeros seriamente afectados sin que, salvo honrosas excepciones, se vea una acción seria y consistente de las autoridades municipales para cumplir y hacer cumplir la Ley.

Complementariamente hay que decir que de los 51 ríos principales del país – la mayoría de los cuales desembocan al mar–, 35 se encuentran “fuertemente contaminados”[4]. Entre los contaminantes detectados se encuentra el mercurio, plomo, cadmio, níquel, cromo, arsénico, cianuro y otras substancias tóxicas que contaminan el mar patrimonial.

En las regiones costeras, se soportan diversas actividades económicas, algunas de ellas de alto impacto ambiental, como es el caso de la industria petrolera – con más de 450 campos en producción, un promedio de 9, 000 pozos en explotación y 254 plataformas marinas al año 2013 –; el almacenamiento y transporte de substancias o productos peligrosos, el turismo, las cadenas productivas ligadas a la pesca comercial, actividades agropecuarias, manufactureras, de trasformación y un considerable y dinámico volumen de bienes y servicios. Por ello, el impacto ambiental registrado y potencial por estas actividades económicas ha sido considerable.

La situación en los litorales ciertamente es compleja pues, como refiere el documento citado, son aplicables “42 leyes generales federales, un número importante de leyes estatales y ordenanzas municipales, numerosas Normas Oficiales Mexicanas. Ejercen atribuciones al menos 12 dependencias y 22 entidades paraestatales de la administración pública federal, un número importante de secretarías estatales y una considerable y heterogénea cantidad de administraciones municipales. Lo anterior sin considerar un buen número de instrumentos internacionales vinculantes que aplican para el mar patrimonial y por asociación, necesariamente con los litorales. Cómo puede verse el entramado legal es complejo, circunstancia que, sin desconocer el grado de dificultad que implica su aplicabilidad, ha servido como argumento a favor de la inacción o el señalamiento de responsabilidades hacia fuera del ámbito municipal.

Hace poco, la Asociación Nacional de Municipios Costeros, que dicho sea de paso requeriría de un decidido apoyo y relanzamiento por parte de la próxima administración, realizó un interesante pronunciamiento en el que, entre otras cosas, señalaba: “son los gobiernos municipales los primeros en resentir cualquier problema ambiental, social o económico; es en el territorio local en el que se dan cita los fenómenos climatológicos… por ello… estamos obligados a revisar la realidad de los municipios y su convergencia con las políticas federales, ambos, municipios y federación, constituyen la plataforma para el diálogo y la gobernabilidad”.[5]

Es públicamente reconocido que los Municipios del país acusan un conjunto de circunstancias adversas que dificultan una actuación acorde a la dimensión de los retos que se habrán de atender en el futuro inmediato, destacadamente el cambio climático y el incremento de las zonas costeras inundables. También lo es que algunas de sus autoridades o no han sabido o no han querido asumir una actitud más proactiva, responsable y solidaria con el país en su conjunto. Los Municipios no pueden seguir soslayando los problemas que afectan al conjunto de lo nacional o a temas que, como el ya referido cambio climático, son de alcance global pero cuya solución involucra y corresponde a lo local.

No se puede justificar que las autoridades municipales en turno no actúen – en el ámbito de su competencia pero también como autoridades gestoras que pueden catalizar acciones en el ámbito estatal o federal –, decidida y coordinadamente en el cuidado y conservación del mar y patrimonio costero. Baste mencionar algunos de los problemas identificados por estudios recientes que no han sido debidamente atendido: contaminación del mar patrimonial, restricciones ilegales de acceso u ocupación por particulares de la zona federal marítimo – terrestre, contaminación de playas y aguas costeras por disposición de residuos sólidos y aguas residuales sin tratamiento, afectación o destrucción de manglares, etcétera.

En este sentido, es obligado recordar que, en materia de protección al ambiente y preservación y restauración del equilibrio ecológico, los gobiernos federal, estatales y municipales tienen facultades concurrentes,[6]  por ello se dice insistentemente que en la tarea de proteger al mar, litorales, playas y en general a los ecosistemas marítimo – terrestres, es conveniente un enfoque de responsabilidad compartida. Lo anterior, toda vez que la aplicación del principio general de competencias excluyentes, como ya se refirió, no funciona para atender una agenda compleja. Otra posibilidad es la asociación intermunicipal  que a la fecha se ha dado en el país con objetos limitados y al parecer, sin el debido acompañamiento, considerando el tamaño e importancia de los retos que se tienen en el futuro inmediato.

Mucho se puede y se debe hacer desde los Municipios para efectivamente dar a las zonas marítimo – terrestres las condiciones necesarias de legalidad y sustentabilidad que permitan a la población integrarse a los procesos de generación de riqueza y mejora de sus niveles y calidad de vida, a la urgentísima normalización y pacificación del país y con ello contribuir a la superación de los crónicos problemas nacionales.

Las competencias, atribuciones, recursos fiscales, facultades y legalidad, fondos, etc., son temas abiertos y de obligado debate entre legisladores, el poder judicial y otros actores de obligada intervención. Para ello los municipios deben tener una voz más precisa, activa y decidida.

[1]  Ver: Doc.: Política Nacional de Mares y Costas de México. Gestión Integral de las Regiones más Dinámicas del Territorio Nacional. Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas. México,  s/r   versión electrónica disponible.

[2] La superficie de la zona económica exclusiva (2 715 012 Km2) del país, incluida la del mar territorial (231 813 Km2), es más extensa que la superficie continental de México (1 959 248 Km2), y constituye un espacio del territorio nacional que debe ser gestionado de manera sustentable. Idem: pp 7

[3] La zona costera es el espacio geográfico de interacción mutua entre el medio marino, el medio terrestre y la atmósfera, comprendido por: a) una porción continental definida por 265 municipios costeros; 151 con frente de playa y 114 municipios interiores adyacentes a estos con influencia costera alta y media” Idem. p.p. 8

[4] Destacan el Río Balsas, Río Santiago, Rio Pánuco, Rio Grijalva-Usumacinta, Río Turbio, Río Papaloapan, Río Coatzacoalcos y Río Tonalá, los cuales en su conjunto reúnen 87 por ciento del agua superficial del país.

[5] De los municipios con costa en el país, únicamente la mitad cuenta con plantas de tratamiento de aguas negras. Sin embargo, de los 77 municipios que sí cuentan con infraestructura para el saneamiento de aguas, una parte no funciona al 100 por ciento de su capacidad y otra parte tiene una capacidad menor a la necesaria.

[6] Ver: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo  XV, Enero de 2012 pp. 1042. Novena Época.

David Gerardo Noria Sánchez

Es licenciado en Antropología Social, con formación académica en diversas instituciones de prestigio como el Colegio de México y la UNAM. Ha realizado diversas publicaciones en temas de gestión del agua, relaciones interculturales, así como crecimiento y desarrollo sustentable.

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