Entra en vigor acuerdo para el programa de vivienda de bajo costo en la CDMX

por | Jun 17, 2020 | Noticias | 0 Comentarios

La Jefatura de Gobierno publicó, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo mediante el cual se establece el Programa de Reactivación Económica y Producción de Vivienda Incluyente, Popular y de Trabajadores en la ciudad, que tiene por objeto mejorar la coordinación entre las autoridades que autorizan la construcción de vivienda, para acelerar la tramitación e inicio de obra y reactivar este ramo de la industria de manera inmediata y multiplicar la disponibilidad de vivienda incluyente en la capital. El acuerdo entró en vigor este miércoles 17 de junio.

Los proyectos que serán considerados dentro del presente Programa serán aquellos que se regulan por los siguientes instrumentos:

  1. El Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente (PRUVI)
  2. La Norma para Impulsar y Facilitar la Construcción de Vivienda para los Trabajadores Derechohabientes de los Organismos Nacionales de Vivienda en Suelo Urbano
  3. La Norma de Ordenación Número 26. Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular, (a cargo del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, INVI, y la empresa paraestatal Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V., SERVIMET)

Se crea la Mesa de Seguimiento de Proyectos Constructivos de Vivienda Incluyente, Popular y de Trabajadores, cuyo fin es acelerar e impulsar el inicio de la construcción de los proyectos constructivos señalados.

Las acciones del Programa consistirán en:

  • Dar seguimiento interinstitucional a los trámites que deban realizar las autoridades competentes, respecto de aquellos proyectos que sean inscritos hasta el 31 de diciembre de 2020, en cualquiera de las modalidades señaladas, para agilizar su respuesta y, en consecuencia, el inicio de obra, cuando se hayan cumplido los requisitos legales correspondientes
  • La revisión y simplificación de los trámites de construcción para la vivienda incluyente, popular, de proyectos de SERVIMET y para los trabajadores en la ciudad
  • En tanto entra en vigor la simplificación resultante prevista en la fracción anterior, para los proyectos que participen en el presente Programa, se amplía el término para subsanar la prevención en los trámites de Registro de Manifestación de Construcción hasta en 60 días hábiles.
  • Los proyectos señalados que se inscriban en el programa y no rebasen 15 mil metros cuadrados de construcción, podrán iniciar obra en tanto subsanan las deficiencias del Registro de Manifestación de Construcción.

La persona interesada en formar parte de este Programa deberá manifestarlo dentro de un plazo de 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de esta publicación. Mediante el Formato de Registro del Programa de Reactivación Económica, que podrá ingresar ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) o la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF), (Anexo 1 del presente Acuerdo), mientras se abre una sección especial en la página del Gobierno de la Ciudad.

El formato señalado en el artículo anterior deberá ser firmado física o digitalmente (FIEL o Firma Digital del Gobierno de la Ciudad de México), según corresponda por:

  • La persona física o representante legal de persona moral promotora del proyecto
  • La persona que funja como Director Responsable de Obra
  • La persona que funja como Perito en Desarrollo Urbano
  • La persona Prestadora de Servicios Ambientales
  • La persona Tercera Acreditada

Dichas personas serán consideradas corresponsables en el cumplimiento de la normatividad aplicable.

Una vez inscritas en el Programa, las personas interesadas estarán obligadas a culminar la incorporación de su proyecto en el programa o bajo alguna de las normas señaladas. Podrán iniciar obra en el momento en que ingresen el Registro de Manifestación de Construcción correspondiente, el cual deberán concluir conforme al seguimiento otorgado en la Mesa.

Redacción

Alcaldes de México

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