Ir a las urnas, derecho y deber

por | Abr 1, 2015 | Abril 2015, Abril 2015, Expediente Abierto | 0 Comentarios

Votar es un privilegio consagrado en la Constitución, pero no todos los ciudadanos saben que también es una obligación

Urna

El voto es uno de los aspectos torales en todas las democracias. Los ciudadanos en México votamos para elegir a quienes integrarán dos de los tres Poderes de la Unión: el Ejecutivo y el Legislativo, por eso, vale la pena preguntar ¿quiénes pueden votar? La respuesta es sencilla: los ciudadanos, de ahí que los procesos electorales cobran relevancia sobre la importancia del voto. Las únicas personas cuyo voto no pueden ejercer son extranjeros, menores de edad y los ciudadanos cuyos derechos se encuentren suspendidos.

En nuestro país, los derechos y obligaciones de los ciudadanos se encuentran señalados directamente en los artículos 35 y 36 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esto es, no están indicados en una ley secundaria ni en algún reglamento gubernativo. Así de grande es su trascendencia.

UNA FORMA DE PARTICIPAR

No está sujeto a ninguna discusión poder votar o no hacerlo. Aparentemente, a algunos de los ciudadanos se les olvida este punto, principalmente a los que se abstienen de votar. Pero la ley es clara, no cabe la menor duda ¡tenemos que ir a votar! Lo que no todos los mexicanos saben es que, además de prerrogativa, el voto también es una obligación. Al respecto, me permito citar la parte relativa a los numerales constitucionales antes mencionados:

Art. 35. Son derechos del ciudadano:

I. Votar en las elecciones populares;

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;…”

“Art. 36. Son obligaciones del ciudadano de la República: […]
III. Votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley…”

Durante los procesos electorales, los ciudadanos se convierten en actores políticos fundamentales, es por ello que la primera prerrogativa que tenemos consiste en acudir a las urnas. Ésta es la forma de participación ciudadana que más conocemos.

No acudir a votar implica quebrantar un deber ciudadano; de este modo, el abstencionismo no sólo es desinterés o apatía, sino también una violación a la Constitución, pues se deja de cumplir con un valor cívico que enriquece a la propia democracia.

Para comprender qué se entiende por “voto”, el diccionario indica que esta palabra proviene del latín votum, y una de sus acepciones es “expresión pública o secreta de una preferencia ante una opción”.

UN MOSAICO DE SUFRAGIOS

Ahora bien, para tener una mayor comprensión del tema y que en las próximas elecciones los ciudadanos puedan cumplir con su obligación de votar y correlativamente ejercer su derecho a que su voz sea escuchada, me permito compartir una interesante clasificación del voto hecha por el analista político Luís G. Pérez Quiroz:

1.- El voto ausente, es decir, una indolente abstención. Esto a los únicos que beneficia es a los partidos llamados “chicos”, que sólo buscan cumplir con su 2 por ciento del total de votos para seguir medrando y no perder su registro.

2.- El voto caprichoso. Se basa en apariencias externas o en la imagen pública del candidato, en vez de analizar su plataforma política y su trayectoria de integridad, a fin de escoger atinadamente.

3.- El voto de castigo. Se refiere a votar no a favor de algo sino en contra de alguien. A no dudar, los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) serán los beneficiarios de un eventual castigo a la ineficiencia del Partido Acción Nacional (PAN) en algunas entidades, mientras que el PAN y el PRD lo serán en aquellos lugares en que el desprestigio caciquil es evidente.

4.- El voto duro. Es el que por default otorgan los miembros recalcitrantes de cada instituto político. Con la opción a la traición por descontento, como ocurrió en el fenómeno Fox, en el que se dice que los que sacaron al PRI de Los Pinos fueron los propios burócratas.

5.- El voto razonado con base en resultados. Se da cuando un partido está haciendo un buen papel en diversos ámbitos del quehacer estatal, lo que atrae sufragios por convicción más que por fe ciega.

6.- El voto de la ignorancia o la irresponsabilidad. Se convierte en anulado por estar dirigido a candidatos no registrados, o por simple error en el cruce de boletas. Es el caso clásico del voto a Cantinflas o a la Chimoltrufia.

7.- El voto “chicharronero” o “despensero”. Es el obtenido por medio de canonjías, obsequios o francas captaciones a través de los múltiples canales que le dan origen, tales como los programas de ayuda social, o por simple “chambismo” y arribismo.

8.- El voto de mercado. Es el que se consigue por medio de una avalancha publicitaria, por demagogia disfrazada de compromiso por golpeteos de tipo personal o por antipublicidad, buscando el desprestigio del contrincante al no poder sostener un prestigio propio.

9.- El voto impensado. Es cuando ninguno de los candidatos convence claramente y casi se aplica sobre la marcha, para simplemente romper con un empate generalizado de mediocridad electoral.

10.- El voto “encuestero”. Consistente en que a través de encuestas se orienta la votación en un sentido o en otro, por una simple manipulación de porcentajes al alza o a la baja, como cuando en las apuestas de las carreras de caballos el tablero de apuestas jala a los apostadores en un sentido u otro. Este tipo de voto es hermano del voto de mercado.

11.- El voto fantasmal. Es cuando votantes fallecidos se presentan en las urnas, para participar del relleno de ánforas junto con los vivos que no llegaron pero que de todas maneras votan una vez que se han cerrado las casillas. Este voto siempre ha sido negado por las autoridades electorales, pero es una posibilidad matemática que muchos sospechan como real.

12.- Y el voto de calidad moral. Es el inducido por personajes públicos de impacto social definido, intelectuales o artistas, que con sus opiniones coadyuvan al derrumbe o al impulso de opciones electorales.

Una vez precisado todo lo anterior, en las próximas semanas tendremos que ejercer nuestro derecho al voto por el bien de México.

Ulrich Ritcher

El autor es abogado y activista. Ha escrito los libros Manual del poder ciudadano y De la protesta a la participación ciudadana. @ulrichrichterm

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