Sanciones penales para servidores públicos

por | Feb 24, 2022 | Noticias | 0 Comentarios

Alcaldes de México | 24 de febrero de 2022.- Los servidores públicos que desconocen sus atribuciones y obligaciones, son susceptibles a faltas administrativas y actos de corrupción; escalables a delitos previstos en el Código Penal Federal y los códigos penales estatales.

Al ser personas políticamente expuestas, es muy importante que los servidores públicos cumplan con lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conozcan sus responsabilidades políticas, penales y frente al Estado, señaló Jorge Martínez Ocampo, socio del Despacho Martínez Ocampo & Chávez Vaca, en el seminario virtual “Sanciones Penales para Servidores Públicos”, organizado por la revista Alcaldes de México.

“Las responsabilidades frente al Estado son políticas administrativas y penales, la responsabilidad política implica enfrentar juicios por violaciones a la Constitución y mal uso de recursos federales. La responsabilidad penal deriva del abuso de autoridad, fraude, tráfico de influencia, cohecho, peculado y delincuencia organizada”, señaló.

Delitos en la función pública

Estos son los principales delitos atribuibles a los servidores públicos, de los tres niveles de gobierno, que explicó en su intervención, Marco Chávez Vaca, socio del Despacho Martínez Ocampo & Chávez Vaca.

  1. Ejercicio ilícito del servicio público. Ejercer funciones sin asumir el cargo de forma legítima, sin cumplir los requisitos legales. Quien continúe después de revocado su nombramiento, afecte los intereses de una dependencia o gobierno, utilice de forma indebida documentación bajo su custodia y rinda informes basado en hechos falsos.
  2. Acreditar un tercero como un servidor público.
  3. Coalición de servidores públicos. Reunirse con otros pares para tomar medidas contrarias a una ley, reglamentos y disposiciones generales.
  4. Uso ilícito de atribuciones y facultades. Otorgar concesiones para uso de bienes dominio de la federación, otorgar permisos, franquicias, extensiones, subsidios, contratar deuda; que no esté dentro del marco normativo.
  5. Delito por pago o remuneraciones. Suscribir el pago de una remuneración no autorizada conforme a la Ley General de Remuneraciones; recibir un pago indebido.
  6. Delito de concusión. A título de impuesto o contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, que el servidor pública exija, por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquiera otra cosa indebida, o en mayor cantidad que la señalada por la Ley.
  7. Delito de intimidación. Inhibir las querellas o denuncias, conforme violencia física o moral.
  8. Abuso de funciones. Cualquier servidor público que entregue contratos, licencias, permisos; produciendo un beneficio económico, dirigido a familiares hasta por cuarto grado y cualquier tercero con vínculo afectivo. Valerse de información para invertir en adquisiciones o cualquier acto de beneficio económico indebido.
  9. Tráfico de influencia. Promover negocios públicos ajenos a su cargo o comisión, que produzcan un beneficio económico personal, familiar, a terceros y a particulares cercanos al servidor público.
  10. Delito de cohecho. Solicitar o recibir dinero, o cualquier otro beneficio en especie y favores políticos.
  11. Delito de peculado. Discrepancia entre los ingresos y la forma de vivir, desviar dinero o valores del Estado hacia un particular.
  12. Enriquecimiento ilícito. No acreditar la legítima procedencia del dinero. Coherencia entre los ingresos y la suma de dinero.
  13. Delito de abuso de autoridad.

Para prevenir responsabilidades de tipo penal hacia los servidores públicos, ambos ponentes propusieron elaborar planes de contingencia, que corrijan y erradiquen actos constitutivos del delito.

Además de códigos de ética internos o manuales de cumplimiento, que pongan candados a cualquier tipo de ilícito y blinden a las administraciones públicas, para concluir su encargo sin contratiempos.

Consulta o descarga aquí la presentación del webinar

Martha Palma Montes

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